La CIJ llamó hoy al Congreso de Guatemala a aprobar, sin demoras ni reservas, el Acuerdo que establece una Comisión Internacional contra la Impunidad en dicho país.
El Acuerdo que establece una Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) debe ser aprobado por el Congreso sin demoras, manifestó hoy la CIJ. El establecimiento de la CICIG, ya retrasado una vez debido a las inconstitucionalidades halladas por la Corte de Constitucionalidad con respecto a su predecesora, la CICIACS, representa una oportunidad histórica para combatir dichos grupos y cumplir con los compromisos adquiridos en los Acuerdos de Paz.
“La existencia de estructuras como las que investigará la CICIG representa un serio obstáculo para el respeto por los derechos humanos y el estado de derecho en Guatemala”, dijo la CIJ. “Frente a la absoluta impunidad con que operan estos grupos, es evidente que la acción de las autoridades guatemaltecas ha sido insuficiente para hacer frente a este grave flagelo; de allí la necesidad de la cooperación internacional”.
Según el Acuerdo suscrito entre Naciones Unidas y el Estado de Guatemala, la CICIG recabará información sobre la existencia y accionar de cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad. La CICIG se constituirá en querellante adhesivo, lo que le permitirá, entre otras cosas, solicitar diligencias procesales y apelar decisiones del Ministerio Público ante el Organismo Judicial. Con presencia internacional, la CICIG tendrá libertad de acceso a todos los lugares, establecimientos e instalaciones del Estado, tanto civiles como militares, observando sólo lo preceptuado por la Constitución de Guatemala. En tal sentido, es de esperarse que el artículo 30 de la Carta Magna, que regula el secreto de Estado y que en ocasiones ha sido utilizado para obstaculizar las investigaciones de violaciones de derechos humanos, sea interpretado acorde con la obligación internacional de combatir la impunidad.
“Entendemos que el Acuerdo sobre CICIG busca subsanar las incompatibilidades encontradas por la Corte de Constitucionalidad en el Acuerdo sobre CICIACS; sin embargo, la Constitución y la legislación nacional no deben ser invocadas para impedir o limitar el accionar de la CICIG”, agregó la CIJ. “El derecho internacional de los derechos humanos garantiza el acceso a la información relativa a graves violaciones de derechos humanos y sólo puede denegarse en casos sumamente excepcionales prescritos por la ley y tras probar que la restricción es necesaria en una sociedad democrática para proteger un interés legítimo; dichas denegaciones deben poder ser apeladas ante un tribunal independiente.”
La CIJ llama al Congreso de Guatemala a ratificar, sin demoras ni reservas, el Acuerdo suscrito entre el Gobierno y Naciones Unidas para el pronto establecimiento de la CICIG como una medida encaminada a combatir la existencia de cuerpos ilegales de seguridad y aparatos clandestinos de seguridad. Asimismo, la CIJ insta al Gobierno de Guatemala a fortalecer al Ministerio Público y al Organismo Judicial con el fin de que se juzgue y castigue a los responsables de los numerosos crímenes cometidos por los grupos investigados.
Guatemala-CICIG commission against impunity-press release-2006 (text, PDF)