Mar 3, 2016 | Comunicados de prensa, Noticias
La CIJ condena asesinato la defensora de derechos humanos y Coordinadora General del Consejo Indígena de Organizaciones Populares de Honduras (COPINH).
En la madrugada, fue asesinada en su residencia Berta Cáceres por un grupo de sicarios.
La CIJ condena enérgicamente este asesinato, que no solo afecta a su familia, sino también al movimiento de Derechos Humanos en dicho país y al Pueblo Lenca de Honduras.
Además, constituye un ataque contra el movimiento de derechos humanos de toda la región Centroamericana.
Berta Cáceres llevó a cabo una lucha tenaz a favor de la defensa de los recursos naturales del Pueblo Lenca de Honduras.
En reiteradas ocasiones recibió amenazas de muerte, además de sufrir persecución política y órdenes de detención infundadas.
Su lucha, junto con la del COPINH y el pueblo hondureño, fue reconocida con varios premios internacionales.
La CIJ exige de las autoridades hondureñas una pronta investigación, para aclarar los hechos, determinar quienes fueron los autores materiales e intelectuales y llevarlos ante la justicia.
Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centroamérica expresó: “Honduras ha perdido a una valiente y comprometida defensora de derechos humanos; es imprescindible que este crimen no quede en la impunidad. Los sicarios que cometieron el crimen y los autores intelectuales deben ser castigados. Esperamos un mensaje claro por parte del Gobierno y que de inicio de inmediato a las acciones correspondientes”.
Mar 1, 2016 | Artículos, Noticias
En mayo de 2015, la empresa REPSA entregó un oficio en el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales donde acepta su responsabilidad por el desborde de sus lagunas de oxidación artificial que se derramaron sobre las aguas del río La Pasión el 28 de abril de 2015.
Sobre un segundo evento del 6 de junio de 2015 no hubo un reconocimiento de su responsabilidad.
El daño causado al Río la Pasión persiste al día de hoy y ha obligado a varias comunidades que allí habitan a buscar fuentes alternativas de sustento y trabajo.
El 10 de junio de 2015, vecinos del municipio de Sayaxché, en asamblea general integraron la Comisión por la Defensa de la Vida y la Naturaleza, para dar seguimiento por la vía legal a la contaminación del río.
El 11 de junio de 2015 presentaron una denuncia en el Ministerio Público con sede en el Municipio de San Benito, departamento de El Petén y demandaron a la empresa REPSA.
La Jueza Karla Hernández del Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente resolvió investigar y suspender las operaciones de la empresa por un período de seis meses.
La decisión de la Jueza provocó diferentes acciones en su contra.
Entre las acciones más evidentes se cuentan: a) Antejuicio presentado en septiembre de 2016 por abogados vinculados a la empresa REPSA, el cual fue declarado sin lugar por la Corte Suprema de Justicia el 9 de diciembre de 2015; b) Demanda de juicio sumario civil para deducción de responsabilidades civiles por “extralimitación de sus facultades como juez B del Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del Municipio de San Benito, Departamento de El Petén, toda vez que ordenó una medida precautoria que no está contemplada en la ley”; esta denuncia fue aceptada para su trámite por la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones del Departamento de El Petén, Municipio de Poptún el 6 de octubre de 2015 y se encuentra en trámite.
Acerca de estas acciones, la CIJ considera:
- Según los Principios básicos de las Naciones Unidas relativos a la independencia de la judicatura no se efectuarán intromisiones indebidas o injustificadas en el proceso judicial, ni se someterán a revisión las decisiones judiciales de los tribunales, salvo la vía de la revisión judicial por medio de los recursos legales existentes;
- En el presente caso, la decisión de la jueza Hernández fue recurrida conforme los recursos propios del proceso penal (reposición y apelación); sin embargo, mediante otras acciones, se tomaron medidas en contra de la jueza Hernández y no contra la resolución emitida por ella, como debiera ser.
- Estas acciones atentan contra la independencia judicial, en tanto buscan evitar que la Jueza Hernández conozca el caso;
- La Jueza Hernández ha recibido amenazas sin que el Estado de Guatemala le brinde la protección debida;
Ramón Cadena, Director de la Comisión Internacional de Juristas para Centroamérica expresó: “Urgimos a las autoridades del Sistema de Justicia a tomar medidas adecuadas para evitar que las y los jueces independientes, resulten afectados por este tipo de acciones e intimidaciones.”
Feb 29, 2016 | Artículos, Noticias
El día 1 de febrero del presente año, el Juez Tercero de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente desestimó la querella presentada por el Señor Ricardo Méndez Ruiz en febrero de 2015, en contra del Fiscal de Derechos Humanos Licenciado Orlando López.
Dicha querella pretendía afectar la labor que ha venido realizando el Fiscal Orlando López a favor de la lucha contra la impunidad, criminalizándolo y afectando su derecho a la libertad de expresión.
La CIJ celebra dicha resolución que reconoce la función de defensores y defensoras de derechos humanos, operadores de justicia, abogados y abogadas y a la sociedad guatemalteca.
En este caso, el Fiscal de Derechos Humanos tuvo que enfrentar una querella por casi un año.
Recientemente la Corte de Constitucionalidad denegó un Recurso de Amparo presentado por Ricardo Méndez Ruiz en contra del Procurador de los Derechos Humanos, por haber emitido dicho Procurador la resolución en la que declaró “la violación de los derechos a la dignidad, a la integridad, a la seguridad que constituyen una amenaza al derecho a la vida, a la igualdad, la libertad de accion y de asociación de los defensores de Derechos Humanos y los miembros de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos…” y señaló como responsable de dicha violación al señor Ricardo Méndez Ruiz.
Finalmente, el Procurador de Derechos Humanos recomendó a Ricardo Méndez Ruiz “abstenerse de realizar señalamientos para criminalizar la labor de los defensores y defensoras de derechos humanos en Guatemala” y lo invitó a reflexionar sobre el “daño social que representa difundir masivamente el tipo de contenidos analizados” en dicha resolución, por medio de los cuales “no sólo agrede a personas, organizaciones o movimientos, representantes diplomáticos y Misiones Internacionales, sino también fomenta el odio y la confrontación social”.
Ante este amparo, la Corte de Constitucionalidad resolvió que “el acto señalado como objeto de reproche no genera agravio constitucional susceptible de ser reparado en amparo” y que “debe denegarse la protección constitucional solicitada” por Ricardo Méndez Ruiz.
La CIJ hace un nuevo llamado a las autoridades del Estado de Guatemala para que inicie una investigación exhaustiva e imparcial acerca de las actuales campañas contra defensores y defensoras de derechos humanos y que adopte las medidas necesarias de acuerdo a derecho con respecto a dichos actos.
Feb 13, 2016 | Artículos, Multimedia, Noticias
Este caso afecta 14 comunidades que implican aproximadamente 15000 personas
Este caso se inicia a nivel local en el Municipio de Nebaj, con la notificación por parte del Estado (Secretaria de Asuntos Agrarios y FONTIERRA[1]) a las 14 comunidades de la aldea Tzalbal, de que la tierra (33 caballerías) de la aldea Tzalbal[2] en el municipio de Nebaj, ya no era de ellos, ya que pasaron a nombre del Estado cuando ellos estaban refugiados en México o desplazados internos en las montañas en 1984. Este despojo de tierra afectaría a aproximadamente 15000 personas.
Ante esta información, las comunidades pidieron apoyo a la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), para determinar si esto era cierto. La CIJ llevó a cabo un estudio registral que confirmó la información: las tierras habían sido vendidas al Estado por medio de escritura pública firmada por el alcalde de esa época. Sin embargo, dicho acto no había contado con el aval de los “vecinos de Nebaj”. Por esa razón, la CIJ consideró que habían suficientes razones legales, para que la tierra fuese restituida por el Estado a las comunidades.
Reclamo a Nivel local: con el acompañamiento de la CIJ y el esfuerzo de las comunidades, se inicia un diálogo con el actual alcalde Municipal del municipio de Nebaj.[3] El Alcalde decide apoyar a las comunidades. El alcalde municipal y su Consejo Municipal aprueba un acuerdo municipal de restitución de tierras, lo cual fue muy significativo. Sin embargo, el Organismo Ejecutivo a nivel local no permite que la rstitución avance.
Reclamo a nivel Nacional: Con el acuerdo municipal de restitución de la tierra aprobado por el Consejo Municipal de la Alcaldía de Santa María de Nebaj y con el apoyo del Alcalde Municipal de dicho municipio, la CIJ acompaña a las comunidades, brindándoles asesoría legal; se inicia un reclamo administrativo al Estado (Organismo Ejecutivo representado por FONTIERRA y la Secretaría de Asuntos Agrarios), para lograr la restitución de la tierra por la vía administrativa.
Esto permitiría recuperar la tierra a nombre de la Alcaldía Municipal de Nebaj y sus vecinos, por la vía administrativa, sin necesidad de recurrir a la vía judicial por medio del recurso de amparo, que implicaría más tiempo. Se conforma una mesa de diálogo entre dichas instituciones estatales, las comunidades y el Consejo Municipal de Santa María de Nebaj.
A pesar de que el Gobierno de Guatemala, por medio de las dos instituciones estatales mencionadas, se compromete a aprobar un Acuerdo Gubernativo de restitución de tierras, cuyo texto fue aprobado en la mesa de diálogo, el Estado no cumple con su compromiso de aprobar dicho acuerdo y a finales del año 2014 se interrumpe el diálogo y las comunidades, conjuntamente con la CIJ, inician el estudio de la alternativa de acudir a la vía judicial por medio del recurso de amparo, para lograr la restitución de la tierra por la vía judicial.
La oficina de la CIJ en Centroamérica dará apoyo legal a las comunidades, para reclamar por la vía judicial la restitución de la tierra que les fue despojada durante la guerra. La elaboración de dicho reclamo legal, se hará tomando en cuenta que si los tribunales nacionales no aceptan el reclamo judicial, se acudirá al Sistema Interamericano de Derechos Humanos.[4]
Para el efecto, la CIJ organizó una visita a Tzalbal, en la que participó Olivier van Bogaert, Diretor de medios de comunicación de la CIJ en Ginebra, el abogado mexicano José Guevara, Director Ejecutivo de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y el Director de la CIJ para Centroamérica.
La Asamblea Comunitaria contó con la participación del señor Alcalde Municipal Pedro Raymundo Cobo.
Esta visita se llevó a cabo el 29 de septiembre de 2015. También participó la abogada guatemalteca Martha García, quien llevó a cabo el estudio registral sobre la tierra de Tzalbal.
El Director de Medios y comunicación de la CIJ pudo llevar a cabo varias entrevistas y realizó un video acerca de este caso.
Actualmente, se está preparando el recurso de amparo, para lograr la restitución de la tierra por la vía judicial.
[1]Fondo Nacional de Tierras y la Secretaría de Asuntos Agrarios fueron creados a raíz de los acuerdos de paz, para resolver la conflictividad agraria. Sin embargo, se han apartado de sus objetivos originales y muchas veces presionan a las comunidades para resolver la conflictividad agraria por medio de engaños y represión.
[2] Tzalbal fue uno de los centros de operación del Plan Sofía en 1982. Arrasada por el Ejército en los años ochentas. En la región se sufrió el Genocidio Ixil. Las masacres se iniciaron en 1981 y tuvieron que desplazarse internamente o buscar refugio en México.
[3] Nebaj es un municipio al occidente del país, compuesto principalmente por población maya-Ixil. Sufrieron durante la guerra el genocidio Ixil y parte de sus tierras están registradas en forma comunitaria como Éjido Municipal de Nebaj, propiedad de la Municipalidad y vecinos.
[4] Es importante hacer ver que existen dos casos similares (Aguas Tingny vrs. Nicaragua y Yake Axa vrs. Paraguay), en el cual la Corte Interamericana falló a favor de las comunidades, quienes habían sido despojadas de la tierra.
Caso Nebaj en video:
Jan 29, 2016 | Comunicados de prensa, Noticias
La CIJ expresa su preocupación frente a una nueva denuncia abusiva de la Fundación contra el Terrorismo, esta vez contra el Director de la CIJ para Centroamérica y un consultor que contribuye con el Bufete de Derechos Humanos, y contra el Director de Centro de Acción Legal, Ambiental y Social.
Esta denuncia se suma a otras en contra de abogados y abogadas de Guatemala. A través de querellas y acusaciones falsas, esta Fundación pretende afectar la función que estos profesionales cumplen como defensores de los derechos humanos.
Estas denuncias falsas son parte de una campaña iniciada hace más de un año y que ha querido afectar a más de cien personas, a quienes la Fundación contra el Terrorismo ha calificado como terroristas y guerrilleros (as), sin aportar pruebas.
Efectivamente se han presentado denuncias contra funcionarios y ex funcionarios del Ministerio Público, como la ex Fiscal General Claudia Paz y Paz y la actual Fiscal General Thelma Aldana, el Fiscal de Derechos Humanos o en contra de jueces y juezas del Organismo Judicial que ejercen su función en forma independiente, promoviendo un discurso de odio en contra de estas personas que actúan como defensores y defensoras de derechos humanos.
Ante esto hechos, la CIJ demanda:
- Que el Estado de Guatemala, por medio de las autoridades correspondientes, inicie una investigación exhaustiva e imparcial acerca de las actividades que realiza la Fundación contra el Terrorismo sobre todo, que investigue el origen de aquellas actividades que dirige en contra de defensores y defensoras de Derechos Humanos;
- Que el Estado de Guatemala, por medio de las autoridades correspondientes, brinde la protección debida a defensores y defensoras de derechos humanos;
- Que una vez finalizada la investigación el Estado de Guatemala, a través de las autoridades y mecanismos correspondientes, adopte las medidas necesarias de acuerdo a derecho con respecto a la Fundación contra el Terrorismo y su Director, por llevar a cabo campañas de odio en contra de defensores y defensoras de derechos humanos.