May 12, 2021 | Editorial, Noticias
En esta columna de opinión, el Comisionado de la CIJ, Rodrigo Uprimny, presenta siete medidas para superar la grave crisis que atraviesa Colombia, y para que el Gobierno y los líderes políticos hagan esfuerzos por desescalar la violencia y, a su vez, escalar la protección de los derechos humanos.
Esta crisis actual es muy grave. En pocos días han muerto más de 30 personas, varias de ellas por balas de la policía. Hay además numerosos desaparecidos. Y ha habido actos de vandalismo criminal extremo, como el intento de incinerar en un CAI a varios agentes de la policía.
Además de grave, esta crisis es compleja pues resulta de una combinación de tensiones viejas y nuevas, que se han acumulado y explotaron con ocasión del proyecto de reforma tributaria. Pero a pesar de su complejidad y gravedad, que hacen que la crisis sea difícil de resolver, o tal vez precisamente por eso, es necesario tomar medidas para evitar que se agrave más.
El Gobierno y los líderes políticos y sociales deben hacer esfuerzos por desescalar la violencia, para lo cual es necesario escalar los derechos humanos, poniéndolos en el centro del manejo de la crisis. Propongo entonces siete medidas orientadas en esa dirección.
Primero, el presidente y en general todo el alto Gobierno deben condenar inequívocamente los abusos de la Fuerza Pública y señalar que esos actos no serán tolerados y serán investigados y sancionados. Infortunadamente esas declaraciones no han ocurrido.
Segundo, los promotores del paro y quienes compartimos la protesta debemos condenar no sólo los abusos policiales sino también los actos de violencia en las protestas.
Tercero, la Defensoría y la Procuraduría deben recordar que son instituciones independientes del Gobierno y que deben tomar en serio y cumplir su función constitucional de defender los derechos humanos y denunciar los abusos de las autoridades. Infortunadamente, a pesar del compromiso de sus funcionarios, las intervenciones de esos organismos han sido débiles por la cercanía de sus jefes con el Gobierno.
Cuarto, las autoridades deben detectar y sancionar a quienes en las protestas comenten actos vandálicos, especialmente contra otras personas, pero garantizando la protesta pacífica, sin estigmatizarla, y evitando cualquier exceso en el uso de la fuerza.
Por esa razón, quinto, el Gobierno y la Fuerza Pública deben cumplir estrictamente la sentencia de tutela de la Corte Suprema de septiembre 2020, que al amparar el derecho a la protesta pacífica ordenó a las autoridades que se abstuvieran de estigmatizar la protesta y que adoptaran protocolos para evitar excesos en el uso de la fuerza.
Pero esa sentencia no ha sido cumplida en estas protestas, por lo cual los peticionarios de esa tutela, que fue apoyada por varias organizaciones de derechos humanos, entre las cuales está Dejusticia, presentaron un incidente de desacato contra el Gobierno.
Sexto, la Fiscalía debe investigar todas las violencias ocurridas en estas protestas, incluidas las de la policía, pues si el delito es claramente contrario a la función constitucional de la Fuerza Pública, el caso debe ir a la justicia ordinaria, conforme a la jurisprudencia constitucional y al artículo 3 de la Ley 1407.
Séptimo, debemos buscar el apoyo de organismos internacionales de derechos humanos. Por eso, en vez de obstruir la labor de verificación de la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de Derechos Humanos de Naciones Unidas, como intentó hacer la viceministra de Relaciones Exteriores, el Gobierno debería facilitar la presencia de otras instancias internacionales, como la Comisión Interamericana, para que nos ayuden a enfrentar la crisis.
Esas medidas y otras del mismo carácter, que ponen los derechos humanos en el centro del manejo de la crisis, ayudarían a desescalar las violencias, lo cual facilitaría al mismo tiempo los necesarios diálogos en la búsqueda de acuerdos nacionales genuinos para enfrentar los problemas y las tensiones subyacentes que alimentaron estas protestas.
Notas:
El Comisionado Uprimny también es Investigador en Dejusticia y miembro del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Esta columna se publicó por primera vez en El Espectador el 9 de mayo de 2021.
May 6, 2021 | Noticias
La Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) y la CIJ solicitan a las autoridades nacionales y locales que respeten el derecho fundamental a la protesta y paren de manera inmediata las acciones violentas en contra de los manifestantes.
Desde el pasado 28 de abril de 2021, en varias ciudades y municipios, miles de personas han salido a las calles a protestar y manifestar su descontento por varias políticas sociales y económicas del actual gobierno. La CCJ y la CIJ expresan su preocupación por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el marco de estas protestas.
Varios reportes de organizaciones de la sociedad civil muestran que miembros de la Policía han abierto fuego contra personas que estaban protestando. Aunque las autoridades no han entregado información precisa, la Defensoría del Pueblo informó el 5 de mayo que 24 personas habían muerto. En al menos 11 casos, el responsable sería la Policía Nacional. Por su parte, la ONG Temblores ha reportado que al menos 31 personas han sido asesinadas y la ONG Indepaz ha documentado que hay más de 1.200 personas heridas.
También resulta preocupante la cifra de personas cuyo paradero se desconoce. Al respecto, la Defensoría del Pueblo reportó haber recibido información de la desaparición de 89 personas en distintas ciudades como Bogotá, Medellín, Barranquilla y Cali, y varias organizaciones de derechos humanos tienen información de más casos de personas cuyo paradero se desconoce. Adicionalmente, se han denunciado casos de violencia sexual.
De particular gravedad resultan los hechos de violencia ocurridos en el Valle del Cauca, en donde al menos 17 personas han muerto y otras personas han sido gravemente heridas. Asimismo, en Cali, varias organizaciones de derechos humanos y personal de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos denunciaron haber sido agredidos física y verbalmente cuando se encontraban verificando la situación de las personas detenidas.
La CCJ y la CIJ instan a las autoridades colombianas a reconocer los abusos y las violaciones de derechos humanos cometidas en el marco de las protestas, así como a llevar a cabo investigaciones independientes, imparciales, prontas, rigurosas, efectivas, creíbles y transparentes por los hechos que constituyen violaciones a los derechos humanos de acuerdo con las obligaciones internacionales del Estado consagradas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Además, estas investigaciones deben ser adelantadas por la jurisdicción ordinaria y no por la jurisdicción penal militar. En ninguna circunstancia puede considerarse que posibles desapariciones forzadas o ejecuciones extrajudiciales o arbitrarias sean actos que guarden conexión con la disciplina o la misión castrense.
Igualmente, hay información acerca de que varios policías han sido heridos y que al menos uno ha fallecido. La CIJ y la CCJ rechazan estos y otros actos de violencia que han ocurrido e instan a las autoridades judiciales a investigar y sancionar estas conductas.
Por otro lado, la CCJ y la CIJ insisten en que el uso de la fuerza por parte de la policía debe ser acorde a los estándares internacionales. En particular, las autoridades deben respetar lo establecido en los “Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley”, que determinan que el uso de la fuerza deber ser excepcional, necesario y proporcional.
Especialmente, las autoridades deben dar fiel cumplimiento al principio 9 que determina que la fuerza letal solo puede usarse “en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves”.
Finalmente, la CCJ y la CIJ manifiestan su gran preocupación con la decisión del gobierno nacional de involucrar a las fuerzas militares en la contención de la violencia, a través de la figura de “asistencia militar”. Esta decisión desconoce los estándares internacionales que rigen el uso de la fuerza y el derecho a la protesta.
Debe recordarse que estas fuerzas no están capacitadas ni diseñadas para garantizar la protección y control de civiles en el marco de protestas sociales o de alteración del orden público. Por ello, su intervención debe ser absolutamente excepcional (violencia extrema) y temporal. Así lo han señalado distintas instancias internacionales, como el Comité de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Contacto:
Ana María Rodríguez, subdirectora de la Comisión Colombiana de Juristas, anarodriguez(a)coljuristas.org
Rocío Quintero M, Asesora Legal para América Latina de la Comisión Internacional de Juristas, rocio.quintero(a)icj.org
Nov 23, 2020 | Incidencia, Publicaciones
El documento informativo contiene un resumen de los aspectos claves del marco jurídico internacional en materia de desaparición forzada y ejecución extrajudicial.
Para ello, en primer lugar, el documento contiene una conceptualización (definición y elementos constitutivos) de estos crímenes, según el derecho internacional.
Adicionalmente, el documento presenta las instancias internacionales que monitorean específicamente el cumplimiento de las obligaciones de los Estados en materia de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales.
Por último, el documento cierra con un recuento de los principales estándares internacionales relacionados con los derechos de las víctimas y el deber de los Estados de investigar, enjuiciar y sanciona a los responsables de estos crímenes.
El documento informativo fue elaborado como parte del proyecto “Promoviendo justicia para ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia, Guatemala y Perú”, que se implementa con el apoyo de la Unión Europea. El proyecto hace parte la Iniciativa Global de Justicia y Rendición de Cuentas de la CIJ.
Contactos:
Kingsley Abbott, Director de la Iniciativa Global de Justicia y Rendición de Cuentas de la CIJ, correo electrónico: kingsley.abbott@icj.org
Rocío Quintero M, Asesora Legal, América Latina, correo electrónico: rocio.quintero@icj.org
Carolina Villadiego Burbano, Asesora Legal, América Latina, correo electrónico:
carolina.villadieg@icj.org
Colombia-Marco juridico-Advocacy-Analysis brief-2020-SPA (documento en español, PDF)
Sep 30, 2020 | Artículos, Eventos, Noticias
Durante décadas, las víctimas de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales en América Latina han demando justicia, verdad y reparación. A pesar de estos esfuerzos, la impunidad en estos delitos es alta. En algunos casos, las víctimas han esperado por más de cuatro décadas para que se haga justicia.
Como parte de su estrategia para promover la rendición de cuentas en casos de graves violaciones a los derechos humanos alrededor del mundo, la CIJ, junto con sus socios, está implementando un proyecto regional para promover justicia en casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia, Guatemala y Perú.
El proyecto cuenta con el apoyo de la Unión Europea. Uno de los resultados del proyecto ha sido apoyar la elaboración de tres casos emblemáticos por parte de los socios locales de la CIJ.
En Colombia, para ilustrar uno de los patrones de ejecuciones extrajudiciales, la Asociación de Red Defensores y Defensoras de Derechos Humanos (dhColombia) produjo un documento sobre tres casos de ejecuciones extrajudiciales cometidos de 2005 a 2008. El documento Una práctica sistemática ejecuciones extrajudiciales en el eje cafetero (2006-2008) presenta las dificultades que las víctimas y sus abogados han enfrentado para demostrar la responsabilidad de demando en estos casos.
En Perú, el Instituto de Defensa Legal (IDL) documentó la desaparición forzada de estudiantes universitarios y profesores entre 1989 y 1993, en el momento más argüido del conflicto interno peruano. En el documento Los desaparecidos de la Universidad Nacional del Centro IDL describe el difícil camino jurídico que las víctimas han enfrentado, para llevar a la justicia a los agentes del Estado que estarían involucrados en estos crímenes.
En Guatemala, para subrayar la manera en como se cometieron desapariciones forzadas contra las comunidades rurales en el marco del conflicto armado guatemalteco, la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (Famdegua) escribió acerca de la desaparición de más de 500 personas en la región de las Veparaces. En el informe Las desapariciones forzadas en la región de las Verapaces se presenta la historia de cinco de estos casos.
Estos tres informes contribuyen a comprender la prevalencia de estas violaciones en América Latina y las opciones disponibles para hacer frente a la impunidad.
El 30 de septiembre de 2020, la CIJ organizará un webinar regional para discutir la protección y garantía de los derechos de las víctimas de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales en Argentina, Colombia, Chile, Guatemala y Perú. El webinar será transmitido en vivo en la página de Facebook de la CIJ, a las 14 horas (hora de Guatemala) / 15 horas (hora de Colombia y Perú) / 17 horas (hora de Chile y Argentina).
Contactos:
Kingsley Abbott, Coordinador de la iniciativa global de rendición de cuentas de la CIJ. Correo electrónico: kingsley.abbott(a)icj.org
Carolina Villadiego, Asesora Legal, América Latina y coordinadora regional del proyecto. Correo Electrónico: carolina.villadiego(a)icj.org
Rocío Quintero M, Asesora Legal, América Latina. Correo electrónico: rocio.quintero(a)icj.org
Sep 18, 2020 | Artículos, Noticias
Hoy, la CIJ realizó un llamado a las autoridades competentes para que se realicen investigaciones prontas, transparentes, rigorosas, imparciales y efectivas en los casos de posibles ejecuciones extrajudiciales y otras violaciones a los derechos humanos cometidas por la Policía colombiana durante las recientes protestas en la capital.
La CIJ enfatizó que cualquier persona responsable debe ser judicializada y llevada ante la justicia. Además, se debe garantizar el acceso a la justicia y a reparaciones a las víctimas.
Del 9 al 10 de septiembre de 2020, se llevaron acabo protestas masivas contra violaciones a los derechos humanos cometidas por la Policía. Las protestas tuvieron su origen en la muerte de Javier Ordóñez. Ordoñez falleció bajo custodia policial luego de haber sido sujeto a severos malos tratos, incluyendo múltiples descargas de electricidad con pistolas taser.
Durante las protestas, la Policía hizo un uso ilegítimo, innecesario y desproporcionado de la fuerza. Como resultado de las protestas, 13 personas fallecieron y más de 200 resultaron heridas.
Los hechos fueron condenados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que señaló denuncias de detenciones ilegales y de malos tratos contra personas que fueron arrestadas. La Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos también expresó preocupación por las denuncias de uso excesivo de la fuerza durante las protestas.
Según testigos, la Policía abrió fuego contra personas que estaban protestando pacíficamente. Algunas de las personas asesinadas no hacían parte de las protestas y murieron al ser alcanzadas por balas perdidas. Algunos videos de la conducta policial durante las protestas han circulado en redes sociales.
En el mismo sentido, la alcaldesa mayor de Bogotá, Claudia López Hernández, afirmó que había entregado videos, con evidencia del abuso policial, a las autoridades competentes. López también compartió parte de estos videos en su cuenta de Twitter.
La CIJ recuerda que bajo los estándares del derecho internacional que regulan el uso de la fuerza por parte de oficiales encargados del mantenimiento del orden público, no debe hacerse uso de fuerza letal a menos que sea estrictamente necesario para proteger la vida.
La CIJ enfatiza la necesidad de que las investigaciones sean independientes, lo que requiere que los investigadores sean independientes de la policía. De igual forma, las investigaciones deben desarrollarse dentro de la jurisdicción ordinaria y no en la militar.
La CIJ también expresa su preocupación por las amenazas recibidas por defensores de derechos humanos que estaban monitoreando el desarrollo de las protestas.
Antecedentes
Las protestas tuvieron su origen en la muerte de Javier Ordóñez, quien murió en un Comando de Acción Inmediata (CAI), en la madrugada del 9 de septiembre de 2020.
Un video muestra que antes de ser trasladado al CAI, policías dispararon pistolas taser contra Ordóñez a pesar que este ya se encontraba en el suelo inmovilizado y no representaba ninguna amenaza contra la vida o seguridad de los policías.
Los resultados iniciales de las investigaciones, incluyendo el reporte de la autopsia, indican que Ordóñez recibió golpes en la cabeza, el cuello, los hombres y el pecho al interior del CAI.
El 11 de septiembre de 2020, la Policía Nacional y el Ministro de Defensa ofrecieron disculpas por cualquier violación que hubieran podido cometer los uniformados. No obstante, no hubo reconocimiento de ninguna violación en particular. Posteriormente, el 16 de septiembre, el Ministro de Defensa reconoció que Javier Ordóñez había sido asesinado por la Policía.
Aunque el Ministro dijo que la policía respetaba las protestas pacíficas, afirmó que “lo ocurrido el 9 y 10 de septiembre fue un ataque masivo y sistemático en contra de la infraestructura policial y de los agentes de Policía”.
Adicionalmente, el 13 de septiembre, la Alcaldía mayor de Bogotá llevó a cabo una jornada de perdón y reconciliación. En la jornada participaron algunas de las víctimas, que exigieron justicia.
El 17 de septiembre de 2020, la Fiscalía General de la Nación solicitó orden de captura contra dos policías involucrados en la muerte de Ordoñez, la cual fue concedida por un juez. Los dos policías ya fueron capturados.
De conformidad con las obligaciones internacionales de Colombia consagradas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, las investigaciones siempre deben ser independientes, imparciales, prontas, rigurosas, efectivas, creíbles y transparentes.
Los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley establecen que el uso de la fuerza deber ser excepcional, necesario y proporcional. Además, determinan que la fuerza letal solo puede usarse para proteger la vida.
Recientemente, Colombia ha sufrido de un aumento significativo en las violaciones y abusos a los derechos humanos, incluidas las muertes ilícitas. Por ejemplo, desde la firma del Acuerdo de Paz, en noviembre de 2016, han aumentado los asesinatos, amenazas de muertes y hostigamientos contra los defensores de derechos humanos.
A diciembre de 2019, la Misión de Verificación en Colombia de las Naciones Unidas verificó el asesinato de 303 defensores/as de derechos humanos y líderes sociales desde la firma del Acuerdo. Durante 2020, la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos en Colombia ha documentado 47 asesinatos y se encuentra verificando otros 44 casos potenciales.
Contactos:
Carolina Villadiego, Asesora Legal, América Latina. Email: carolina.villadiego(a)icj.org
Rocío Quintero M, Asesora Legal, América Latina. Email: rocio.quintero(a)icj.org