La justicia transicional avanza en las Cortes Guatemaltecas

La justicia transicional avanza en las Cortes Guatemaltecas

Indicios de crímenes de lesa humanidad por parte del Ejército de Guatemala en los años 80’s: nota No. 4 de Monitoreo y análisis de hallazgos de la justicia de transición de la CIJ para Centroamérica (enero 2016).

El caso CREOMPAZ inició a partir del hallazgo de 558 osamentas en el lugar donde operó la Zona Militar No. 21, ubicada en el municipio de Cobán, departamento de Alta Verapaz.

El Ejército de Guatemala decidió establecer el Comando Regional de Entrenamiento de Operaciones de Mantenimiento de Paz (CREOMPAZ), precisamente en el lugar en donde operó la Zona Militar No. 21.

El Ejército también inició en dicho centro, el entrenamiento del personal militar que el Estado de Guatemala aporta a la Organización de las Naciones Unidas para las Operaciones de Mantenimiento de Paz.

En su imputación, el Ministerio Público indica que los hechos ocurridos en la zona 21 datan de entre 1981 y 1988.

La Jueza del Juzgado de Primera Instancia Penal de Mayor Riesgo A resaltó que las exhumanciones fueron practicadas por la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG), en virtud de un convenio de cooperación que esta entidad tiene con el Ministerio Público y con el Instituto Nacional de Ciencias Forenses. Estos temas vertidos en su argumentación, le permitieron a la juzgadora desvirtuar uno de los argumentos más remarcados por la defensa de los militares, quienes manifestaron en audiencias y ante los medios de comunicación, que la actuación de la FAFG era ilegal y estaba parcializada; por otro lado, con una breve exposición de argumentos, la jueza dejó claro que los procedimientos implementados por el MP para la investigación son legales y que se realizaron con el debido control jurisdiccional.

Un argumento central en el análisis de la juzgadora es el relacionado con la evidencia presentada por el MP, como por ejemplo álbumes fotográficos de las osamentas, en las cuales se observan cuerpos que aparecen enterrados boca abajo, con vendas en los ojos, manos atadas a la espalda, y lazos sintéticos atando los tobillos.

En palabras de la jueza, estos elementos permiten inferir que las personas encontradas en estas fosas, fueron víctimas de actos de violencia.

Finalmente, la juzgadora otorgó importancia a la existencia de dos declaraciones en calidad de anticipo de prueba por parte de testigos protegidos por el Ministerio Público; identificados en el proceso como Testigo A y Testigo B.

Vale notar en este proceso el trabajo bien fundamentado en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, realizado por la Jueza del Juzgado de Primera Instancia Penal de Mayor Riesgo A, quien analizó en forma metódica los puntos que resumimos a continuación:

a) tomó en cuenta las fuentes del derecho de forma integral, citando la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina e hizo una relación del reconocimiento de las fuentes de derecho internacional como parte del derecho interno, a partir de la Constitución Política de la República de Guatemala;

b) la juzgadora reiteró que la desaparición forzada es un crimen de relevancia internacional, incluido en la categoría de crímenes de lesa humanidad;

c) para fortalecer sus argumentos jurídicos, la jueza citó jurisprudencia emanada del Sistema Interamericano de Derechos Humanos;

d) además, indicó que los delitos que están implicados en este caso constituyen crímenes que ofenden profundamente a la humanidad y que por esta razón han sido catalogados como normas “jus cogens”, que significa de “imperativo cumplimiento”, que son una categoría de normas que al ser violadas, es deber de la humanidad en su conjunto realizar investigaciones exhaustivas, que concluyan con la determinación de responsabilidad de las personas que participaron en la comisión de éstos ilícitos.

Al concluir su análisis sobre la evidencia, la jueza pasó a considerar la posibilidad de la participación de los sindicados en los crímenes que se investigan y para ello citó la teoría de Responsabilidad del Superior Jerárquico que deviene de la aplicación del principio de responsabilidad en el mando o mando responsable.

Los sindicados en este caso ocupaban altos mandos en el Ejército de Guatemala y por su función debían tener conocimiento suficiente para saber que sus subordinados estaban a punto de cometer algunos ilícitos penales, lo estaban cometiendo o lo habían cometido y no tomaron, oportunamente, las medidas necesarias y razonables para prevenir los crímenes, hacerlos cesar o para castigar a sus autores.

Basándose en legislación nacional y doctrina internacional, concluyó oportuno ligar a proceso a los sindicados y resolvió prisión preventiva en contra de 11 de los 14 sindicados, quienes ocuparon altos cargos militares en el ejército; para este grupo la jueza confirió un plazo de tres meses para que el Ministerio Público presente su acto conclusivo (resultados finales de la investigación).

Sobre 3 de los sindicados, decretó falta de mérito (no quedaron ligados a proceso penal), fundamentada en inconsistencias de la imputación. Se indicó que sobre éstos últimos, el Ministerio Público puede enmendar la imputación y presentarla nuevamente.

La CIJ realiza observación de este proceso penal con el apoyo del Programa de Acompañamiento a la Justicia de Transición -PAJUST- del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

Azerbaijan: ICJ welcomes release of human rights lawyer Intigam Aliyev

Azerbaijan: ICJ welcomes release of human rights lawyer Intigam Aliyev

The ICJ welcomes the release of human rights lawyer Intigam Aliyev today after the Supreme Court reduced and suspended his sentence and ordered his immediate release.

Intigam Aliyev, a prominent human rights lawyer and the head of the NGO Legal Education Society, had been convicted on 22 April 2015 of tax avoidance, illegal entrepreneurship and abuse of power and sentenced to seven and a half years of imprisonment by a Baku Court.

A number of credible human rights organizations and international observers who have closely followed the case have stated that they consider the charges he was tried on to have been politically motivated, and that the real reason for his prosecution and conviction was repression by the Government of critical voices in civil society.

In a closed hearing, the Supreme Court reduced his sentence to five years of imprisonment and suspended its execution, after a request to this effect was made by Azerbaijan’s Prosecutor General, Zakir Garalov.

This unusual initiative follows the rejection, on 24 February, by the same Supreme Court of Intigam Aliyev’s complaint against his sentence.

“While the release of Intigam Aliyev is a positive step, the ICJ remains concerned that this decision appears to leave the underlying conviction in place despite credible reports that the charges were politically motivated,” said Massimo Frigo, ICJ Legal Adviser.

“If, as these allegations would suggest, Intigam Aliyev was targeted for his work as a lawyer, this would clearly violate international standards on the independence of lawyers”, said Temur Shakirov, another ICJ Legal Adviser.

Contact

Temur Shakirov, Legal Adviser, Europe Programme, temur.shakirov(a)icj.org

Massimo Frigo, Legal Adviser, Europe Programme, masimo.frigo(a)icj.org

 

Colombia: oportunidades para la paz no deben sacrificar la justicia ni los derechos humanos

Colombia: oportunidades para la paz no deben sacrificar la justicia ni los derechos humanos

Declaración oral ante el Consejo de Derechos Humanos.

“La Comisión Internacional de Juristas quiere referirse al informe del Alto Comisionado sobre Colombia. Pese a los avances en las negociaciones de paz entre el Gobierno y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), creando nuevas instituciones y mecanismos, seguimos preocupados sobre las garantías a los derechos a la justicia y a la verdad de las víctimas y la posibilidad que se consagre la impunidad. Los acuerdos estipulan que las informaciones recabadas por la Comisión de la Verdad y la Unidad Especial de Búsqueda de Personas Desaparecidas, no podrán ser entregadas a la Jurisdicción Especial para la Paz, ni ésta podrá requerirlas. Ello es contrario a los estándares internacionales en la materia y en particular los Principios actualizados para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad.

Asimismo, el llamado procedimiento de “contraste” establecido para la Jurisdicción Especial para la Paz, para aquellos que tempranamente reconozcan sus crímenes y responsabilidad, no garantiza la realización de investigaciones exhaustivas ni tampoco una participación activa de las víctimas en los procedimientos, socavando sus derechos a un recurso efectivo, a la justicia y a la verdad. Igualmente, los lineamientos sobre la aplicación de la Jurisdicción Especial para la Paz a los agentes del Estado, dado a conocer por el Gobierno en diciembre de 2015, estaría socavando el principio de responsabilidad penal del superior jerárquico.

Mi organización ve con profunda preocupación que la cuestión de las garantías de no repetición, esencial para la justicia de transición, no haya sido considerada durante la negociación. Las reformas institucionales relativas a la separación de la Policía Nacional del Ministerio de Defensa, la desmilitarización de los cuerpos de seguridad del Estado, la depuración administrativa de la Fuerza Pública y la revisión de la doctrina militar – típicas medidas de garantías de no repetición –están ausentes en este proceso de negociación.

La Comisión Internacional de Juristas exhorta al Gobierno y a las FARC a garantizar plenamente en el Acuerdo Final, y en la legislación que lo implementará, los derechos a la justicia y a la verdad de las víctimas y a excluir toda modalidad de impunidad, de conformidad con el Derecho internacional.”

Declaración leída por: Sr Carlos López

EU-Turkey deal puts human rights at risk, warns ICJ

EU-Turkey deal puts human rights at risk, warns ICJ

The ICJ today expresses serious concern that the deal concluded on Friday 18 March between the European Union and Turkey on the return of migrants and refugees to Turkey is likely to lead to serious violations of international and EU human rights and refugee law.

“This initiative carries high risks of infringing the right of asylum and the prohibition of non-refoulement, as well as the right to an effective remedy for potential violations of these rights”, said Róisín Pillay, Director of the ICJ Europe Programme.

All EU Member States, including Greece, have obligations to protect these rights under international human rights law, and Member States and EU institutions have similar obligations under the EU Charter of Fundamental Rights.

The agreement seeks to establish swift return from Greece to Turkey of any migrant or asylum seeker attempting to reach Greece who does not apply for international protection there or whose application is deemed unfounded or inadmissible.

In order to facilitate such returns, Turkey may be declared to be a “safe third country” which could allow for the dismissal of asylum requests in Greece based on this element alone, and the rapid return of applicants.

The EU and Turkey, in their joint statement, contend that these operations will not be carried out in violation of international and EU law, including the prohibition of collective expulsions and the principle of non-refoulement, which prohibits return to a country where the returned person faces a real risk of torture or other serious violation of human rights.

It is nevertheless unclear how the system proposed could lead to swift returns, while respecting international human rights and refugee law, the EU Charter of Fundamental Rights and the EU Asylum Procedure Directive, for a number of reasons.

First, the ICJ stresses that Turkey cannot be considered a “safe third country” for the return of migrants and refugees.

Authoritative reports and international jurisprudence on Turkey demonstrate that neither the general human rights situation in Turkey, nor its asylum procedure and reception system are in line with international law, including Turkey’s obligations under the European Convention on Human Rights’ prohibition of inhuman and degrading treatment in article 3 ECHR.

Second, the ICJ affirms that the commitment of Turkey to adapt its asylum system to comply with international law and standards does not in itself allow for returns from EU countries in compliance with the principle of non-refoulement.

International and EU law binding on Greece and other EU Members States requires an assessment of the situation in the country of return at the moment the return is effected to determine whether there is a real risk of violations of human rights.

Therefore, at present, and irrespective of the commitments made on reform, any return to Turkey would be at high risk of infringing the principle of non-refoulement and the returning country’s legal obligations.

Crucially for the prospects of the new system, it is also clear that the Greek asylum system is not in a position to proceed to a swift consideration of asylum applications in compliance with human rights, including procedural guarantees.

“As is clear from ongoing Council of Europe discussions about implementation of European Court decisions against Greece, the Greek asylum procedure cannot yet provide for an effective remedy for cases of arbitrary refoulement. Without respect for such guarantees, many migrants will be left vulnerable,” said Massimo Frigo, Legal adviser at the ICJ.

The ICJ emphasises that, whatever co-operative arrangements are put in place, Greece and Turkey will have responsibility under international human rights and EU law as regards the rights of persons subject either to Greek or Turkish territorial jurisdiction or to Greek or Turkish authority and/or control.

Furthermore, through its direct involvement in and financing of these arrangements, the EU itself may be complicit in any breach of the right of asylum, the prohibition of collective expulsions, the prohibition of non-refoulement or the right to an effective remedy.

The ICJ is further concerned at the “one for one” resettlement mechanism that will be established to settle one Syrian refugee in a EU country for every Syrian returned to Turkey.

It is of serious concern that this mechanism contemplates the return of Syrians to Turkey. Syrians are prima facie entitled to international protection and would likely fall within one of the grounds of international protection of the EU Qualification Directive.

It would therefore be unlawful under EU law to return them to Turkey.

Full text and additional information on the content of the deal available here.

Contact

Róisín Pillay, Director, Europe Programme, roisin.pillay(a)icj.org
Massimo Frigo, Legal adviser, Europe Programme, massimo.frigo(a)icj.org

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