Oct 1, 2018 | Comunicados de prensa, Noticias
La CIJ celebra la participación de diferentes Organizaciones No Gubernamentales, en la audiencia que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) convocara de oficio, la cual permitió escuchar la posición de ambas delegaciones y llevar a cabo un diálogo franco sobre un tema trascendental para la población guatemalteca y el respeto de los derechos humanos en el país.
La CIJ participó por medio de su Director para Centroamérica, abogado Ramón Cadena, participación solicitada por el Instituto Centroamericano de Estudios para la Democracia Social (DEMOS), del Comité de Desarrollo Campesino (CODECA) y de la Red de Defensores Comunitarios.
El Bufete para Pueblos Indígenas, si bien había sido solicitado por dichas organizaciones para asistir, no pudo hacerlo en un último momento.
Si bien la Delegación Gubernamental alegó falta de competencia por parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana no sólo sostuvo que sí era competente, según la Declaración Americana de Derechos Humanos y la Convención Americana de Derechos Humanos y otra legislación regional de Derechos Humanos, sino que además, en su calidad de “observadora externa”, se sintió “sorprendida” por las últimas decisiones tomadas por las autoridades gubernamentales al más alto nivel y advirtió al Estado de Guatemala, que el mensaje que el Estado de Guatemala estaba dando con sus últimos actos y decisiones de no prorrogar el mandato de la CICIG, ni permitir el ingreso del comisionado Iván Velásquez al país, era “excesivo” y que en nada fortalecía al Estado de Derecho de Guatemala.
Otro argumento de la delegación gubernamental fue afirmar que la CICIG actuaba como “fiscalía paralela”, lo cual afectaba el ordenamiento interno.
Al respecto, la delegación de las organizaciones no gubernamentales explicaron a la ilustre Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que no se trataba de una fiscalía paralela, sino que de la figura del “querellante adhesivo” y que incluso antes de la aprobación del mandato de la CICIG, la Corte de Constitucionalidad emitió una opinión consultiva el 8 de mayo de 2007 (Expediente 791-2007), debidamente publicada en el Diario Oficial, en la que consideró que la constitución de la CICIG no violaba el ordenamiento constitucional, ni legal del Estado de Guatemala.
Específicamente, la Corte de Constitucionalidad consideró al referirise a la función de la CICIG que “la función de apoyar, coadyuvar y fortalecer a las instituciones estatales encargadas de la investigación en los delitos cometidos con ocasión de la actividad de los cuerpos ilegales de seguridad y aparatos clandestinos de seguridad…no excluye la posibilidad de recibir el apoyo de otras instituciones en la recolección de evidencia, siempre que la participación se haya establecido de manera legal, como sucede en el presente caso.”
La ilustre Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) consideró que la pregunta esencial que había que responder, era si el Estado de Guatemala contaba ya con la fortaleza institucional, con la independencia judicial y con funcionarios e instituciones sólidas, como para poder luchar contra la corrupción en Guatemala, sin el apoyo de la CICIG.
La delegación de las organizaciones no gubernamentales fundamentaron con diferentes argumentos, que aún no se contaba con dicha solidez y que la presencia de la CICIG en el país, seguía siendo necesaria.
La Comisión Interamericana celebró la participación nutrida de la Sociedad Civil de Guatemala y la presencia de representantes del gobierno guatemalteco y manifestó que el haber convocado de oficio a esta audiencia, demostraba el interés de la CIDH en Guatemala.
Informó a la delegación gubernamental, que era su interés realizar una visita “in loco” a la mayor brevedad posible, ya que de esa forma podría conocer en forma más profunda todas las situaciones de derechos humanos que se estaban presentando en el país, para lo cual solicitó el apoyo de la delegación gubernamental.
Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centroamérica expresó: “Lamentamos que el Gobierno de Guatemala solicitara a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que la audiencia se llevara a cabo a “puertas cerradas”, ya que todos los puntos discutidos fueron del interés de la ciudadanía en general y de la prensa.
Por ello, en lugar de mantener las discusiones cerradas, deberían abrirse al conocimiento de la prensa y del público en general. Exigimos a las autoridades correspondientes, que no vaya a haber represalias en contra del trabajo que realizan las organizaciones de derechos humanos y las y los defensores de derechos humanos.”
Sep 14, 2018 | Noticias
El 14 de septiembre 2018, la CIJ junto a 67 otras organizaciones internacionales y guatemaltecas de la sociedad civil enviaron una carta a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, para expresar sus graves preocupaciones en relación a los acontecimientos recientes restringiendo los esfuerzos para combatir la impunidad en el país.
Estos incluyen la decisión del Presidente Jimmy Morales el 31 agosto de 2018 de no renovar el mandato de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG); y la decisión subsecuente de parte de las autoridades guatemaltecas el 4 septiembre de 2018 de prohibir el regreso al país del comisionado de la CICIG Iván Velásquez; y las reformas judiciales aprobadas por el Congreso el 6 septiembre de 2018 que amenazan a socavar la independencia judicial y la función de los y las jueces de la Corte de Constitucionalidad y la oficina del Procurador de los Derechos Humanos.
Los signatarios expresaron su beneplácito por la referencia crítica sobre estos acontecimientos de parte de la Alta Comisionada en sus observaciones en la apertura del 39º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos.
En su carta, las organizaciones pidieron a la Alta Comisionada de continuar apoyando la luche contra la corrupción y la impunidad en Guatemala y de seguir presionando a las autoridades guatemaltecas para que adopten las medidas necesarias para facilitar el cumplimiento del mandato de la CICIG según los términos del Acuerdo firmado entre Guatemala y las Naciones Unidas.
La carta en español está disponible aquí. Guatemala-Letter to Michelle Bachelet-News-2018-SPA
Jun 6, 2018 | Artículos, Noticias
Después de más de 30 años de búsqueda de justicia por parte de la familia Molina Theissen, el Tribunal de Mayor Riesgo C emitió sentencia condenatoria , cometida en octubre de 1981, durante el conflicto armado interno.
Por la desaparición forzada del niño Marco Antonio Molina Theissen (de 14 años), así como por la detención ilegal, tortura y violación sexual de su hermana Emma Guadalupe Molina Theissen, fueron condenados el 23 de mayo de 2018, los militares de alto rango (en retiro) General de Brigada Benedicto Lucas García, Coronel Hugo Ramiro Zaldaña Rojas, Coronel Manuel Antonio Callejas y Callejas y Coronel Francisco Luis Gordillo Martínez.
En esa misma sentencia, el Tribunal absolvió al coronel Edilberto Letona Linares.
La CIJ observó todo el desarrollo del juicio público.
Como resultado de esta labor de observación, la CIJ considera que, una vez más, se pudo comprobar, que para lograr romper con la impunidad que existe en estos casos de la llamada “justicia transicional”, se requiere indispensablemente que el Sistema de Justicia esté integrado por jueces independientes, imparciales, competentes, idóneos y de incuestionable integridad moral.
Asimismo, de su observación del juicio y estudio de la Sentencia, la CIJ puede concluir que la defensa de los militares procesados llevó a cabo un litigio de mala fe, que buscó apartar del juicio al Juez Pablo Xitumul, Presidente del Tribunal, por medio de recusaciones abusivas y sin ninguna base legal.
Este tipo de prácticas atentan contra una recta administración de justicia y constituyen una violación de la obligación que tienen los abogados de mantener el honor y la dignidad de su profesión y de actuar de conformidad con las normas éticas reconocidas que rigen su profesión, como lo prescriben los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, de las Naciones Unidas.
La CIJ expresa su rechazo por este tipo de estrategias de defensa, que ya han sido implementadas en otros casos de “justicia transicional” en el pasado y que, además, se están haciendo evidentes en casos recientes vinculados a la lucha contra la corrupción.
Además, durante el juicio, la CIJ pudo constatar las siguientes situaciones:
- Presiones y campañas de difamación de diferente naturaleza, que atacaron y cuestionaron la independencia de las y los juzgadores, su idoneidad e imparcialidad;
- Ataques, estigmatizaciones, difamación y cuestionamientos infundados contra la familia Molina Theissen, por sectores cercanos al Ejército de Guatemala; y
- Ataques y estigmatizaciones contra de las organizaciones de derechos humanos y de los abogados y abogadas de la Familia Molina Theissen, así como en contra del Ministerio Público.
La CIJ se permite recordar que:
- La familia Molina Theissen buscó justicia infructuosamente durante más de 30 años, acudiendo a las autoridades judiciales guatemaltecas;
- Ante la denegación de justicia, la familia Molina Theissen tuvo que recurrir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos; y,
- La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en Sentencia de 4 de Mayo de 2004, condenó al Estado de Guatemala por violaciones a los derechos humanos y le ordenó investigar, procesar y castigar a los responsables de dichos crímenes.
Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centroamérica expresó: “Apoyamos al Presidente del Tribunal Juez Pablo Xitumul, a los otros dos jueces que integran el Tribunal de Mayor Riesgo C y a todos los jueces independientes, imparciales, idóneos e íntegros de Guatemala, que con su trabajo tratan de devolverle la credibilidad al Organismo Judicial.”
“Nos complace esta sentencia, ya que sienta un precedente para que una práctica sistemática tan grave, como la desaparición forzada de personas, no vuelva a repetirse en Guatemala. Existen en Guatemala más de 40,000 personas detenidas desaparecidas y el Ejército de Guatemala debería demostrar voluntad política, proporcionando información veraz, para que los familiares encuentren a sus seres queridos, desaparecidos desde hace más de 30 años, durante el conflicto armado interno,” concluyó Ramón Cadena.
Apr 12, 2018 | Artículos, Noticias, Publicaciones
Hoy la CIJ lanza su informe El juzgamiento de civiles por tribunales militares en Venezuela.
El informe analiza el marco constitucional y legal de la jurisdicción penal militar de Venezuela, su estructura, composición y competencia.
Igualmente, el informe aborda los graves problemas de independencia de la jurisdicción penal militar venezolana y la práctica del enjuiciamiento de civiles por los tribunales militares de ese país, a la luz de estándares internacionales y de los principios del Estado de Derecho.
Asimismo el informe relaciona las recomendaciones sobre administración de justicia por tribunales militares que han venido formulando a Venezuela distintos órganos y procedimientos internacionales de protección de los derechos humanos, tanto en el ámbito de las Naciones Unidas como del Sistema Interamericano.
Finalmente, el informe concluye que los tribunales militares venezolanos no satisfacen las condiciones necesarias e inherentes a una recta administración de justicia, establecidas por el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y que el juzgamiento de civiles por tribunales militares configura una violación flagrante de los derechos a un tribunal independiente, imparcial y competente y es incompatible con las normas y estándares internacionales sobre administración de justicia.
Venezuela-Civiles Tribunales Militares-Publications-Reports-Thematic Reports-2018-SPA (el informe, en PDF)
Oct 5, 2017 | Comunicados de prensa
La CIJ hace un llamado a Venezuela a que acepte las solicitudes de visitas al país que han formulado, desde hace varios años, los Procedimientos especiales de las Naciones Unidas, cuyos mandatos son más relevantes para el Estado de Derecho y la crisis de derechos humanos.
La CIJ toma nota del anuncio del Gobierno de Venezuela de invitar al país al Experto independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo de las Naciones Unidas, Sr. Alfred de Zayas.
Este anuncio, así como él de invitar al país al Relator Especial sobre el derecho al desarrollo, resulta significativo. Por más de una década, el Gobierno venezolano ha denegado o dejado sin respuesta las solicitudes de visita al país de numerosos Expertos de las Naciones Unidas (conocidos como “Procedimientos especiales”). La última misión realizada a Venezuela por un Procedimiento especial, fue la del Relator Especial sobre la Tortura en 1996.
Sin embargo, dada la ruptura del Estado de Derecho y la gravísima situación de derechos humanos en Venezuela, se requiere urgentemente que otros Procedimientos especiales de Naciones Unidas, con un mandato relevante, realicen misiones en el país.
“En el curso de este año las ejecuciones extrajudiciales y arbitrarias, la tortura y malos tratos a detenidos, la detención arbitraria, el juzgamiento de civiles por tribunales militares y las persecuciones y ataques contra opositores, disidentes y defensores de derechos humanos se han convertido en prácticas sistemáticas y generalizadas en Venezuela”, declaró Federico Andreu-Guzmán, Representante para Suramérica de la CIJ.
“Por lo tanto, es difícil entender por qué el Gobierno de Venezuela no responde a las solicitudes formuladas desde larga data por los Procedimientos especiales con mandatos sobre estas violaciones, mientras invita de forma proactiva a otros Expertos de las Naciones Unidas”, agregó Andreu-Guzmán.
La CIJ hace, por lo tanto, un llamado al Gobierno de Venezuela a que invite a visitar el país al Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y a los Relatores Especiales sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; la independencia de los magistrados y abogados; la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión; y sobre la situación de los defensores de derechos humanos. Todos estos Expertos de las Naciones Unidas han solicitado visitar Venezuela desde tiempo atrás, incluso algunos desde hace varios años, sin que el Gobierno venezolano haya aceptado estas solicitudes hasta ahora.
“Los Estados miembros de las Naciones Unidas tienen, bajo la Carta de las Naciones Unidas, la obligación de cooperar con los Procedimientos especiales de derechos humanos de esta organización. Esta obligación cobra particular importancia cuando el Estado es miembro del Consejo de Derechos Humanos, como es el caso de Venezuela”, declaró Andreu-Guzmán.
Asimismo, la CIJ hace un llamado al Gobierno de Venezuela para que acepte la solicitud de visita al país que, desde el año 2004, ha reiterativamente formulado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Información complementaria
Desde hace varios años, los siguientes Procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas han solicitado visitar a Venezuela: el Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; el Relator Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos; el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria; el Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados; la Relatora Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias; el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; el Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión; el Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas; la Relatora Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado; y la Relatora Especial sobre el derecho a la alimentación.
En el ámbito regional, aunque denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos en septiembre de 2012, Venezuela sigue siendo Estado parte de tres tratados interamericanos de derechos humanos (La Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer). Sin embargo, las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han sido sistemáticamente ignoradas por el Estado venezolano, el cual además ha denegado las solicitudes de visita al país que este órgano ha formulado desde el año 2004.
Contactos
Federico Andreu-Guzmán, Representante para Suramérica de la CIJ, tel: +57 311 481 8094; correo electrónico federico.andreu@icj.org
Carlos Ayala Corao, Comisionado de la CIJ (Venezuela), tel: +57 414 243 4872; correo electrónico cayala@cjlegal.net
Alex Conte, Iniciativa Global de la CIJ sobre Reparación y Rendición de Cuentas, tel: +22 979 3802; email: alex.conte@icj.org