La CIJ firma convenio con Ministerios Públicos de Centroamérica
En el marco de una visita a la región, la CIJ firmó un convenio de cooperación con el Consejo de Ministerios Públicos Centroamericano.
En el marco de una visita a la región, la CIJ firmó un convenio de cooperación con el Consejo de Ministerios Públicos Centroamericano.
En el marco de una visita a la región, la CIJ firmó un convenio de cooperación con el Consejo de Ministerios Públicos Centroamericano.
El convenio tiene como objeto estrechar lazos entre ambas instituciones con el fin de reforzar la protección y promoción de los derechos humanos.
El Convenio fue firmado por Juan Florido Solís (photo), Fiscal General de Guatemala y actual Presidente del Consejo de Ministerios Públicos Centroamericano, y Wilder Tayler, Secretario General Adjunto de la CIJ.
El Convenio es el resultado de un proceso de diálogo abierto con el Fiscal General de Guatemala en 2005, cuando la CIJ visitó el país en varias oportunidades con el fin de evaluar la situación de la administración de justicia. En el informe que siguió a las visitas, la CIJ identificó como una tarea pendiente la plena vigencia de las normas y principios del derecho internacional de los derechos humanos en las tareas del Ministerio Público, y comunicó al Sr. Fiscal General su disposición a contribuir a la superación de esta situación.
En el Convenio las partes se comprometen a realizar una serie de acciones conjuntas para mejorar la labor de los fiscales centroamericanos, en particular en lo que se refiere a la aplicación del derecho internacional y a la persecución de graves violaciones de derechos humanos. Así, se planean una serie de actividades de capacitación, que se coordinarán con las respectivas unidades de capacitación de los Ministerios Públicos, con especial énfasis en el rol de una fiscalía autónoma y el combate contra la impunidad. Los Ministerios Públicos, por su parte, se comprometen a facilitar la participación de los fiscales en dichas actividades y a invocar y fundamentar sus casos y políticas de persecución penal en el derecho internacional de los derechos humanos.
La firma del mencionado Convenio se enmarca dentro de una visita de una delegación de la CIJ a Guatemala, Nicaragua y Honduras. En los diferentes países la CIJ mantendrá reuniones con funcionarios públicos y organizaciones de la sociedad civil.
En 2007, la CIJ instaló una oficina en Guatemala, que cubre toda la región, con el fin de contribuir al fortalecimiento de la administración de justicia, la lucha contra la impunidad y difundir el contenido del derecho internacional de los derechos humanos.
La reciente sanción por parte del Congreso de Guatemala de una ley que pretende regular el recurso de gracia presidencial en casos de pena de muerte, pone fin a la moratoria de facto que rigió durante los últimos años.
La reciente sanción por parte del Congreso de Guatemala de una ley que pretende regular el recurso de gracia presidencial en casos de pena de muerte, pone fin a la moratoria de facto que rigió durante los últimos años.
La CIJ expresa su más honda preocupación frente al retroceso que esta decisión representa e insta al Presidente de la República a vetar la mencionada ley.
“Cuando la tendencia mundial es claramente favorable a la restricción y eliminación de la pena de muerte, el Congreso de Guatemala manifiesta exactamente lo contrario, mediante la sanción de una ley que permite volver a ejecutar condenados”, manifestó Ramón Cadena, Director de la Oficina de la CIJ en Centroamérica . “Nos sumamos a la preocupación expresada por organizaciones locales y la comunidad internacional frente a este grave retroceso”.
El pasado 12 de febrero, el Congreso de Guatemala sancionó el Decreto 6-2008, el cual adolece de graves defectos.
En primer lugar, el decreto no contempla el ente gubernamental ante el cual se debe realizar o presentar la petición para que ésta llegue al Presidente de la República, disposición que afecta el derecho de defensa del condenado.
Por otro lado, el hecho de contemplar en el artículo 8º la figura de denegación tácita o “silencio administrativo” frente a la petición del condenado, tergiversa totalmente la naturaleza del recurso de gracia y viola el artículo 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 4.6 del Pacto de San José, que establece que la pena de muerte es inaplicable mientras el ente encargado de conocer y resolver no haya dictado una resolución del recurso.
“La oposición a la pena de muerte constituye uno de nuestros principios rectores y nuestros mayores esfuerzos están dedicados a su completa abolición,” manifestó el Sr. Cadena. “Hacemos un llamado al Presidente Colom para que use su facultad constitucional de vetar la reciente ley del Congreso y sumar así a Guatemala a los países que responden a la criminalidad con políticas públicas de prevención, seguridad y una justicia eficiente.”
Guatemala-death penalty-press release-2008 (full text, PDF)