Informe en derecho sobre la represion del crimen de genocidio por medio del ejercicio del principio de jurisdicción universal por tribunales extranjeros

Informe en derecho sobre la represion del crimen de genocidio por medio del ejercicio del principio de jurisdicción universal por tribunales extranjeros

Conclusiones de AI y la CIJ.

62. Hoy día, a la luz del derecho internacional, no hay duda alguna que el genocidio es un crimen internacional, tanto de naturaleza consuetudinaria como convencional, que pertenece al ámbito del jus cogens. Frente a actos constitutivos de crimen de genocidio, todo Estado tiene el deber de ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de esos hechos.

63. Existe una norma consuetudinaria del derecho de gentes, jus cogens, que reconoce la competencia universal y autoriza las autoridades estatales nacionales a perseguir y a juzgar, en toda circunstancia, las personas sospechosas de haber cometidos actos constitutivos de crimen de genocidio. El ejercicio de la jurisdicción penal por tribunales nacionales extranjeros, para reprimir el crimen de genocidio mediante la aplicación del principio de jurisdicción universal, no es solamente en un derecho sino un deber jurídico.

64. De acuerdo con el estado actual del derecho internacional, no existe ninguna regla general de derecho internacional público que prohiba a un Estado de perseguir ante sus jurisdicciones nacionales, en base a una competencia universal, una persona que este siendo procesada o haya ha sido juzgada por los mismos hechos, en otro Estado.

65. Según el desarrollo actual del derecho internacional, no puede inferirse que la regla de “complementariedad” o subsidiariedad”, establecida por el Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional, y para los efectos de la competencia de esta Corte, sea un principio general del derecho penal internacional ni “un principio de jus cogens“.

66. Los Tribunales españoles tienen el derecho y el deber jurídico, tanto bajo el Derecho internacional consuetudinario como bajo el Derecho internacional convencional, de perseguir estos crímenes y están plenamente habilitados para ejercer su jurisdicción en virtud del principio de competencia universal. La legislación nacional española, en particular la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Penal, habilitan igualmente a los Tribunales españoles para juzgar los actos constitutivos de crimen de genocidio cometidos en Guatemala, en virtud del principio de jurisdicción universal.

Guatemala-genocide universal jurisdiction-analysis brief-2002-spa (full text in Spanish, PDF)

La CIJ insta al gobierno de Guatemala a que investigue amenazas de muerte en contra de Fiscal

La CIJ insta al gobierno de Guatemala a que investigue amenazas de muerte en contra de Fiscal

La CIJ escribió hoy al Gobierno de Guatemala expresando su honda preocupación por las amenazas de muerte en contra del Fiscal Leopoldo Zeissig.

El Lic. Zeissig, quien consiguió que un tribunal guatemalteco condenara a miembros de las fuerzas armadas de Guatemala en un caso de homicidio, fue el segundo fiscal a cargo del caso que tuvo que abandonar el país.

La CIJ insta al Gobierno de Guatemala a que inmediatamente lleve a cabo una investigación independiente sobre estas amenazas de muerte y que juzgue a los responsables por este crimen.

La CIJ se permite recordar al Gobierno de Guatemala que conforme a las Directrices de las Naciones Unidas sobre la Función de los Fiscales de 1990 (Artículo 4), éste tiene el deber de proteger a los abogados de “…intimidación, trabas, hostigamiento o injerencias indebidas…” en el ejercicio de sus funciones. El Gobierno también debe garantizar que,

“Las autoridades proporcionarán protección física a los fiscales y a sus familias en caso de que su seguridad personal se vea amenazada como consecuencia del desempeño de sus funciones”. (Artículo 5)

Conforme a información independiente de la CIJ, el 8 de junio, el Lic. Zeissig logró que un tribunal guatemalteco profiriera sentencias condenatorias en contra de miembros del ejército guatemalteco por la muerte de Monseñor Juan Gerardi Conedera en abril de 1998.

Monseñor Gerardi, un defensor de derechos humanos, fue asesinado dos días despúes de haber dado a conocer el informe (Guatemala: Nunca más), sacando a la luz pública la participación del ejército en violaciones de los derechos humanos durante el conflicto interno Las sentencias de 30 años en prisión en contra del Coronel (ret.) Disrael Lima Estrada y su hijo Capitán Byron Lima constituyeron la primera vez en que miembros de las fuerzas armadas fueron declarados culpables por abusos en contra de los derechos humanos. Los condenados procedieron a apelar la sentencia.

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