En una carta enviada hoy al Presidente Uribe, el Centro para la Independencia de Jueces y Abogados de la CIJ expresó su preocupación por el asesinato del abogado Carlos Bernal.
La CIJ instó al Gobierno colombiano a llevar a cabo una investigación exhaustiva e independiente de este lamentable hecho y a llevar a juicio a los culpables.
Sr. Presidente Álvaro Uribe Vélez
Presidente de la República
Palacio de Nariño, Carrera 8 No. 7-26
Santa Fe de Bogotá – Colombia
Fax: +57 1 566 2071
Excelentísimo Sr. Presidente:
La Comisión Internacional de Juristas (CIJ) está compuesta por juristas procedentes de todas las regiones y sistemas legales del mundo dedicados a promover el imperio del derecho y la protección jurídica de los derechos humanos.
El Centro para la Independencia de Jueces y Abogados (CIJA) es parte de la CIJ y tiene como misión la promoción de la independencia de jueces y abogados en todo el mundo.
Nos dirigimos a Usted para expresarle nuestra profunda preocupación frente al asesinato del abogado Carlos Bernal, miembro del Comité Permanente para la Defensa de los Derechos Humanos y del Frente Social y Político, el pasado 1 de abril en la ciudad de Cúcuta.
El Sr. Bernal, quien era beneficiario del Programa de Protección del Ministerio del Interior y de Justicia, fue asesinado por un hombre no identificado cuando se encontraba en un establecimiento de venta de comidas. Sin mediar palabra alguna, el hombre le disparó varias veces en la cabeza. Asimismo, otro hombre no identificado disparó dos veces a la cabeza del guardaespaldas del abogado, Sr. Camilo Jiménez, quien falleció horas más tarde.
Este ataque pone en evidencia una vez más la precaria situación que viven los abogados defensores de derechos humanos en Colombia, quienes enfrentan amenazas, ataques físicos y, en casos como el presente, la muerte. En este sentido, nos permitimos recordarle que el Gobierno colombiano tiene el deber de garantizar la vida de todos sus habitantes. Este deber está contenido en varios tratados suscritos por Colombia, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CIDH), que garantizan el derecho a la vida en los artículos 6.1 y 4.1 respectivamente.
Asimismo, los Principios de las Naciones Unidas relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias establecen el deber de todo Estado de proteger a sus habitantes, especialmente a aquellos que corren peligro como el Sr. Bernal, de ejecuciones extrajudiciales. El principio 4 dice:
4. Se garantizará una protección eficaz, judicial o de otro tipo a los particulares y grupos que estén en peligro de ejecución extralegal, arbitraria o sumaria, en particular a aquellos que reciban amenazas de muerte.
En caso de fallar el Estado en brindar protección eficaz frente a ejecuciones extrajudiciales, pesa sobre el mismo, en caso de haber sospecha de que una ejecución de este tipo haya tenido lugar, el deber de investigar exhaustivamente el caso y de llevar a juicio a los responsables. En este sentido, los Principios establecen:
Principio 9. Se procederá a una investigación exhaustiva, inmediata e imparcial de todos los casos en que haya sospecha de ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias… Los gobiernos mantendrán órganos y procedimientos de investigación para realizar esas indagaciones. La investigación tendrá como objetivo determinar la causa, la forma y el momento de la muerte, la persona responsable y el procedimiento o práctica que pudiera haberla provocado.
Principio 18. Los gobiernos velarán por que sean juzgadas las personas que la investigación haya identificado como participantes en ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias, en cualquier territorio bajo su jurisdicción. Los gobiernos harán comparecer a esas personas ante la justicia… Este principio se aplicará con independencia de quienes sean los perpetradores o las víctimas, del lugar en que se encuentren, de su nacionalidad, y del lugar en el que se cometió el delito.
Por último, nos gustaría llamar su atención a los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados adoptados por la Asamblea General de la ONU en 1990. Dichos principios establecen que los abogados deben poder llevar a cabo su tarea sin impedimentos de ningún tipo y que su seguridad debe ser garantizada, en todo momento, por los Gobiernos. En particular, los Principios establecen:
Principio 16: Los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas;
Principio 17: Cuando la seguridad de los abogados sea amenazada a raíz del ejercicio de sus funciones, recibirán de las autoridades protección adecuada.
En consecuencia, instamos a su Gobierno a llevar a cabo una investigación exhaustiva del asesinato del Sr. Bernal y de su custodio y a llevar a juicio, en tribunales de justicia ordinarios y con todas las garantías procesales enunciadas en los tratados suscritos por Colombia, a los sospechosos. Asimismo, reiteramos nuestro llamamiento para que su Gobierno proteja, con todos los medios a su alcance, a todos los abogados y otros defensores de los derechos humanos y a investigar y castigar a los culpables de todo ataque u hostigamiento que dichas personas sufran.
Aprovecho esta oportunidad para enviarle mis más respetuosos saludos.
Nicholas Howen
Secretario General
Cc: SE Clemencia Forero Ucrós
Embajadora
Misión Permanente de Colombia ante la ONU en Ginebra
Chemin du Champ-d’Anier 17-19
1209 Ginebra, Suiza
Fax: 022 791 0787
Dr. Francisco Santos Calderón
Vicepresidente de la República de Colombia
Consejería Presidencial de Derechos Humanos
Carrera 8 No 7-26
Santa Fe de Bogotá – Colombia
Fax: +57 1 286 7434 / 6842 / 284 2186
Fernando Londoño Hoyos
Ministro del Interior y Justicia
Ministerio del Interior y Justicia
Palacio Echeverry, Carrera 8ª, No. 8-09, segundo piso
Santa Fe de Bogotá – Colombia
Fax: +57 1 286 8025
Dr. Luis Camilo Osorio
Fiscal General de la Nación
Diagonal 22 B 52-01
Santa Fe de Bogotá – Colombia
Fax: +57 1 570 2000
Dr. Eduardo Cifuentes
Defensor del Pueblo
Calle 55 No. 10-32
Santa Fe de Bogotá – Colombia
Fax: +57 1 640 0491