Misión de alto nivel de la CIJ visitará Nicaragua para evaluar estado de derecho y administración de justicia

Misión de alto nivel de la CIJ visitará Nicaragua para evaluar estado de derecho y administración de justicia

La CIJ emprenderá una visita a Nicaragua con el objetivo de analizar la situación de la administración de justicia y el estado de derecho antes de las inminentes elecciones presidenciales.

La misión de la CIJ formulará recomendaciones puntuales a los candidatos destinadas a fortalecer la justicia y el estado de derecho en el país.

La misión de alto nivel tendrá lugar entre los días 23 y 27 de octubre y se reunirá, entre otros, con funcionarios gubernamentales, jueces y magistrados, organizaciones no-gubernamentales y representantes internacionales. La misión estará compuesta por el Sr. Roberto Garretón (Abogado chileno defensor de derechos humanos durante la dictadura y ex-Representante de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas para América Latina y el Caribe entre otros cargos), el Sr. Carlos Ayala Corao (abogado venezolano, actual Presidente de la Comisión Andina de Juristas y ex-Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) y José Zeitune (Oficial Jurídico para América Latina de la CIJ).

“El período de campaña electoral presenta la oportunidad de colocar dentro de la agenda política nicaragüense la necesidad de una administración de justicia independiente e imparcial”, manifestó la CIJ. “Evaluaremos la situación de la justicia y el estado de derecho a la luz de los estándares internacionales sobre la materia y alentaremos a los candidatos a comprometerse a desarrollar políticas y promover reformas orientadas a reforzar una buena administración de justicia y la plena vigencia del estado de derecho”.

La CIJ dará una conferencia de prensa el 27 de octubre, último día de la visita, a las 10:00 AM en el Hotel Real Intercontinental (Metrocentro) en la que presentarán sus observaciones y recomendaciones a los candidatos presidenciales.

Nicaragua-fact-finding mission1-press release-2006 (en PDF)

Guatemala: nuevo acuerdo sobre CICIACS debe cumplir con normas internacionales de derechos humanos

Guatemala: nuevo acuerdo sobre CICIACS debe cumplir con normas internacionales de derechos humanos

El establecimiento de una Comisión de Investigación de Cuerpos Ilegales de Seguridad y Aparatos Clandestinos de Seguridad (CICIACS) de acuerdo con normas internacionales de derechos humanos es tarea urgente e impostergable.

La instalación de la CICIACS, ya pospuesta una vez debido a las inconstitucionalidades halladas por la Corte de Constitucionalidad en 2004, representa una oportunidad histórica para combatir dichos grupos y cumplir con los compromisos adquiridos en los Acuerdos de Paz.

“La existencia de estructuras como las que investigará la CICIACS significa un serio obstáculo para el respeto por los derechos humanos y el estado de derecho en Guatemala”, dijo Nicholas Howen, Secretario general de la CIJ. “Frente a la absoluta impunidad con que operan estos grupos, es evidente que la acción de las autoridades guatemaltecas ha sido insuficiente para hacer frente a este grave flagelo; de allí la necesidad de ayuda internacional”.

La CICIACS deberá tener el mandato para recabar información sobre la existencia y accionar de cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad, formular denuncias penales contra sus miembros y constituirse en querellante adhesivo, lo que le permitirá, entre otras cosas, solicitar diligencias procesales y apelar decisiones del Ministerio Público ante el Organismo Judicial. Con amplia presencia internacional, la CICIACS deberá tener libertad de acceso a todos los lugares, establecimientos e instalaciones del Estado, tanto civiles como militares, observando sólo lo preceptuado por la Constitución de Guatemala. En tal sentido, es de esperarse que el artículo 30 de la Carta Magna, que regula el secreto de Estado y que en ocasiones ha sido utilizado para obstaculizar las investigaciones de violaciones de derechos humanos, sea interpretado acorde con la obligación internacional de combatir la impunidad y se garantice a la CICIACS todo el acceso necesario a información tendiente a esclarecer graves violaciones de derechos humanos.

“La CIJ valora el esfuerzo de las autoridades guatemaltecas en celebrar un nuevo Acuerdo sobre CICIACS que subsane las incompatibilidades encontradas por la Corte de Constitucionalidad, pero recuerda que ni la Constitución ni la legislación nacional pueden transformarse en obstáculos para la efectiva investigación de graves violaciones de derechos humanos”, agregó el Sr. Howen. “El derecho internacional de los derechos humanos garantiza el acceso a la información relativa a graves violaciones de derechos humanos, que sólo puede denegarse en casos sumamente excepcionales prescritos por la ley y tras probar que la restricción es necesaria en una sociedad democrática para proteger un interés legítimo; dichas denegaciones deben poder ser apeladas ante un tribunal independiente.”

La CIJ llama a las autoridades guatemaltecas a impulsar el pronto establecimiento de la CICIACS como medida tendiente a combatir la impunidad y a dotar a la CICIACS de los poderes necesarios para llevar a cabo investigaciones exhaustivas de los cuerpos ilegales de seguridad y aparatos clandestinos. La CIJ insta a las partes del Acuerdo a abstenerse de incluir provisiones que se transformen en obstáculos que impidan el efectivo accionar de la CICIACS y la adecuada investigación de los grupos ilegales de conformidad con las obligaciones internacionales de Guatemala en materia de derechos humanos.

Nueva victoria para la impunidad en Guatemala

Nueva victoria para la impunidad en Guatemala

La resolución de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala (CC) es otra oportunidad perdida en la lucha contra la impunidad en Guatemala, manifestó hoy la Comisión Internacional de Juristas. La resolución se amparó provisionalmente a Efraín Ríos Montt, ex Presidente de facto de dicho país, para que no declare ante un juez y fiscal españoles por delitos cometidos contra ciudadanos españoles durante el conflicto armado interno en Guatemala.

“Siempre hemos sostenido que pesa sobre Guatemala la obligación de investigar y castigar a los autores de graves violaciones de derechos humanos y crímenes bajo el derecho internacional, y que toda medida tendiente a mantener la impunidad de los responsables constituye una clara violación de las obligaciones internacionales del Estado”, dijo Nicholas Howen, Secretario general de la CIJ. Ante la impunidad en que se mantienen estos graves crímenes y la ausencia de procesos judiciales efectivos contra sus autores, los familiares de las víctimas recurrieron a tribunales extranjeros para que conocieran los casos. En tal contexto, se iniciaron en España procesos contra los presuntos responsables por el asesinato de cuatro sacerdotes españoles y por el asalto militar a la Embajada de España en Guatemala el 31 de enero de 1980 en el que murieron 37 personas.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la CC aceptó el recurso promovido por Ríos Montt e impidió que se le tomara declaración. La resolución del tribunal se basó en la supuesta falta de documentación enviada por la Corte Suprema de Justicia de Guatemala, que había previamente designado a un juez guatemalteco para que auxiliara al juez y fiscal españoles. El amparo otorgado por la CC impidió que se tomara declaración a otros siete ex altos oficiales del Ejército.

“Guatemala tiene la obligación internacional de cooperar con los procesos judiciales iniciados por los tribunales españoles por estos graves crímenes. Al no hacerlo, Guatemala continúa incumpliendo flagrantemente su obligación de combatir la impunidad”, sostuvo Nicholas Howen. “Uno de los más tristemente célebres mecanismos de impunidad, el abuso del recurso de amparo, ha servido de justificación una vez más para que se impida la búsqueda de la verdad y la responsabilidad por horribles crímenes”.

La CIJ llama a las autoridades guatemaltecas a cumplir con su obligación internacional de combatir la impunidad mediante la investigación y enjuiciamiento independientes de todas las violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado en el que estuvo sumido el país y, en tal contexto, a brindar toda la cooperación necesaria para que los procesos abiertos ante tribunales extranjeros puedan seguir su curso normal.

Guatemala-impunity-press release2-2006 (text, PDF)

Iniciativa de ley sobre justicia militar incompatible con derechos humanos

Iniciativa de ley sobre justicia militar incompatible con derechos humanos

La iniciativa de ley que pretende reformar la justicia militar guatemalteca contiene importantes disposiciones contrarias al derecho internacional de los derechos humanos, manifestó hoy la CIJ en un memorando legal enviado a los congresistas guatemaltecos.

La aprobación de tal iniciativa supondría un serio retroceso en materia de derechos humanos y constituiría una violación de las obligaciones internacionales de Guatemala.

“Si bien la CIJ comparte la necesidad de reformar una justicia militar decimonónica, instamos al Congreso a que tal reforma se haga conforme a los estándares internacionales de derechos humanos y sobre una recta administración de justicia”, manifestó la CIJ. “Tras un minucioso análisis, la CIJ no duda en afirmar que la iniciativa de ley redundará en un aumento de la impunidad por violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado y por las que pudieran ocurrir en el futuro”.

La principal objeción de la CIJ a la iniciativa de ley es la creación de un fuero personal; esto es, la atribución de jurisdicción a los tribunales militares por todos los delitos cometidos por personal militar. La creación de tal fuero supondría un serio retroceso en materia de derechos humanos en Guatemala ya que sustraería de los tribunales ordinarios a los presuntos autores de violaciones de derechos humanos y aumentaría significativamente la posibilidad de que tales crímenes queden en la impunidad.

“La iniciativa de ley desconoce la vasta jurisprudencia internacional sobre tribunales militares, que establece claramente que la jurisdicción de los tribunales militares debe circunscribirse sólo a delitos estrictamente militares, con total exclusión de las violaciones de derechos humanos”, agregó la CIJ “La aprobación de esta iniciativa implicaría un retroceso de varias décadas en lo que a lucha contra la impunidad se refiere”.

La CIJ instó a los congresistas guatemaltecos a introducir las siguientes reformas a la iniciativa de ley:

  • Limitar la jurisdicción de los tribunales militares a miembros de las fuerzas armadas por delitos de naturaleza estrictamente militar y excluir expresamente del ámbito de competencia de tales tribunales los delitos comunes cometidos por personal militar.
  • Excluir toda posibilidad de que un tribunal militar ejerza jurisdicción sobre un miembro de las fuerzas armadas por hechos que impliquen una violación de derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de Guatemala, los tratados de que es parte y en el ordenamiento jurídico internacional de los derechos humanos. Estos delitos son de competencia exclusiva de la jurisdicción penal ordinaria.
  • Definir claramente los tipos penales que configuran un delito estrictamente militar, con estricto apego al principio de que sólo serán delitos militares aquellos en los que se afecten exclusivamente un bien jurídico militar.
  • Retirar el Artículo 7 de la iniciativa de ley procesal penal, que supondría el traspaso de todos los casos no abiertos a juicio a los tribunales militares, por constituir un mecanismo de impunidad contrario a las obligaciones de Guatemala en materia de derechos humanos.
  • Revisar el proyecto de ley de organización y funcionamiento de la jurisdicción militar, en particular los artículos 11, 14 y 15, que prescriben como requisito indispensable para formar parte de cualquier tribunal militar el ser un oficial en servicio activo puesto que tal requisito comprometería el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente e imparcial.

Guatemala-law military justice-press release-2006 (full text, Spanish)

 

Colombia: Amicus Curiae sobre la ley 975 de 2005 (Ley de Justicia y Paz)

Colombia: Amicus Curiae sobre la ley 975 de 2005 (Ley de Justicia y Paz)

En diciembre de 2005, la CIJ sometió ante la Corte Constitucional un Amicus Curiae en el marco de la demanda de inconstitucionalidad contra la ley 975 de 2005, conocida bajo el nombre de “Ley de Justicia y Paz”.

El 18 de mayo de 2006, la Corte Constitucional confirmó en su fallo que varios artículos de esta ley son contrarios a las obligaciones de Colombia bajo el derecho internacional de los derechos humanos.

Colombia-Justice and Peace Law-legal submission-2006 (full text in Spanish, PDF)

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