Aug 28, 2017 | Comunicados de prensa, Noticias
La CIJ dice que la declaración de Iván Velásquez como persona no grata es un fraude de ley y sin efecto legal.
La CIJ a la comunidad nacional e internacional expresa:
- Que la decisión del Presidente Morales de declarar “non grato” y de expulsar del país a Comisionado Iván Velásquez (foto), es nula “de pleno derecho” y no nació a la vida jurídica por las siguientes razones:
- Fue emitida de “mala fe” por el Presidente Morales, ya que el verdadero objetivo de la misma es obstruir a la justicia y proteger a él y a su familia; en tal sentido viola la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (artículo 26), ratificada por el Estado de Guatemala;
- Por tal razón, se trata de un acto contrario al Derecho internacional de los Derechos Humanos, que también viola el artículo 149 de la Constitución Política de la República de Guatemala;
- Nuevamente se configura el “fraude de ley“, de conformidad con el artículo 4. segundo párrafo, de la Ley del Organismo Judicial (Dto. 2-89 del Congreso de la República), ya que de conformidad con dicho artículo “los actos realizados al amparo del texto de una norma, que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se consideran ejecutadas en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir”;
- El Presidente Morales resolvió declarar non grato al Comisionado Velásquez para obstruir la justicia y provocar más impunidad; es importante recordar que la lucha contra la impunidad constituye una norma imperativa delDerecho internacional, de carácter obligatorio y que no admite derogación alguna;
- El acto unilateral del Presidente Morales atenta contra la Independencia Judicial. En menos de dos meses, es la segunda vez que el Presidente Morales comete este tipo de hecho antijurídico, ya que con anterioridad, trató de influir ilegalmente en los magistrados de la Corte Suprema de Justicia;
- Según el artículo 4. primer párrafo de la Ley del Organismo Judicial citada, “los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas expresas, son nulos de pleno derecho”.
- Por todo ello, la CIJ pide al Ministerio Público abrir un expediente en contra del Presidente Morales y hacer todo lo que esté a su alcance, para que se deduzcan las responsabilidades penales y civiles a que da lugar, la conducta ilegal del Presidente de la República.
- La CIJ apoya y valora altamente la gestión del Comisionado de la CICIG Iván Velásquez
Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centroamérica expresó:
“La decisión del Presidente Jimmy Morales es inaceptable y su actitud de no cumplir con la resolución que otorga amparo provisional de la Corte de Constitucionalidad debe ser acatada por él en forma inmediata. De lo contrario, estará incurriendo en otro delito.”
Jul 19, 2017 | Noticias
El 28 de marzo, el defensor de derechos humanos de la comunidad La Mestiza, don Jovel Tobar, fue detenido por efectivos de la Policía Nacional Civil.
Desde entonces, permanece detenido; el proceso lo instruye la Jueza Karla Hernández del Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, por el presunto delito de Usurpación de Área Protegida.
El proceso penal contra Jovel Tobar y su detención, se dan como respuesta por sus actividades como defensor de derechos humanos.
En particular, la detención de Jovel Tobar se da cuando la comunidad de La Mestiza, junto a otras comunidades, habían logrado avanzar en el establecimiento de una mesa de diálogo de alto nivel con las autoridades guatemaltecas, para discutir su “Propuesta Alternativa de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comunidades afectadas por la declaratoria de Áreas Protegidas de Laguna del Tigre y Sierra Lacandón”.
Desde el inicio, el proceso penal fue declarado en reserva, denegándole a Jovel Tobar su derecho a un juicio público, en violación a los artículos 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La CIJ considera que el proceso penal contra Jovel Tobar constituye una forma de criminalización de la legítima protesta social y del ejercicio de la defensa de los derechos humanos y que su detención es arbitraria.
La CIJ recuerda que la justicia debe ser administrada por jueces independientes, imparciales, idóneos, profesionales y éticos, ya que de ello depende, en última instancia, que exista una recta administración de justicia, garante de los derechos humanos.
Asimismo, fiscales y jueces deben abstenerse de perseguir penalmente y criminalizar el ejercio legítimo de la defensa de los derechos humanos.
La CIJ ha podido constatar que en los casos de persecución penal de defensores de derechos humanos, fiscales y jueces han criminalizado el ejercicio de la defensa de los derechos humanos.
En tal sentido, la CIJ exige que los órganos encargados de establecer la responsabilidad de jueces y juezas, inicien una investigación en este caso, para determinar si la función de la Jueza del Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, se ha llevado a cabo en forma independiente e imparcial.
Dicha investigación debería cuando menos determinar: a) si existían argumentos objetivos y válidos para declarar el proceso bajo reserva; b) si se ha respetado el principio de celeridad en el proceso; c) las razones por las cuáles no se otorgó una medida sustitutiva a favor de Jovel Tobar; y d) cualquier otro aspecto, que se relacione con la falta de independencia o con la parcialidad de la jueza mencionada.
Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centro América finalizó expresando: “Todo parece indicar que al señor Tobar se le persigue por la vía del Derecho Penal, para dar un castigo ejemplar a toda la comunidad La Mestiza e intimidar a sus pobladores. Ojalá que la Comisión Internacional contra la Impunidad (CICIG) inicie una investigación en el departamento de El Petén por este y otros casos de criminalización. Exigimos la inmediata e incondicional liberación del Señor Jovel Tobar y el archivo de la causa penal en su contra.”
Jun 5, 2017 | Noticias
La CIJ espresa su más honda preocupación por los desalojos forzosos de las comunidasdes de Laguna Larga y la Mestiza, del Departamento de El Petén.
El pasado viernes 2 de junio, el Gobierno de Guatemala llevó a cabo un operativo militar en el Departamento de El Petén de desalojo forzoso de la comunidad Laguna Larga, situada en Laguna del Tigre en el municipio de San Andres, y tiene programado llevar a cabo otro de la comunidad La Mestiza, del mismo municipio, para el 14 de junio.
Como consecuencia de este operativo militar, la comunidad de Laguna Larga – alrededor de 600 o 700 personas, incluidos niños, mujeres y ancianos- decidió desplazarse en condiciones deplorables hacia territorio mexicano, en búsqueda de refugio y protección.
El sábado 3 de junio los miembros de la comunidad de Laguna Larga cruzaron la frontera y se encuentran actualmente en el municipio de La Candelaria, Campeche, México, en condiciones sumamente adversas. Varios niños y niñas muestran signos de enfermedades respiratorias.
Preocupa particularmente a la CIJ la situación física y mental de un niño que fuera perseguido por las fuerzas militares, durante el operativo de desalojo.
En repetidas ocasiones, la CIJ ha expresado que las comunidades que viven en los municipios de San Andrés y La Libertad en el departamento de El Petén, siguen enfrentando la exclusión sistemática por parte de las instituciones del Estado, así como violaciones graves a los derechos humanos, en particular violaciones a los derechos económicos, sociales y culturales.
Por el hecho de vivir en una zona protegida de conformidad con la Ley de Áreas Protegidas, el Estado guatemalteco considera a estas poblaciones como “ilegales” y las acusa de cometer el delito de “usurpación” de áreas protegidas, prohibiendo el ingreso de materiales de construcción, herramientas o cualquier bien que pueda garantizar o significar la más mínima “permanencia” en dichas comunidades o en la zona.
Recientemente fue detenido arbitrariamente el señor Jovel Tovar, acusado del delito de usurpación de áreas protegidas, quien se encuentra detenido en la cárcel de San Benito, en el Departamento de El Petén.
Paradójicamente, el Estado guatemalteco permite y facilita la explotación petrolera en dicha zona, de la compañía PERENCO, a pesar de que los derrames petroleros y otras actividades relacionadas con esa actividad, producen un serio deterioro a las reservas de agua dulce, las cuales son las más importantes de Mesoamérica.
La CIJ considera que esta política afecta seriamente los derechos de la población asentada en la zona.
En repetidas ocasiones, la CIJ ha podido observar que el Ejército de Guatemala, conjuntamente con la Comisión Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), implementa operativos por medio de los cuales se lleva a cabo un acoso permanente a las comunidades que viven en las zonas protegidas.
La presencia del Ejército de Guatemala en la zona y la existencia de diferentes “retenes” militares son parte de la estrategia de acoso permanente a las poblaciones asentadas en la región, las cuales llegaron allí en el marco de un programa estatal en los años setenta, antes de la declaración de zona protegida.
Según la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado se organiza para proteger a la persona y no para perseguirla.
El acoso permanente a las comunidades, así como las políticas de Estado contra las personas que viven en las zonas protegidas, estableciendo “cercos de presión psicológica, material y militar”, constituye una política de Estado que contradice la Constitución Política de Guatemala, así como convenios y tratados en materia de derechos humanos – especialmente el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) de las Naciones Unidas-, que imponen la obligación al Estado de garantizar los derechos económicos, sociales y culturales y que toda persona disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centro América expresó: “Esta política del Estado de Guatemala de desalojar a las comunidades de cualquier región del país en forma violenta, contraviene el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y los estándares internacionales y el Estado de Guatemala debe ser declarado responsable y reparar los daños y perjuicios causados.”
Para mayor información:
Ramón Cadena, director CIJ C.A. al correo ramon.cadena(a)icj.org o a los telefonos +502 23601919; +502 23610538.
Leer más aqui:
Guatemala-Desalojo Peten-News-2017-SPA (en PDF)
Feb 20, 2017 | Artículos, Noticias
El Comisionado de la CIJ Belisário Dos Santos Júnior y el abogado Jaime Araújo Rentería llevarán a cabo la misíon.
A partir del día de hoy lunes 20 de febrero 2017, el Comisionado de la CIJ Belisário Dos Santos Júnior (foto), Jurista de Brasil y quien ha sido abogado defensor de detenidos políticos y ex representante del gremio de abogados de Brasil ante la Comisión de Derechos Humanos de Sao Paulo y el abogado Jaime Araújo Rentería, ex Presidente de la Corte Constitucional de Colombia, abogado litigante y profesor universitario, llevarán a cabo una misión en Guatemala, con el propósito de evaluar la situación del ejercicio de la abogacía en el país, determinar los obstáculos que se presentan para el ejercicio de la profesión de abogado y los retos y perspectivas para que el Estado brinde una mayor protección a abogados y abogadas en el ejercicio de su profesión y que puedan desempeñarse en forma independiente y segura.
Los dos juristas permanecerán en el país toda la semana y se entrevistarán con el Presidente del Colegio de Abogados, con su JuntaDirectiva, con abogados y abogadas defensores de derechos humanos, con funcionarios de los tres poderes del Estado al más alto nivel, con miembros de la Comunidad Internacional y con representantes de organizaciones de derechos humanos.
Al terminar su misión, el viernes 24 de febrero del presente año, ofrecerán una conferencia de prensa, para presentar sus conclusiones y recomendaciones a la prensa y al público en general.