La Corte Constitucional protege los derechos de las víctimas y de la sociedad colombiana a la verdad, la justicia y la reparación

La Corte Constitucional protege los derechos de las víctimas y de la sociedad colombiana a la verdad, la justicia y la reparación

Mediante la sentencia C-370 de 2006, en relación con la llamada ley de “justicia y paz”, la Corte confirma que se trataba de una normatividad contraria a los derechos humanos.

El fallo de la Corte Constitucional relacionado con la ley 975 de 2005, llamada de “justicia y paz”, protege los derechos de las víctimas de violaciones de derechos humanos y derecho humanitario, ajustando así esa normatividad a los estándares internacionales en la materia . Cabe advertir que todos los magistrados coincidieron en afirmar que se trataba de un marco jurídico inconstitucional, total o parcialmente. Si bien tres de ellos salvaron el voto, lo hicieron porque consideraron que la ley 975 de 2005 debía ser declarada inconstitucional en su totalidad. A continuación se señalan algunos de los aspectos más relevantes del fallo.

1. El fallo protege el derecho a la verdad

Mediante el fallo, la Corte protegió el derecho de las víctimas y de la sociedad en general a conocer la verdad: declaró que la versión libre rendida por la persona desmovilizada debe ser completa y veraz, y que si se descubren posteriormente delitos no confesados, la persona pierde el beneficio de la pena alternativa.

2. El fallo protege el derecho a la justicia

La Corte señaló que las víctimas tienen derecho a participar con plenas facultades durante todo el proceso, y que todos los familiares que demuestren haber sufrido un daño deben ser reparados, y no solamente los padres o los hijos, como parecía decirlo el texto propuesto por el Gobierno y aprobado por el Congreso. Por otra parte, declaró inconstitucional el artículo que permitía computar como privación de la libertad el tiempo que la persona desmovilizada hubiera estado en las “zonas de ubicación”. La Corte consideró también que la Fiscalía debe contar con más tiempo del previsto en la ley para comprobar la veracidad de los hechos y esclarecerlos, para que así la investigación logre los mejores resultados posibles.

3. El fallo protege el derecho a la reparación

En relación con el derecho de las víctimas a ser indemnizadas, el fallo señala que todo el patrimonio de las personas desmovilizadas, y no solamente los bienes ilícitamente adquiridos por ellas, debe concurrir a la reparación de las víctimas, y que los miembros del grupo armado ilegal responden solidariamente por los daños ocasionados a las víctimas por otros miembros del grupo.

Adicionalmente, el fallo busca garantizar la no repetición de los hechos de violencia (que es un componente del derecho a la reparación), pues indica que quien reincida en actividades delictivas pierde el beneficio de la pena alternativa.

4. El fallo declara inconstitucional la tipificación del paramilitarismo como delito político

La Corte declaró inconstitucional la tipificación del paramilitarismo como delito político de sedición, debido a un vicio de trámite durante los debates. El vicio consistió en que las mayorías parlamentarias lograron que se aprobara la iniciativa de incluir el paramilitarismo como un delito político a través de un procedimiento contrario al reglamento del Congreso.

5. A manera de conclusión: si se hubieran acogido las recomendaciones a tiempo, la ley habría superado con éxito el control constitucional

La ley 975 de 2005 fue el resultado de un trámite legislativo en el cual se presentaron diferentes proyectos de ley; algunos cumplían con las obligaciones del Estado en materia de administración de justicia, pero el proyecto gubernamental, que fue objeto de debate y aprobación, fue siempre contrario a los derechos a la verdad, la justicia y la reparación.

Muchos organismos de protección de derechos humanos manifestaron oportuna y reiteradamente su preocupación por el contenido del proyecto, pero no fueron escuchados por las mayorías parlamentarias ni por el Gobierno. Si se hubieran acogido sus recomendaciones desde el principio, la ley habría superado con éxito el control constitucional.

Las desmovilizaciones que se han adelantado hasta hoy, y que constituyen un hecho cumplido, no pueden ser esgrimidas como un argumento que debía tener en cuenta la Corte Constitucional y que la condujera a ignorar las graves falencias de la ley 975 de 2005. Los grupos armados ilegales, el Congreso y el Gobierno sabían que la ley sería sometida a un control constitucional. El fallo no debe sorprenderlos, pues recoge las observaciones de las cuales han tenido conocimiento durante todo el proceso.

La Corte Constitucional ajustó la ley 975 de 2005 a las obligaciones del Estado colombiano en materia de investigación, juzgamiento y sanción de graves violaciones a los derechos humanos. De esta forma, protegió los derechos de las víctimas y de la sociedad en general, y señaló un camino con menos obstáculos hacia la reconciliación.

Chile: CIJ observará proceso contra líder Mapuche

Chile: CIJ observará proceso contra líder Mapuche

La CIJ observará el juicio contra Juana Rosa Calfunao, lonko (líder) Mapuche de la Comunidad Juan Paillalef.

La Sra. Calfunao enfrenta cargos por los delitos de “graves desórdenes públicos” y “amenazas a carabineros de servicio”, este último tipificado en el Código de Justicia Militar.

El juicio, que se celebrará el próximo 13 de febrero ante el Juzgado de Garantías de Temuco, será observado por el Dr. Martín Prats, abogado uruguayo y Director Ejecutivo del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR), organización afiliada a la CIJ. “Vemos con preocupación que un conflicto por tierras ancestrales haya degenerado en enfrentamientos entre comunidades indígenas y la fuerzas del orden”, dijo Federico Andreu, Secretario general adjunto de la CIJ. “Verificaremos que el procedimiento contra la Sra. Calfunao se ajuste a los estándares internacionales sobre el derecho a un juicio justo”.

Antecedentes

Los cargos contra la lonko Calfunao se remiten a los incidentes que se produjeron el pasado 23 de diciembre cuando miembros de la comunidad bloquearon una ruta y se enfrentaron con carabineros, quienes golpearon a los manifestantes. Un día después, en la audiencia en la que fue puesta en libertad, la Sra. Calfunao renunció a la nacionalidad chilena. El 5 de enero se decretó la prisión preventiva de la Sra. Calfunao por los hechos de diciembre. La jueza acogió el pedido del fiscal, que calificó a la comunidad de pandilla y señaló a la Sra. Calfunao de ser la líder. El tribunal de garantías decretó su prisión preventiva por “encontrarla un peligro para la sociedad”. La situación de las comunidades indígenas en Chile se ha venido deteriorando en los últimos años. La falta de respuesta de las autoridades nacionales a los reclamos de las comunidades ha desembocado en la toma de medidas de hecho como aquella por la que se acusa a la lonko Calfunao. En otro proceso, 16 comuneros indígenas fueron acusados de participar de una organización que coordinó y ejecutó una serie de acciones contra predios particulares y personas entre enero de 2001 y noviembre de 2002. Tal caso motivó un pronunciamiento de preocupación por parte del Relator Especial de Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas.

Políticas del gobierno socavan el estado de derecho

Políticas del gobierno socavan el estado de derecho

“Las políticas del Gobierno colombiano en los últimos tres años han contribuido al desmantelamiento del estado de derecho y a la consolidación de la impunidad”, dijo la Comisión Internacional de Juristas (CIJ) en un nuevo informe publicado hoy.

El informe documenta cómo la legislación, adoptada o anunciada por el Gobierno en el marco de su política de seguridad democrática, desmantela el estado de derecho, socava la independencia del poder judicial y agrava la situación de derechos humanos.

Asimismo, la CIJ deplora la adopción, en el marco del proceso de desmovilización de grupos paramilitares, de una legislación (Decreto 128 de 2003 y Ley de “Justicia y Paz”) que deja en la impunidad miles de graves crímenes cometidos por estos grupos y no garantiza el derecho de las víctimas a la justicia, la verdad y la reparación.

Desde el principio del proceso, miles de paramilitares se desmovilizaron a pesar de seguir cometiendo centenas de crímenes, tales como asesinatos y desapariciones forzadas. “Este proceso, lejos de haber sido transparente, nunca ha sido acompañado por un mecanismo de verificación efectivo. Antes que permitir superar el paramilitarismo, consolida el poder político y económico de los paramilitares.”, dijo la CIJ.

En sus recomendaciones, la CIJ llama al Gobierno colombiano a revisar su política de seguridad para que sea compatible con los principios básicos del estado de derecho y las obligaciones internacionales de Colombia y a rechazar cualquier legislación que contribuya a la impunidad. Asimismo, la organización exhorta al Gobierno a tomar medidas para el desmantelamiento efectivo de las estructuras paramilitares y para que los miembros de la Fuerza Pública implicados en actividades paramilitares, violaciones de derechos humanos, crímenes de lesa humanidad y/o crímenes de guerra, sean llevados ante la justicia ordinaria.

Asimismo, la CIJ llama a la comunidad internacional a que asegure que toda estrategia de cooperación esté condicionada a que las autoridades colombianas tomen medidas efectivas contra la impunidad y que garanticen el estado de derecho.

“Dada la legislación vigente que legaliza la impunidad y la magnitud de los crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra cometidos en Colombia, la Corte Penal Internacional debería tomar cartas en el asunto.”, concluyó la CIJ.

Observaciones preliminares de la CIJ tras su misión a Guatemala

Observaciones preliminares de la CIJ tras su misión a Guatemala

La CIJ presenta sus observaciones preliminares tras la misión que llevara a cabo en Guatemala.

1. La CIJ concluye hoy su misión a Guatemala, que ha tenido como propósito estudiar la administración de justicia, la impunidad, el acceso a la justicia y el derecho indígena y la situación de los defensores de derechos humanos, líderes sociales y operadores de justicia. La CIJ tuvo la oportunidad de reunirse con varias autoridades, entre ellos el Vicepresidente de la República, el Presidente de la Corte Suprema, el Presidente de la Corte de Constitucionalidad, el Presidente del Congreso, el Ministro de Gobernación, el Procurador de Derechos Humanos y el Presidente de la Comisión Presidencial de Derechos Humanos; representantes de instituciones públicas y privadas; y organizaciones no gubernamentales. A todos ellos, la CIJ agradece la amabilidad y la información brindada.

2. Sin perjuicio de un informe detallado que contenga sus hallazgos, conclusiones finales y recomendaciones específicas, la CIJ desea compartir con la opinión pública guatemalteca algunas observaciones preliminares.

3. La CIJ reconoce los esfuerzos que el actual Gobierno y la sociedad guatemalteca han desarrollado en pos de la construcción de un régimen democrático basado en el Estado de derecho y el respeto de los derechos humanos. El reconocimiento por parte del Gobierno de los problemas que aquejan a Guatemala y la disposición al diálogo constituyen importantes avance en aras del fortalecimiento institucional. Un país como Guatemala, que ha sufrido los efectos crueles de sucesivos gobiernos autoritarios y un prolongado conflicto armado interno en el que se produjeron flagrantes violaciones de los derechos humanos y se debilitaron tanto el tejido social como el sistema institucional, enfrenta serios desafíos para su desarrollo democrático y requiere el concurso de la sociedad y la comunidad internacional. Guatemala aún hoy tiene una deuda pendiente con las víctimas de la violencia de su pasado reciente.

4. Las sociedades democráticas modernas tienen uno de sus fundamentos esenciales en una administración de justicia independiente e imparcial, que proteja activamente los derechos de los habitantes y que sea de fácil acceso, especialmente para los sectores menos favorecidos. En este sentido, la CIJ observa que en Guatemala persisten serias deficiencias en la organización y el funcionamiento del sistema judicial, que obedecen a un inadecuado marco normativo y a ciertas prácticas que impiden la prestación de este servicio público esencial.

5. Algunas de las preocupaciones de la CIJ se refieren a los procedimientos de selección, nombramiento y evaluación de jueces y magistrados; la administración del Organismo Judicial a cargo de la Corte Suprema de Justicia; la estabilidad en el cargo de jueces y magistrados; la respuesta del sistema judicial frente a la actual situación de inseguridad ciudadana; la puesta en práctica del modelo de juzgamiento penal; la disponibilidad de recursos; el reconocimiento de la justicia indígena; y el acceso a la justicia de la población en general.

6. Estos factores redundan en una preocupante situación de impunidad, que se manifiesta en fenómenos tales como: el alto número de casos que quedan sin investigación y sanción; los actos de intimidación contra operadores de justicia; la proliferación de cuerpos ilegales y aparatos clandestinos y el auge crimen organizado; y linchamientos y otras formas de “ajusticiamiento” por parte de la población.

7. En lo que se refiere a la investigación criminal, la CIJ pudo observar que, a pesar de algunos avances en su formulación y puesta en práctica, queda aún mucho por hacer en materia de coordinación interinstitucional, manejo de la escena del crimen, protección de víctimas y testigos, creación de una efectiva carrera fiscal, celeridad en la investigación de casos específicos, mejor cobertura del territorio nacional, descentralización del Ministerio Público y establecimiento de un ente técnico de ciencias forenses.

8. Es motivo de inquietud también para la CIJ el indebido uso del sistema penal para la solución de conflictos sociales que deberían encontrar respuesta en canales de solución pacífica. En este sentido, parece apremiante atender la problemática agraria y laboral a través de la construcción de consensos y el establecimiento de instituciones y procesos que garanticen una vida digna para todos los guatemaltecos.

9. Dentro de la situación que vive el país, preocupan particularmente las agresiones de diverso orden de que son víctimas los operadores de justicia, los líderes sociales y los defensores de derechos humanos. La CIJ saluda el reciente pronunciamiento del Gobierno acerca de los defensores de derechos humanos, y considera que puede hacerse extensivo a los operadores de justicia y líderes sociales por el importante papel que cumplen en toda sociedad democrática.

10. La CIJ aprecia el valor que tiene el derecho tradicional de las comunidades indígenas y la contribución que entraña para la solución pacífica de los conflictos. Así, es de desear que tal sistema de justicia obtenga el reconocimiento normativo que merece por parte del Estado de Guatemala en el marco del derecho internacional de los derechos humanos y de instrumentos específicos como el Convenio 169 de la OIT.

11. Otras preocupaciones de la CIJ se refieren al uso abusivo del recurso de amparo con el fin de entorpecer importantes investigaciones y juicios, en particular en casos de graves violaciones de derechos humanos; la existencia de un proyecto de ley que otorgaría amplias competencias a la justicia militar en contradicción con los estándares internacionales, lo que representaría un retroceso en la materia; la falta de fundamentación de muchas decisiones judiciales; y la existencia de poderes fácticos, que implican una seria amenaza al Estado de derecho y debilitan aún más la institucionalidad democrática.

12. La CIJ continuará observando la situación de Guatemala con el ánimo de contribuir a los esfuerzos del Estado y la sociedad civil en la construcción de la paz y el fortalecimiento de la democracia. Para ello, mantendrá un diálogo permanente con las autoridades, las organizaciones sociales y la comunidad internacional, particularmente con la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, que se instalará próximamente en el país.

Misión de alto nivel de la CIJ visitará Guatemala para examinar la situación de la justicia

Misión de alto nivel de la CIJ visitará Guatemala para examinar la situación de la justicia

La CIJ emprenderá una visita a Guatemala con el fin de analizar la situación de la administración de justicia, la impunidad, los defensores de derechos humanos y el acceso a la justicia.

La misión de alto nivel tendrá lugar entre los días 1 y 5 de agosto y se reunirá, entre otros, con funcionarios gubernamentales, jueces y magistrados y organizaciones no-gubernamentales y agencias internacionales. La misión estará compuesta por el Dr. Hernando Valencia Villa (Profesor de la Universidad Carlos III de Madrid), el Dr. Javier Ciurlizza (Director Ejecutivo del Instituto de Democracia y Derechos Humanos del Perú) y José Zeitune, representante del Secretariado de la CIJ.

El conflicto armado en el que estuvo sumido el país durante más de 30 años dejó su saldo no sólo en términos de vidas sino también en un debilitamiento de las instituciones del Estado. Si bien se han producido ciertos avances en el respeto de los derechos humanos y la implementación de un estado de derecho, la administración de justicia guatemalteca continúa enfrentando serios desafíos.

La CIJ está profundamente preocupada por el recrudecimiento, en los últimos meses, del número de ataques e intimidaciones contra defensores de derechos humanos y operadores de justicia, en ciertos casos con resultado de muerte. Este será uno de los temas prioritarios durante la visita. La introducción de un proyecto de ley de justicia militar que conferiría un fuero personal a miembros de las fuerzas armadas será también analizado y discutido con las autoridades relevantes.

El 5 de agosto, último día de la visita, los miembros de la misión darán una conferencia de prensa en la que presentarán sus observaciones y conclusiones preliminares. La CIJ producirá un informe con sus conclusiones finales y recomendaciones al Gobierno y otras instituciones.

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