Perú-Chile: Memorial en derecho de la CIJ relativo al proceso de extradición de Alberto Fujimori

Perú-Chile: Memorial en derecho de la CIJ relativo al proceso de extradición de Alberto Fujimori

La CIJ sometió ante la Corte Suprema de la República de Chile un Memorial en Derecho en el marco del proceso de extradición abierto contra Alberto Fujimori Fujimori, por delitos entre los cuales se encuentran crímenes contra la humanidad y graves violaciones a los derechos humanos.

En su Memorial, la CIJ analiza los diferentes temas jurídicos relevantes del caso a la luz del derecho internacional, en particular:

  • la obligación de juzgar y sancionar a los autores de graves violaciones a los derechos humanos y crímenes bajo el derecho internacional;
  • las nociones de crimen contra la humanidad y graves violaciones a los derechos humanos;
  • el régimen jurídico aplicable a los crímenes bajo el derecho internacional;
  • las normas ius cogens y las obligaciones erga omnes;
  • la jurisdicción universal y el principio aut dedere aut judicare;
  • y el principio pacta sunt servanda.

Peru-Chile-extradiction Fujimori-legal submission-2006-spa (full text in Spanish, PDF)

Argentina: eminentes juristas concluyen audiencia sobre Cono Sur

Argentina: eminentes juristas concluyen audiencia sobre Cono Sur

El “Panel de Juristas Eminentes sobre Terrorismo, Lucha Antiterrorista y Derechos Humanos” concluyó su audiencia en Buenos Aires sobre las lecciones aprendidas en el Cono Sur de las décadas de los 70 y 80, quando se cometieron graves violaciones de derechos humanos.

El Panel recibió detallados testimonios por parte de organizaciones de derechos humanos, abogados, fiscales y otras autoridades gubernamentales sobre las prácticas, políticas y legislación adoptadas por los gobiernos de la época.

A la audiencia dieron testimonio participantes de Argentina, Uruguay, Chile, Paraguay y Brasil. Asimismo, los miembros del Panel tuvieron la oportunidad de reunirse con las siguientes altas autoridades argentinas: el Canciller, el Ministro de Justicia, el Secretario y Subsecretario de Derechos Humanos.

El Panel agradece al Gobierno argentino por su predisposición y apertura, como así también al Centro de Estudios Legales y Sociales y a la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires por la invalorable ayuda prestada en la realización de este evento.

Los diversos participantes en la audiencia expusieron en detalle la desproporción de la respuesta a la amenaza “subversiva” en los países del Cono Sur.

Los participantes demostraron que donde existían grupos “subversivos”, los gobiernos los habían desarticulado o neutralizado poco antes o inmediatamente después del principio de la represión.

Las medidas adoptadas en el marco de los estados de emergencia declarados en la región se prolongaron indebidamente y resultaron en violaciones sistemáticas y masivas de derechos humanos fundamentales e inderogables.

Entre las graves violaciones de derechos humanos emblemáticas que se cometieron en el Cono Sur en nombre de la doctrina de la seguridad nacional se encuentran ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y tortura. Además, se impusieron severas restricciones a las libertades de expresión y asociación.

Durante la época se pusieron en práctica dos planos paralelos de represión.

El primer plano, público y formalmente “legal”, creó un nuevo régimen jurídico en el que todos los poderes se concentraban en el Ejecutivo, y, entre otras medidas, se dieron amplios poderes a las fuerzas armadas para detener a presuntos “subversivos” y se extendió la jurisdicción militar, incluso para juzgar a civiles.

El segundo plano, secreto, permitía a las fuerzas armadas y de seguridad cometer atroces crímenes en total impunidad.

Frente a estas violaciones, los expositores sostuvieron que, en gran medida, los poderes judiciales de la región se sometieron a la voluntad de los gobernantes y dejaron de cumplir con su rol fundamental de proteger los derechos humanos de la población.

Tras dos días de testimonios, el Panel pudo constatar que el restablecimiento de la democracia en la mayoría de los países de la región significó la derogación o anulación de la legislación de excepción y el fin de las prácticas extralegales.

Sin embargo, el mantenimiento de leyes de amnistía adoptadas antes o inmediatamente después del fin de los regímenes de facto en ciertos países continúa siendo un impedimento para la investigación y juzgamiento de los responsables por los crímenes cometidos durante el período bajo examen.

Sobre este asunto, el Panel considera que la reciente declaración de inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final por parte de la Corte Suprema argentina constituye un paso sumamente significativo en la región.

El Panel tomó nota de que en el caso de Chile se mantienen vigentes la competencia de la justicia militar para juzgar civiles, la ley antiterrorista de 1984 y las consideraciones de seguridad nacional contenidas en la Constitución de 1980.

En el caso de la ley de 1984, el Panel recibió información acerca de su aplicación a miembros de la comunidad mapuche por ataques contra la propiedad.

Sobre este tema, el Panel notó con beneplácito el proyecto de modificación de la ley antiterrorista que excluiría de la lista de delitos terroristas todos aquellos actos que no constituyan ataques contra la vida y la integridad física.

Varios de los participantes manifestaron al Panel su preocupación por la similitud de ciertas medidas adoptadas en nombre de la lucha antiterrorista desde el 11 de septiembre de 2001 y aquellas implementadas por los gobiernos del Cono Sur en las décadas de los 70 y 80.

Entre tales medidas, los ponentes señalaron el establecimiento de centros clandestinos de detención, el recurso a la tortura con el fin de extraer información de supuestos terroristas o subversivos y la ampliación de la jurisdicción militar para juzgarlos.

Se trazó también un paralelo entre la “Operación Cóndor”, un plan de colaboración entre los servicios de inteligencia de la región establecido en 1975 que conllevaba el intercambio de información sobre presuntos subversivos y el traslado de estos entre los diferentes países, y la política actual de las restituciones extraordinarias (extraordinary renditions), en las que presuntos terroristas son entregados para ser interrogados a países en los que no tienen suficientes garantías de no ser torturadas.

En virtud de la experiencia vivida en el Cono Sur durante las décadas de los 70 y 80, tanto los participantes gubernamentales como los de la sociedad civil coincidieron en que la lucha contra el terrorismo debe llevarse a cabo dentro del marco jurídico vigente, en estricto respeto por los derechos humanos y el estado de derecho.

Un ejemplo de ello es la ausencia de grandes cambios legislativos para combatir el terrorismo en los países del Cono Sur desde los atentados del 11 de septiembre de 2001.

Antecedentes

El Panel está compuesto por ocho jueces y abogados de todas les regiones del mundo que ejercen su mandato de manera independiente con el apoyo logístico del Secretariado de la CIJ y de su red de organizaciones afiliadas. Arthur Chaskalson, antiguo Presidente de la Corte Constitucional de Sudáfrica, preside el Panel. Los otros miembros del Panel son: Georges Abi-Saab (Egipto), Robert K. Goldman (Estados Unidos), Hina Jilani (Pakistán), Vitit Muntarbhorn (Tailandia), Mary Robinson (Irlanda), Stefan Trechsel (Suiza) y Raúl Zaffaroni (Argentina).

Desde el comienzo de su mandato, el Panel ha celebrado audiencias en Australia, Colombia, África del Este (sobre Kenia, Tanzania y Uganda), el Reino Unido (en Londres y Belfast), África del Norte (Argelia, Marruecos y Túnez) y Estados Unidos. Otros países y regiones donde el Panel celebrará audiencias incluyen al Sureste asiático, la Federación Rusa, el sur de Asia, Canadá, Medio Oriente y Europa. Al final de este proceso, el año próximo, el Panel producirá un detallado informe final con recomendaciones.

Argentina-Eminent Jurists counter-terrorism2-press release-2006-spa (text in Spanish, PDF)

Chile: CIJ observará proceso contra líder Mapuche

Chile: CIJ observará proceso contra líder Mapuche

La CIJ observará el juicio contra Juana Rosa Calfunao, lonko (líder) Mapuche de la Comunidad Juan Paillalef.

La Sra. Calfunao enfrenta cargos por los delitos de “graves desórdenes públicos” y “amenazas a carabineros de servicio”, este último tipificado en el Código de Justicia Militar.

El juicio, que se celebrará el próximo 13 de febrero ante el Juzgado de Garantías de Temuco, será observado por el Dr. Martín Prats, abogado uruguayo y Director Ejecutivo del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR), organización afiliada a la CIJ. “Vemos con preocupación que un conflicto por tierras ancestrales haya degenerado en enfrentamientos entre comunidades indígenas y la fuerzas del orden”, dijo Federico Andreu, Secretario general adjunto de la CIJ. “Verificaremos que el procedimiento contra la Sra. Calfunao se ajuste a los estándares internacionales sobre el derecho a un juicio justo”.

Antecedentes

Los cargos contra la lonko Calfunao se remiten a los incidentes que se produjeron el pasado 23 de diciembre cuando miembros de la comunidad bloquearon una ruta y se enfrentaron con carabineros, quienes golpearon a los manifestantes. Un día después, en la audiencia en la que fue puesta en libertad, la Sra. Calfunao renunció a la nacionalidad chilena. El 5 de enero se decretó la prisión preventiva de la Sra. Calfunao por los hechos de diciembre. La jueza acogió el pedido del fiscal, que calificó a la comunidad de pandilla y señaló a la Sra. Calfunao de ser la líder. El tribunal de garantías decretó su prisión preventiva por “encontrarla un peligro para la sociedad”. La situación de las comunidades indígenas en Chile se ha venido deteriorando en los últimos años. La falta de respuesta de las autoridades nacionales a los reclamos de las comunidades ha desembocado en la toma de medidas de hecho como aquella por la que se acusa a la lonko Calfunao. En otro proceso, 16 comuneros indígenas fueron acusados de participar de una organización que coordinó y ejecutó una serie de acciones contra predios particulares y personas entre enero de 2001 y noviembre de 2002. Tal caso motivó un pronunciamiento de preocupación por parte del Relator Especial de Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas.

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