Belize scraps law targeting gay men

Belize scraps law targeting gay men

A law in Belize that disproportionately affects gay men was today ruled unconstitutional by the country’s Supreme Court after a three-year wait for the judgment.

Section 53 of Belize’s Criminal Code, an old British colonial law, banned ‘carnal intercourse against the order of nature’ and thereby made consensual gay sex between adult men in private illegal in Belize. Today the legal provision has been ruled ‘unlawful’ to the extent that it can be applied to same-sex activity.

In handing down the judgment, Chief Justice Kenneth Benjamin agreed that Section 53 amounts to a violation of the constitutional rights to dignity, privacy, equality and non-discrimination on grounds of sex. He found that there was no justification in the form of ‘public morality’ and therefore the law must be modified. He awarded costs to the Claimaint, Caleb Orozco.

The case is the culmination of years of work by a Caribbean-led coalition of lesbian, gay, bisexual and trans (LGBT) activists, academics and legal experts. The individual claimant is Caleb Orozco, a Belizean gay man and prominent LGBT human rights advocate.

Today Orozco said: “This is the first day of my life in which it is legal for me to be me. This is a history-making judgment for Belize, the country which I am proud to call home. Our judicial system has been proven to be robust and unprejudiced. This judgment should give other oppressed minorities the confidence to speak up and stand up for themselves in situations of human rights abuse in the way I have. Our courts really are there to protect us all. In striking down Section 53, Belize has also rejected a poisonous remnant of colonial rule. We have reaffirmed ourselves as a society built on dignity and respect for all our people. This is a proud day.”

Simone Hill, President of the United Belize Advocacy Movement (UNIBAM) said before the judgment: “This is about our human rights. As citizens of this country our rights should be respected without fear or favour. Win or lose, we will continue the fight to ensure the victory of the protection of our rights.”

The case was heard in May 2013 and presided over by Chief Justice Kenneth Benjamin. Today’s ruling – some three years and three months later – upholds Belize’s LGBT (lesbian, gay, bisexual and trans) community’s human rights to privacy, equality, dignity and non-discrimination, all of which are protected under the country’s constitution.

A group of churches, namely the Roman Catholic Church of Belize, the Belize Church of England Corporate Body, and the Belize Evangelical Association of Churches were admitted as ‘Interested Parties’ in the case opposing Mr Orozco’s claim and seeking to maintain the criminalisation of gay men in Belize.

Meanwhile, the International Commission of Jurists, the Commonwealth Lawyers Association and the Human Dignity Trust were joint ‘Interested Parties’ in support of Mr Orozco.

Téa Braun, Legal Director of the Human Dignity Trust, said:
“This is a great victory for human rights and the rule of law.
Intimacy in private between two adults of their own free will should not be a matter for the law. The only outcome of such laws is to blight the lives of members of the LGBT community by fostering a climate of oppression and state-sponsored discrimination. The bravery and resilience of colleagues across the Caribbean who have worked tirelessly on this case is an inspiration. Caleb Orozco is a hero and a trailblazer. The Human Dignity Trust is immensely proud to have worked alongside him and his legal team.”

Alex Ward, President of the Commonwealth Lawyers Association, which passed a resolution on the ‘Decriminalisation of Sexual Orientation’ in 2009, said: “This is a sound and just ruling which we whole heartedly welcome. It is the CLA’s mandate to uphold the rule of law across the Commonwealth and today marks a considerable success in maintaining the integrity of the Belizean Constitution and protecting its citizens’ fundamental rights.”

Livio Zilli, Senior Legal Adviser at the International Commission of Jurists (ICJ), said: “The ICJ hails the courage, commitment and tenacity of the entire LGBT movement in Belize, and Caleb Orozco’s in particular, and salutes this decision as a critical contribution to upholding people’s human rights whatever their sexual orientation or gender identity.”

While convictions under Section 53 in Belize were rare, the law carried a sentence of up ten years’ imprisonment effectively for consensual homosexual sex.

There are still 76 legal jurisdictions across the world that make same-sex intimacy between consenting adults a crime. Of these, 38 countries are, like Belize, members of the Commonwealth.

The Interested Parties that joined in support of the case were represented by Godfrey Smith SC and Debevoise & Plimpton led by Lord Goldsmith QC. Tim Otty QC, founder of the Human Dignity Trust, Tristan Jones, Jessica Gladstone, Nicola Leslie, Conway Blake, were key members of the victorious legal team.

Guatemala: la CIJ exige pronta investigación de las amenazas contra el Juez Miguel Ángel Gálvez

Guatemala: la CIJ exige pronta investigación de las amenazas contra el Juez Miguel Ángel Gálvez

En los días pasados, el juez Miguel Ángel Gálvez ha sido víctima de amenazas que pretenden intimidarlo en su función de administración de la justicia.

La CIJ expresa su repudio ante cualquier tipo de presión en contra de operadores de justicia independientes y honestos.

Estas presiones no solamente amenazan la integridad física del juez Gálvez, sino también el trabajo valioso que realiza administrando justicia en casos de alto impacto.

Según los Principios Básicos de las Naciones Unidas Relativos a la Independencia de la Judicatura, no se permitirán intromisiones indebidas o injustificadas en los procesos judiciales.

Es esencial que los jueces puedan resolver los casos que conozcan con imparcialidad y sin restricción alguna.

La CIJ demanda que el Estado investigue estos actos intimidatorios y tome medidas efectivas de protección, para garantizar la seguridad física del juez Miguel Ángel Gálvez.

Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centroamérica expresó: “Urgimos a las autoridades del Estado y en particular al Organismo Judicial a tomar medidas adecuadas para evitar que las y los jueces independientes resulten afectados por este tipo de intimidaciones y que se respete la integridad física y la independencia del juez Miguel Ángel Galvez.”

México tiene una oportunidad histórica para el establecimiento de una ley eficaz contra la tortura

México tiene una oportunidad histórica para el establecimiento de una ley eficaz contra la tortura

La CIJ e otras organizaciones de derechos humanos llaman a la adopción de una ley general contra la tortura que cumpla con los estándares internacionales.

La CIJ se une a varias ONG internacionales para pedir al Presidente del Senado de Mexico que redoble sus esfuerzos para evitar que en la nueva Ley general para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Tortura se diluyan los principios y estándares previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales ratificados por México en materia de derechos humanos, haciendo valer su rol de garante de la observancia y respeto de la legalidad y el derecho internacional de los derechos humanos.

El proyecto de Ley está actualmente en discusión y en consulta publica.

Mexico-Ley contra la tortura-Advocacy-Open letters-2016-SPA (Carta abierta, en PDF)

México tiene una oportunidad histórica para el establecimiento de una ley eficaz contra la tortura

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La CIJ se une a varias ONG internacionales para pedir al Presidente del Senado de Mexico que redoble sus esfuerzos para evitar que en la nueva Ley general para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Tortura se diluyan los principios y estándares previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales ratificados por México en materia de derechos humanos, haciendo valer su rol de garante de la observancia y respeto de la legalidad y el derecho internacional de los derechos humanos.

El proyecto de Ley está actualmente en discusión y en consulta publica.

Mexico-Ley contra la tortura-Advocacy-Open letters-2016-SPA (Carta abierta, en PDF)

La justicia transicional avanza en las Cortes Guatemaltecas

La justicia transicional avanza en las Cortes Guatemaltecas

Indicios de crímenes de lesa humanidad por parte del Ejército de Guatemala en los años 80’s: nota No. 4 de Monitoreo y análisis de hallazgos de la justicia de transición de la CIJ para Centroamérica (enero 2016).

El caso CREOMPAZ inició a partir del hallazgo de 558 osamentas en el lugar donde operó la Zona Militar No. 21, ubicada en el municipio de Cobán, departamento de Alta Verapaz.

El Ejército de Guatemala decidió establecer el Comando Regional de Entrenamiento de Operaciones de Mantenimiento de Paz (CREOMPAZ), precisamente en el lugar en donde operó la Zona Militar No. 21.

El Ejército también inició en dicho centro, el entrenamiento del personal militar que el Estado de Guatemala aporta a la Organización de las Naciones Unidas para las Operaciones de Mantenimiento de Paz.

En su imputación, el Ministerio Público indica que los hechos ocurridos en la zona 21 datan de entre 1981 y 1988.

La Jueza del Juzgado de Primera Instancia Penal de Mayor Riesgo A resaltó que las exhumanciones fueron practicadas por la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG), en virtud de un convenio de cooperación que esta entidad tiene con el Ministerio Público y con el Instituto Nacional de Ciencias Forenses. Estos temas vertidos en su argumentación, le permitieron a la juzgadora desvirtuar uno de los argumentos más remarcados por la defensa de los militares, quienes manifestaron en audiencias y ante los medios de comunicación, que la actuación de la FAFG era ilegal y estaba parcializada; por otro lado, con una breve exposición de argumentos, la jueza dejó claro que los procedimientos implementados por el MP para la investigación son legales y que se realizaron con el debido control jurisdiccional.

Un argumento central en el análisis de la juzgadora es el relacionado con la evidencia presentada por el MP, como por ejemplo álbumes fotográficos de las osamentas, en las cuales se observan cuerpos que aparecen enterrados boca abajo, con vendas en los ojos, manos atadas a la espalda, y lazos sintéticos atando los tobillos.

En palabras de la jueza, estos elementos permiten inferir que las personas encontradas en estas fosas, fueron víctimas de actos de violencia.

Finalmente, la juzgadora otorgó importancia a la existencia de dos declaraciones en calidad de anticipo de prueba por parte de testigos protegidos por el Ministerio Público; identificados en el proceso como Testigo A y Testigo B.

Vale notar en este proceso el trabajo bien fundamentado en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, realizado por la Jueza del Juzgado de Primera Instancia Penal de Mayor Riesgo A, quien analizó en forma metódica los puntos que resumimos a continuación:

a) tomó en cuenta las fuentes del derecho de forma integral, citando la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina e hizo una relación del reconocimiento de las fuentes de derecho internacional como parte del derecho interno, a partir de la Constitución Política de la República de Guatemala;

b) la juzgadora reiteró que la desaparición forzada es un crimen de relevancia internacional, incluido en la categoría de crímenes de lesa humanidad;

c) para fortalecer sus argumentos jurídicos, la jueza citó jurisprudencia emanada del Sistema Interamericano de Derechos Humanos;

d) además, indicó que los delitos que están implicados en este caso constituyen crímenes que ofenden profundamente a la humanidad y que por esta razón han sido catalogados como normas “jus cogens”, que significa de “imperativo cumplimiento”, que son una categoría de normas que al ser violadas, es deber de la humanidad en su conjunto realizar investigaciones exhaustivas, que concluyan con la determinación de responsabilidad de las personas que participaron en la comisión de éstos ilícitos.

Al concluir su análisis sobre la evidencia, la jueza pasó a considerar la posibilidad de la participación de los sindicados en los crímenes que se investigan y para ello citó la teoría de Responsabilidad del Superior Jerárquico que deviene de la aplicación del principio de responsabilidad en el mando o mando responsable.

Los sindicados en este caso ocupaban altos mandos en el Ejército de Guatemala y por su función debían tener conocimiento suficiente para saber que sus subordinados estaban a punto de cometer algunos ilícitos penales, lo estaban cometiendo o lo habían cometido y no tomaron, oportunamente, las medidas necesarias y razonables para prevenir los crímenes, hacerlos cesar o para castigar a sus autores.

Basándose en legislación nacional y doctrina internacional, concluyó oportuno ligar a proceso a los sindicados y resolvió prisión preventiva en contra de 11 de los 14 sindicados, quienes ocuparon altos cargos militares en el ejército; para este grupo la jueza confirió un plazo de tres meses para que el Ministerio Público presente su acto conclusivo (resultados finales de la investigación).

Sobre 3 de los sindicados, decretó falta de mérito (no quedaron ligados a proceso penal), fundamentada en inconsistencias de la imputación. Se indicó que sobre éstos últimos, el Ministerio Público puede enmendar la imputación y presentarla nuevamente.

La CIJ realiza observación de este proceso penal con el apoyo del Programa de Acompañamiento a la Justicia de Transición -PAJUST- del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

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