Guatemala: CIJ presenta análisis de “secreto de estado” en proceso por genocidio

Aug 13, 2007 | Incidencia

La CIJ presentó ante la Corte de Constitucionalidad su análisis del “secreto de Estado” bajo el derecho internacional de los derechos humanos, con especial atención en la obligación de erradicar la impunidad por crímenes internacionales.

El documento se presentó en el marco del proceso por genocidio que se está siguiendo contra el antiguo Presidente de facto Efraín Ríos Montt por genocidio.

Conclusiones:

En orden a las anteriores consideraciones, la Comisión Internacional de Juristas
formula las siguientes conclusiones:
  • Como crimen internacional iuris gentium, el genocidio conlleva para los Estados la obligación absoluta de llevar a cabo investigaciones exhaustivas tendientes a esclarecer los hechos, identificar a los responsables y llevar a éstos ante los tribunales de justicia para que sean juzgados y castigados. Tal obligación, impuesta por el derecho internacional consuetudinario, no admite que se oponga una disposición de derecho interno de los Estados, como por ejemplo las amnistías, la prescripción u otras tendientes a evitar que se investiguen los hechos y se juzgue a los responsables.
  • El derecho internacional reconoce el derecho de los individuos a recibir información, en especial aquella relativa a actos de la administración pública. Si bien el derecho al acceso a la información no es absoluto, toda restricción que se le imponga debe estar claramente fijado por la ley y responder a una situación excepcional; esto es, la restricción debe estar destinada a proteger un objetivo legítimo y ser necesaria para una sociedad democrática. Por lo demás, la carga de la prueba en casos de negación recae sobre al Estado, y debe estar sometida a revisión  judicial independiente.
  • Los Estados tienen el deber de combatir la impunidad y, en consecuencia, te remover todos los obstáculos que puedan impedir o demorar injustificadamente la investigación y sanción efectiva de los responsables por graves violaciones de derechos humanos y crímenes bajo el derecho internacional, como el genocidio.
  • No puede invocarse el “secreto de Estado“ para negar información relativa a graves violaciones de derechos humanos y crímenes bajo el derecho internacional, a fortiori cuando tal información es requerida por una autoridad judicial o fiscal. La ausencia de regulación legal específica relativa al acceso a la información en poder del Estado no puede invocarse ni exonera al Estado de su obligación de investigar y juzgar los responsables de graves violaciones de derechos humanos y crímenes bajo el derecho internacional.
  • En el cumplimiento de su obligación de investigar y sancionar a los responsables de genocidio, los Estados no pueden oponer el “secreto de Estado“ como justificación para evitar que avancen los procesos judiciales contra los presuntos responsables de dicho delito internacional. De hacerlo, un Estado vería comprometida su responsabilidad internacional.

Guatemala-state secrets genocide-legal submission-2007.spa (full text in Spanish, PDF)

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