CIJ da la bienvenida a apertura de Oficina de Derechos Humanos de la ONU

CIJ da la bienvenida a apertura de Oficina de Derechos Humanos de la ONU

La CIJ expresó hoy su beneplácito por el acuerdo entre Bolivia y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos mediante el cual se establece una oficina de este organismo en dicho país.

El establecimiento de dicha oficina presenta un importante avance en la protección de los derechos humanos y el fortalecimiento del estado de derecho en Bolivia, máxime en la actual coyuntura por la que atraviesa el país con su proceso constituyente.

La oficina del Alto Comisionado tendrá como funciones, entre otras, asesorar a las autoridades bolivianas en el cumplimiento e implementación de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos, como así también a la sociedad civil en la utilización de mecanismos nacionales e internacionales de protección de derechos humanos. La oficina también dará seguimiento a las recomendaciones formuladas por los órganos de derechos humanos de Naciones Unidas e informará a las autoridades competentes sobre violaciones de derechos humanos que pudieran producirse en el país. Las actividades, observaciones y recomendaciones que realice la oficina serán públicamente presentadas al Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

En opinión de la CIJ, el establecimiento de la oficina del Alto Comisionado contribuirá al cumplimiento por parte de las autoridades bolivianas de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, entre ellas aquellas relacionadas con el fortalecimiento de la administración de justicia. La CIJ confía en que la oficina podrá prestar asesoramiento a la Asamblea Constituyente actualmente convocada en Bolivia con el fin de que se incorpore en la nueva Carta Magna la normatividad necesaria para garantizar y salvaguardar los derechos humanos y los recursos efectivos para su protección.

The universal periodic review of the Human Rights Council

The universal periodic review of the Human Rights Council

Document submitted by the ICJ to the UN Human Rigths Council Working Group on the Universal Periodic Review on 15 August 2006.

1. The General Assembly Resolution

In Resolution 60/251 of 15 March 2006, establishing the Human Rights Council, the General Assembly decided:

“That the Council shall, inter alia: […](e) Undertake a universal periodic review, based on objective and reliable information, of the fulfilment by each state of its human rights obligations and commitments in a manner which ensures universality of coverage and equal treatment with respect to all states.

UPR Human Rights Council-Analysis briefs-2006 (full text, PDF)

Consejo de Derechos Humanos adopta la Convención contra desapariciones forzadas: un paso trascendental contra este crimen

Consejo de Derechos Humanos adopta la Convención contra desapariciones forzadas: un paso trascendental contra este crimen

En su primera sesión, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptó por consenso la Convención internacional para la protección de todas las personas contra la desapariciones forzadas y decidió transmitirlo a la Asamblea General para adopción final este mismo año.

“La adopción de la Convención constituye un paso fundamental para luchar contra el crimen de la desaparición forzada y para la protección de las víctimas y sus familiares. Asimismo constituye un mensaje político fundamental de que esta práctica odiosa no puede ser tolerada y debe ser erradicada” dijo Nicholas Howen, Secretario General de la Comisión Internacional de Juristas. Ahora le corresponde a los Estados asegurar que, durante sus sesiones de diciembre 2006, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopte la Convención.

“La Convención es el fruto de un inmenso y sostenido esfuerzo desplegado por asociaciones de familiares de desaparecidos y organizaciones no gubernamentales desde 1981, cuando se realizó la primera conferencia internacional por un tratado contra las desapariciones forzadas y a la cual participó la CIJ” recordó Nicholas Howen. La Convención consagra el derecho a no ser sometido a una desaparición forzada e impone a los Estados la obligación de prohibir y criminalizar esta práctica en sus legislaciones nacionales. “La Convención viene a llenar un vacío inmenso e intolerable: la ausencia de un tratado internacional para luchar contra de este crimen internacional y grave violación de los derechos humanos” destacó Nicholas Howen.

Además de calificar la desaparición forzada de crimen internacional, la Convención establece un conjunto de obligaciones en materia prevención como: la prohibición de las detenciones secretas; la privación de libertad sólo en lugares oficialmente reconocidos y supervisados que cuenten con un registro detallado de los detenidos; y los derechos no-derogables de habeas corpus y de obtener información sobre los detenidos. La Convención reconoce el derecho a la verdad y a la reparación para las víctimas y sus familiares, como así también el derecho a conformar organizaciones y asociaciones para luchar contra las desapariciones forzadas. También trata la cuestión de la sustracción de niños cuyos padres han sido víctimas del crimen de desaparición forzada, la falsificación de la identidad de los niños y su adopción.

HRC-adoption Convention Enforced Disappearances-press release-2006-spa (full text in Spanish, PDF)

Carta abierta a los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para la adopción del proyecto de Convención contra las desapariciones forzadas

Carta abierta a los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para la adopción del proyecto de Convención contra las desapariciones forzadas

La carta abierta fue firmada por personalidades y organizaciones de todas partes del mundo para apoyar la adopción de este texto por el Consejo de Derechos Humanos.

Señores Delegados de los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos,

La desaparición forzada de personas es una de las más odiosas violaciones de derechos humanos y constituye un crimen bajo el derecho internacional. El desaparecido es despojado de todos sus derechos y colocado en situación de total indefensión a la merced de sus victimarios, sin ninguna protección de la ley. La desaparición forzada constituye en sí misma la negación del ser humano. Su práctica causa hondos sufrimientos en los familiares y amigos del desaparecido: la eterna espera de su regreso y la total incertidumbre de su suerte y paradero torturan constantemente a padres, esposos e hijos del desaparecido. El robo de niños nacido durante el cautiverio de sus padres desaparecidos es una de las prácticas más repugnantes y contraria a toda idea de humanidad. La práctica de la desaparición forzada vulnera los dictados más elementales de humanidad y los principios básicos del estado de derecho.

Frente a esta práctica odiosa e inhumana, un inmenso y sostenido esfuerzo ha sido desplegado desde 1981 por asociaciones de familiares de desaparecidos, organizaciones no gubernamentales, gobiernos e instancias internacionales para lograr que un tratado contra la desaparición forzada sea adoptado por las Naciones Unidas. Una primera etapa fue la adopción por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en 1992, de la Declaración para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. En septiembre de 2005, el Grupo de trabajo de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas encargado de redactar un tratado contra las desapariciones forzadas terminó sus labores adoptando por consenso el proyecto Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. Este proyecto está ahora a consideración del Consejo de Derechos Humanos. Este proyecto de Convención viene a llenar un vacío inmenso e intolerable: la ausencia de un tratado internacional para luchar contra de este crimen internacional y grave violación de los derechos humanos. Esta Convención no solamente dotará a la comunidad internacional de una herramienta jurídica para luchar efectivamente contra la desaparición forzada, sino que constituye un mensaje político fundamental de que esta práctica odiosa no puede ser tolerada y debe ser erradicada.

Por estas razones, instamos a todos los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos a que, de manera prioritaria y durante su primera sesión en junio 2006, el Consejo de Derechos Humanos adopte el proyecto de Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y lo transmita a la Asamblea General de las Naciones Unidas para su adopción final. Con ello, el Consejo de Derechos Humanos no solamente hará una invaluable contribución a la lucha contra las desapariciones forzadas, sino que también afirmará su mandato y voluntad de proteger y promover los derechos humanos.

Convention Forced Disappearance-open letter-2006 (en PDF)

Convention contre les disparitions forcées: lettre ouverte adressée aux Etats membres du Conseil des droits de l’homme

Convention contre les disparitions forcées: lettre ouverte adressée aux Etats membres du Conseil des droits de l’homme

La lettre ouverte a recueilli des signatures de personnalités et d’organisations partout dans le monde pour soutenir l’adoption de ce projet de Convention par le Conseil des droits de l’homme.

Messieurs les Délégués des Etats membres du Conseil des droits de l’homme,

La disparition forcée de personnes est l’une des violations des droits de l’homme les plus odieuses et constitue un crime en droit international. Le disparu est privé de l’ensemble de ses droits et se retrouve sans défense et sans protection de la loi. La disparition forcée constitue en elle-même la négation de l’être humain. Sa pratique entraîne de profondes souffrances pour les parents et les proches du disparu : l’attente infinie du retour et l’incertitude totale quant au sort et à la localisation de la personne disparue sont une torture constante pour ses parents, son conjoint et ses enfants. Le vol d’enfants nés pendant la captivité de leurs parents disparus est l’une des pratiques les plus répugnantes, contraires à toute idée d’humanité. La pratique de la disparition forcée bafoue les concepts les plus élémentaires d’humanité et les principes fondateurs de l’état de droit.

Face à cette pratique odieuse et inhumaine, des efforts immenses et soutenus ont été déployés depuis 1981 par les associations de familles de disparus, les organisations non gouvernementales, les gouvernements et les instances internationales pour parvenir à l’adoption par les Nations Unies d’un traité contre la disparition forcée. En 1992, l’adoption par l’Assemblée générale de la Déclaration pour la protection de toutes les personnes contre les disparitions forcées fut une première étape. En septembre 2005, le Groupe de travail de la Commission des droits de l’homme des Nations Unies chargé d’élaborer un traité contre les disparitions forcées a achevé son travail avec l’adoption par consensus du projet de Convention internationale pour la protection de toutes les personnes contre les disparitions forcées. Ce projet est à présent devant le Conseil des droits de l’homme pour considération. Ce projet vient combler un vide juridique immense et intolérable : l’absence d’un traité international pour lutter contre ce crime international et cette violation des droits de l’homme. Cette Convention non seulement dotera la communauté internationale d’un instrument juridique pour lutter effectivement contre la disparition forcée, mais constitue également un message politique fondamental pour exprimer que cette pratique odieuse ne saurait être tolérée et doit être éradiquée.

Ce sont les raisons pour lesquelles nous prions instamment tous les Etats membres du Conseil des droits de l’homme de faire en sorte que, de manière prioritaire pendant sa première session en juin 2006, le Conseil des droits de l’homme adopte le projet de Convention internationale pour la protection de toutes les personnes contre les disparitions forcées et le transmette à l’Assemblée générale des Nations Unies pour son adoption finale. Ce faisant, le Conseil des droits de l’homme apportera une contribution essentielle à la lutte contre les disparitions forcées et affirmera également son mandat et sa volonté de protéger et de promouvoir les droits de l’homme.

Convention Forced Disappearance-open letter-2006 (en PDF)

Translate »