Guatemala: Juez Tercero de Primera Instancia Penal reconoce la legítima labor de defensa de los derechos humanos

Feb 29, 2016 | News

El día 1 de febrero del presente año, el Juez Tercero de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente desestimó la querella presentada por el Señor Ricardo Méndez Ruiz en febrero de 2015, en contra del Fiscal de Derechos Humanos Licenciado Orlando López.

Dicha querella pretendía afectar la labor que ha venido realizando el Fiscal Orlando López a favor de la lucha contra la impunidad, criminalizándolo y afectando su derecho a la libertad de expresión.

La CIJ celebra dicha resolución que reconoce la función de defensores y defensoras de derechos humanos, operadores de justicia, abogados y abogadas y a la sociedad guatemalteca.

En este caso, el Fiscal de Derechos Humanos tuvo que enfrentar una querella por casi un año.

Recientemente la Corte de Constitucionalidad denegó un Recurso de Amparo presentado por Ricardo Méndez Ruiz en contra del Procurador de los Derechos Humanos, por haber emitido dicho Procurador la resolución en la que declaró “la violación de los derechos a la dignidad, a la integridad, a la seguridad que constituyen una amenaza al derecho a la vida, a la igualdad, la libertad de accion y de asociación de los defensores de Derechos Humanos y los miembros de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos…” y señaló como responsable de dicha violación al señor Ricardo Méndez Ruiz.

Finalmente, el Procurador de Derechos Humanos recomendó a Ricardo Méndez Ruiz “abstenerse de realizar señalamientos para criminalizar la labor de los defensores y defensoras de derechos humanos en Guatemala” y lo invitó a reflexionar sobre el “daño social que representa difundir masivamente el tipo de contenidos analizados” en dicha resolución, por medio de los cuales “no sólo agrede a personas, organizaciones o movimientos, representantes diplomáticos y Misiones Internacionales, sino también fomenta el odio y la confrontación social”.

Ante este amparo, la Corte de Constitucionalidad resolvió que “el acto señalado como objeto de reproche no genera agravio constitucional susceptible de ser reparado en amparo” y que “debe denegarse la protección constitucional solicitada” por Ricardo Méndez Ruiz.

La CIJ hace un nuevo llamado a las autoridades del Estado de Guatemala para que inicie una investigación exhaustiva e imparcial acerca de las actuales campañas contra defensores y defensoras de derechos humanos y que adopte las medidas necesarias de acuerdo a derecho con respecto a dichos actos.

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