Mar 5, 2021 | Editorial, Noticias
En esta columna de opinión, el Comisionado de la CIJ, Rodrigo Uprimny, discute si las patentes de las vacunas COVID-19, que favorecen los intereses de propiedad intelectual de los productos farmacéuticos, tienen un costo inaceptable para proteger la vida y la salud de millones de personas. El Comisionado Uprimny también es Investigador en Dejusticia y miembro del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales..
Esta columna se publicó por primera vez en El Espectador, el 27 de febrero de 2021.
¿Por qué, me preguntaron en una conversación informal, tenemos que esperar todo este tiempo a que nos lleguen las vacunas contra COVID-19, mientras que la economía sigue mal y muere tanta gente, si ya hay muchas vacunas seguras y efectivas? ¿Es que acaso nosotros no podemos producirlas?
La respuesta a esta sencilla pero esencial pregunta es que el problema no es técnico sino político.
Tal vez Colombia no pueda técnicamente producir algunas de esas vacunas, como las basadas en el ARN mensajero, pero muchos otros países podrían hacerlo, incluso varios del Sur global, como India, Argentina o Brasil. Como lo ha mostrado Médicos sin Fronteras, no hay un obstáculo técnico a que una producción masiva mundial permita en pocos meses tener vacunas suficientes para todos los 7.800 millones de seres humanos.
El obstáculo es jurídico y político. Es la propiedad intelectual que prevé patentes para las farmacéuticas que crearon esas vacunas, que es un monopolio temporal, en general de 20 años, conforme al cual nadie puede producir esas vacunas, en ese período, sin su permiso. Y por eso esas empresas pueden también imponer precios y condiciones.
Las patentes son defendidas por los países ricos, que es en donde están domiciliadas muchas de esas farmacéuticas. El argumento es que sin patentes no habría innovación pues las empresas no tendrían incentivos para investigar y lograr nuevos productos.
No voy a controvertir acá esa defensa de la propiedad intelectual, que es muy discutible, sino que planteo esta pregunta: incluso si las patentes fueran buenas y ayudaran a la innovación, ¿es justo que hoy se mantengan intactas frente a COVID-19 si eso impide el acceso rápido a vacunas en todo el planeta?
La respuesta es negativa pues no sólo condenamos a morir a millones de personas, sino que además el riesgo epidemiológico es altísimo. Cada contagio es un riesgo de una nueva mutación del coronavirus. Nada excluye entonces que lleguemos a variantes que escapen a las vacunas actuales. O que surja y se extienda alguna variante letal para los niños, que por ahora han logrado escapar al efecto devastador de la pandemia.
Por eso, sin cuestionar la propiedad intelectual como tal, Sudáfrica y la India propusieron ante la Organización Mundial del Comercio, que es el foro internacional sobre estos temas, una exención temporal (o “waiver”) frente a las patentes de vacunas y tratamientos para COVID-19, al menos mientras se controla la pandemia. Podría incluso preverse alguna compensación justa a las empresas que descubrieron las vacunas, descontando obviamente el inmenso apoyo financiero que recibieron de dineros públicos.
Esta exención temporal es imprescindible pues las flexibilidades hoy previstas frente a las patentes, como las licencias obligatorias, son demasiado rígidas y limitadas para enfrentar esta crisis. Sólo el waiver permitirá que empresas y Estados con las capacidades técnicas suficientes se pongan a producir masivamente las vacunas necesarias, sin temer sanciones drásticas por violar patentes.
Esa propuesta enfrenta la resistencia de ciertos países del norte, pero ha recibido un apoyo creciente de muchos Estados y organizaciones científicas y humanitarias. Sin embargo, el gobierno Duque se ha abstenido de apoyarla con el vergonzoso argumento de que necesita más evidencia. ¿Más evidencia de qué? ¿No es obvio que hoy no hay suficientes vacunas pudiendo técnicamente haberlas y que las que hay están yendo sobre todo a los países ricos? ¿Y que eso se debe en gran parte a las patentes sobre las vacunas, que lejos de ser un premio justo a la innovación parecen hoy más patentes de corso a favor de las farmacéuticas, por la muerte que están provocando en el mundo?
Download the Op-Ed in English and Spanish.
ICJ Statements on Vaccine Access:
Global: “ICJ calls on States to ensure human rights compliant access to COVID-19 vaccines (UN Statement)”: (1 March 2021) https://www.icj.org/icjhrcgd2covid19/
Global: “ICJ urges the UN Committee on Economic, Social and Cultural Rights to call on States to comply with their obligations to ensure equitable access to vaccines for all” (15 Feb 2021): https://www.icj.org/icj-urges-the-un-committee-on-economic-social-and-cultural-rights-to-call-on-states-to-comply-with-their-obligations-to-ensure-equitable-access-to-vaccines-for-all/
Peru: “The COVID-19 vaccine demands international and national solidarity” (23 Feb 2021): https://www.icj.org/the-covid-19-vaccine-demands-international-and-national-solidarity/
Africa: “The ICJ recommends that the African Union acknowledge COVID-19 vaccines are a “public good” (4 Feb 2021): https://www.icj.org/the-icj-recommends-that-the-african-union-acknowledge-covid-19-vaccines-are-a-public-good/
Zimbabwe: “The ICJ and ZimRights ask for urgent intervention on access to COVID-19 vaccines from African Commission Mechanism” (19 Feb 2021): The ICJ and ZimRights ask for urgent intervention on access to COVID-19 vaccines from African Commission Mechanism
Further reading:
UN Special Procedures: “COVID-19: UN experts urge WTO cooperation on vaccines to protect global public health” (1 March 2021): https://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=26817&LangID=E
UN Special Procedures: “Statement by UN Human Rights Experts Universal access to vaccines is essential for prevention and containment of COVID-19 around the world” (9 Nov 2020): https://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=26484&LangID=E
UN CESCR Committee: “Statement on universal and equitable access to vaccines for the coronavirus disease (COVID-19)” (27 Nov 2020) https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E/C.12/2020/2&Lang=en
IACHR and its SRESCER: “IACHR and its SRESCER Call on American States to Make Public Health and Human Rights the Focus of All their Decisions and Policies Concerning the COVID-19 Vaccine” (5 Feb 2021): http://www.oas.org/en/IACHR/jsForm/?File=/en/iachr/media_center/PReleases/2021/027.asp
Sep 30, 2020 | Noticias
Venezuela está sufriendo una crisis humanitaria y de derechos humanos sin precedentes que se ha profundizado debido a la negligencia del gobierno autoritario y la ruptura del estado de derecho en el país.
La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) ha estimado que alrededor de 5.2 millones de venezolanos han dejado el país, llegando la mayoría como refugiados e inmigrantes a países vecinos.
En 2018, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) calificó esta situación de los derechos humanos como “una espiral descendente que no parece tener fin“.
La situación del derecho a la salud en Venezuela y su sistema de salud pública mostraron problemas estructurales antes de la pandemia, y la Alta Comisionada la describió como una “dramática crisis sanitaria y (…) un completo colapso del sistema de atención sanitaria”.
Recientemente, la ACNUDH presentó un informe al Consejo de Derechos Humanos que mencionó, entre otras cuestiones, los ataques a los derechos de los pueblos indígenas en el Arco Minero del Orinoco (AMO).
Los derechos de los pueblos indígenas y los proyectos mineros en el AMO antes de la pandemia de la COVID-19
Los pueblos indígenas han sido tradicionalmente olvidados por las autoridades gubernamentales venezolanas y condenados a vivir en la pobreza.
Durante la crisis humanitaria han sufrido nuevos abusos debido a la actividad minera y a la violencia que ocurre en sus territorios.
En 2016, el gobierno venezolano creó la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional del Arco Minero del Orinoco a través del Decreto presidencial No. 2248, como un proyecto de megaminería enfocado, principalmente, en la extracción de oro en un área de 111.843.700 kilómetros cuadrados.
El AMO se ubica al sur del río Orinoco en los territorios amazónicos de Venezuela y abarca tres estados: Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro. Es el hábitat de varios grupos étnicos indígenas a los que no se les consultó de manera adecuada antes de la implementación del proyecto.
El derecho a la tierra de los pueblos indígenas está reconocido en la Constitución de Venezuela. Sin embargo, como reportó la ONG Programa Venezolano de Educación- Acción en Derechos Humanos (PROVEA), las autoridades no han mostrado avances en la demarcación y protección de los territorios indígenas desde 2016.
Varias organizaciones indígenas y otros movimientos sociales han expresado su preocupación y rechazo al proyecto del AMO.
La implementación de este proyecto ha impactado de manera negativa los derechos de los pueblos indígenas a la vida, la salud y un medio ambiente seguro, saludable y sostenible.
Human Rights Watch, Business and Human Rights Resource Center, organizaciones no gubernamentales locales, movimientos sociales y la ACNUDH, han documentado la destrucción de la tierra y la contaminación de los ríos debido a la deforestación y la actividad minera, que también está contribuyendo al aumento del paludismo y otras enfermedades.
Las mujeres y los niños indígenas están entre los más afectados. La Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha reportado que “[l]os pueblos indígenas que viven en la zona fronteriza de Venezuela son sumamente vulnerables a las enfermedades epidémicas”, y ha planteado una preocupación especial sobre el pueblo Warao (que vive en la frontera entre Venezuela y Guyana), y el pueblo Yanomami (que vive en la frontera entre Venezuela y Brasil).
Las mujeres y los niños también corren grandes riesgos de explotación sexual, laboral y violencia de género en el contexto de las actividades mineras. El reciente informe de la Alta Comisionada menciona que desde 2016 hay un fuerte incremento “en prostitución, explotación sexual y tráfico en áreas mineras, incluyendo a niñas adolescentes”.
La Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas (OCHA) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) han determinado una tendencia entre los adolescentes a abandonar la escuela, en particular entre los 13 y los 17 años. Los adolescentes indígenas se ven gravemente afectados, ya que muchos niños se van a trabajar en las minas.
La violencia y la delincuencia también han aumentado en el AMO. Organizaciones criminales y grupos guerrilleros y paramilitares están presentes en la zona, y el gobierno venezolano ha ampliado su presencia militar.
Los dirigentes indígenas y los defensores de derechos humanos han sido objeto de ataques y amenazas; además, persisten las denuncias de casos de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales y arbitrarias.
Situación actual de la pandemia de COVID-19
La pandemia por COVID-19 y la falta de una respuesta adecuada han agravado la situación.
El Gobierno declaró el estado de emergencia (estado de alarma) el 13 de marzo y estableció un confinamiento obligatorio y medidas de distanciamiento social. Sin embargo, las actividades mineras han continuado sin protocolos sanitarios adecuados para prevenir la propagación de la pandemia.
El estado Bolívar, el más grande del país y que está ubicado en el Arco Minero del Orinoco, tiene entre el mayor número de casos confirmados de COVID-19 que incluye a miembros de pueblos indígenas.
La respuesta de las autoridades venezolanas a la pandemia en estos territorios no ha considerado medidas culturalmente apropiadas para las poblaciones indígenas.
Adicionalmente, aunque las autoridades establecieron un grupo de hospitales e instalaciones médicas llamados “hospitales centinela” para atender a personas con síntomas de COVID-19, estos se encuentran en las ciudades y las comunidades indígenas viven lejos de ellas.
Además, la falta de gasolina en el país agrava los obstáculos para trasladarse fácilmente a estos centros.
Las organizaciones de la sociedad civil y los líderes indígenas se quejan de la falta de pruebas de COVID-19 y de la manipulación de los datos que dan cuenta de cuál es la situación real de la pandemia.
Además, la ACNUDH reportó la detención arbitraria de por lo menos tres profesionales de la salud por denunciar la falta de equipo básico y por proporcionar información sobre la situación de COVID-19, y destacó que hay “restricciones al espacio cívico y democrático, incluso bajo el “estado de alarma” decretado en respuesta a la pandemia COVID-19″.
Para leer el artículo completo: Venezuela-COVID19 indigenous-News Feature articles-2020-SPA
Sep 8, 2020 | Noticias
Jueces de seis países latinoamericanos constataron que existían serios obstáculos, pero también posibilidades de justicia, que enfrentan los poderes judiciales de la región en su trabajo de protección de los derechos humanos de quienes han sido afectados negativamente por la actividad de las entidades empresariales.
Los jueces debatieron en el contexto del Diálogo Judicial Regional sobre Empresas y Derechos Humanos organizado por la CIJ el 7 de septiembre.
El Diálogo, moderado por la profesora Mónica Pinto, comisionada de la CIJ, reunió a 17 jueces de Centro y Sudamérica para considerar el papel de los jueces en la garantía del derecho de acceso a la justicia y reparación. Los jueces también consideraron la necesidad de garantizar la independencia del poder judicial y la seguridad de los jueces, abogados y defensores de derechos humanos en el contexto de las actividades empresariales en la región.
La sesión contó con presentaciones de un miembro del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos y de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. El Diálogo se desarrolló en el marco del V Foro Regional de Empresas y Derechos Humanos para América Latina y el Caribe que tuvo ligar entre el 7 y 11 de Setiembre 2020 de forma virtual.
En el debate sobre el acceso a la justicia y la reparación, los jueces compartieron experiencias y jurisprudencia en casos relacionados con delitos graves, incluidos los de lesa humanidad, cometidos durante el régimen militar argentino, así como casos de corrupción y malversación graves en Guatemala.
En Argentina, en un caso relativo al secuestro y tortura en 1976 de 24 trabajadores empleados por la rama local de la empresa Ford Motor en su fábrica de Buenos Aires durante la dictadura militar de 1976-83, un Tribunal Federal de Primera Instancia oral en lo penal condenó a tres personas, un ex militar y dos ex ejecutivos de Ford a prisión de entre 10 y 12 años, por su participación cómplice en los delitos.
Ex ejecutivos de Ford fueron acusados de brindar información detallada y apoyo logístico a agentes de seguridad que derivaron en el secuestro y tortura de las víctimas, y también permitieron que se instalara un centro de detención dentro de las instalaciones de dicha fábrica. Los tres magistrados del Tribunal en este caso asistieron a la reunión para compartir las lecciones aprendidas y reflexiones sobre la trascendencia del proceso penal en el contexto de los esfuerzos por hacer justicia y reparar los crímenes del pasado.
El proceso y la sentencia definitiva es un hito en la lucha contra la impunidad en Argentina y un mensaje importante a todos para que estos crímenes no se vuelvan a cometer. El caso esclareció las formas en que los particulares (ex ejecutivos de la empresa) participaron en la comisión de los delitos por parte de agentes del Estado (militares y agentes de seguridad), profundizando en las modalidades de atribución de los hechos a los autores accesorios.
También fue una innovación en la forma en que recopiló y evaluó el valor probatorio de las pruebas disponibles de los delitos cometidos hace más de 30 años para que aún pudieran atribuirse a los perpetradores.
La reparación ordenada por el Tribunal en este caso fue “simbólica e histórica”, consistente en el reconocimiento de los hechos por parte del Estado y de los actores privados. Las víctimas pueden exigir ahora otras formas de reparación al Estado, pero no a las personas. La empresa como tal no formó parte del proceso penal ni fue sancionada en sentencia firme, ya que la ley argentina no acepta la responsabilidad penal de las personas jurídicas como las corporaciones.
Un juez participante de un Tribunal de Alto Riesgo en Guatemala compartió un caso sobre delitos económicos de corrupción, fraude, asociación ilícita y lavado de activos en una ciudad provincial de Guatemala. Aquí, la experiencia y los resultados fueron algo diferentes. El caso involucró al alcalde de la ciudad y varios de sus familiares, así como a unas 20 empresas de las cuales casi 20 personas y siete empresas recibieron sanciones en la sentencia final.
El caso es de especial importancia en Guatemala como uno de los pocos casos de corrupción a gran escala que ha llegado a su etapa final con condenas. En la investigación y recolección de pruebas consideradas durante el juicio, participaron varias oficinas públicas y la entonces Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), que ya no funciona. Gracias a las recientes leyes sobre corrupción y blanqueo de capitales, es posible imponer sanciones a la empresa, en tanto persona jurídica.
En el presente caso, dichas sanciones consistieron en multas pecuniarias, pero no en la suspensión o disolución de la persona jurídica para permitir que prosigan otros procesos administrativos contra las mismas empresas. De acuerdo con las leyes nacionales y los estándares internacionales, los jueces ordenaron la reparación integral, incluyendo los daños, medidas de satisfacción como declaraciones públicas de disculpas y publicaciones a realizar por los condenados.
Citando una constatación gráfica contenida en la sentencia final, el juez Pablo Xitumul, quien presidió el Tribunal, dijo que “la corrupción y la impunidad son aún más letales que un cáncer o una pandemia, ¡y deben combatirse sin demoras ni excusas!”.
Para leer el artículo completo: Americas-Judges and BHR-News-Feature article-2020-SPA
Nov 26, 2019 | Comunicados de prensa, Noticias
Las finalistas del Premio Martin Ennals 2020 son tres mujeres excepcionales – Huda Al-Sarari, Norma Ledezma y Sizani Ngubane – reflejo del lugar preponderante que actualmente ocupan las mujeres en la defensa de los derechos humanos. La CIJ es miembro del jurado.
En Yemen, Huda Al-Sarari denuncia la existencia de prisiones secretas y numerosos casos de tortura.
En México, Norma Ledezma lucha contra los feminicidios y casos de desaparición.
En Sudáfrica, Sizani Ngubane promueve el acceso de las mujeres a la educación y a la tierra.
Tres mujeres candidatas: un estreno
El Premio Martin Ennals recompensa cada año a defensores o defensoras de los derechos humanos procedentes del mundo entero que se distinguen por su profundo compromiso, un compromiso que a menudo pone en peligro su vida.
Para la edición de 2020, el jurado ha elegido por primera vez como candidatas a tres mujeres que defienden los derechos fundamentales de sus comunidades en contextos delicados.
«La Fundación Martin Ennals se enorgullece de rendir homenaje al valiente trabajo de tres mujeres. La selección de nuestro jurado para el Premio Martin Ennals 2020 refleja el importante impulso mundial de individuos que, sea cual sea su género, trabajan por el respeto de los derechos humanos, y de los derechos de las mujeres en particular», señala Isabel de Sola, directora de la Fundación Martin Ennals.
«Las finalistas del Premio Martin Ennals 2020 trabajan en continentes distintos, pero las tres tienen en común su resistencia, su determinación, su enorme rigor y, por último, el impacto positivo y concreto de su trabajo», subraya Hans Thoolen, presidente del jurado.
Las finalistas
En Yemen, en un conflicto que causa estragos desde 2005, Huda Al-Sarari, abogada yemení, ha desvelado la existencia de varios centros de detención secretos en los que se han cometido las peores violaciones de derechos humanos: torturas, desapariciones e incluso ejecuciones sumarias.
En Sudáfrica, las mujeres se enfrentan a una discriminación que se traduce en una violencia de género muy extendida. En las comunidades rurales, las mujeres a menudo se ven expropiadas de sus tierras, y se las priva de la educación y del acceso a la justicia. Sizani Ngubane fundó una organización de más de 50.000 mujeres procedentes de zonas rurales del país y desde hace más de 40 años lucha con éxito para que se reconozcan sus derechos.
En México, con el Estado de derecho desmoronándose, la población civil paga el elevado precio de la violencia y la impunidad generalizadas. Las mujeres son las principales víctimas de ese desmoronamiento: cada año se cometen más de 3.500 feminicidios. Norma Ledezma, madre de una de las víctimas, se dedica a acompañar a las familias del estado de Chihuahua en su acceso a la justicia.
Los finalistas han sido seleccionados por las organizaciones representadas en el jurado: la CIJ, Amnesty International, Human Rights Watch, Human Rights First, International Federation for Human Rights, World Organisation Against Torture, Front Line Defenders, EWDE Germany, International Service for Human Rights y HURIDOCS.
Velada de entrega del Premio, el 19 de febrero de 2020 El Premio Martin Ennals 2020 será otorgado a una de las tres finalistas el 19 de febrero de 2020 durante una velada pública y retransmitida en livestream. El evento es organizado por la Ciudad de Ginebra que, fiel a su compromiso en favor de los derechos humanos, respalda el Premio desde hace numerosos años.
Contacto
Olivier van Bogaert, Director de comunicación de la CIJ, miembro del jurado, t: +41 22 979 38 08 ; e: olivier.vanbogaert(a)icj.org
Universal-MEA2020bios-News-2019-SPA (biografías completas de las finalistas, en PDF)
Oct 31, 2019 | Editorial, Noticias
Una opinión editorial de Alejandro Salinas Rivera, Comisionado chileno de la CIJ
La desigualdad social, la desconfianza en las instituciones públicas y la falta de goce efectivo de los derechos económicos y sociales, son las raíces de las recientes protestas en Chile.
Los orígenes de las protestas reflejan tres problemas estructurales del modelo político y social del Estado chileno: la desigualdad social a pesar del éxito económico del país, la desconfianza en las instituciones públicas, y la insuficiente capacidad del Estado para garantizar los derechos económicos y sociales.
Además, el país enfrenta frustraciones que quedaron desde la época de la dictadura, y problemas que se han evidenciado durante la época democrática.
En efecto, los derechos no están garantizados de manera uniforme para toda la población chilena. Por ejemplo, algunas personas acceden a servicios de salud que son similares a aquéllos proporcionados en países desarrollados, mientras que otras acceden a servicios de muy baja calidad.
También, la educación se garantiza de manera desigual: la educación pública es costosa y las tasas universitarias son muy altas para la mayoría de la población.
Además, las municipalidades están clasificados entre ricas y pobres, y la infraestructura y la calidad de las carreteras cambian según el barrio. ¿Es todo esto justo? No. Entonces, ¿por qué hay tantas desigualdades entre la población chilena?
Este contexto ha generado que la ciudadanía no confíe en que las instituciones públicas garantizarán sus derechos, y la desesperanza ha impregnado a muchas personas.
Protestas sociales actuales: ¿qué se puede hacer?
Desde hace unas semanas Chile vive un estallido de protesta social. El hecho desencadenante fue el anuncio del 6 de octubre por parte del gobierno chileno de aumentar los precios del metro de Santiago; pero, las protestas están relacionadas con la desigualdad social y la desconfianza en las instituciones públicas.
Después de ese anuncio gubernamental, algunas personas, principalmente estudiantes, evadieron continuamente el pago de las tarifas del metro, y las fuerzas policiales (Carabineros) fueron enviadas para detener dicha evasión.
Así, las acciones de evasión escalaron, y en la noche del 18 de octubre, surgieron masivamente protestas sociales en diferentes ciudades del país que, aún hoy, no han cesado.
La respuesta inicial del presidente Sebastián Piñera fue decretar un estado de emergencia, un toque de queda y desplegar a las fuerzas militares a algunas calles.
Frente a esto, los manifestantes aumentaron y las protestas continuaron y se expandieron a distintas regiones del país.
Se han presentado serias denuncias sobre el uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas policiales, así como, posibles detenciones arbitrarias ocurridas durante las manifestaciones. Esto requiere que el Estado chileno, en cumplimiento de estándares internacionales, realice una investigación adecuada y efectiva y si la evidencia lo amerita, enjuicie a los responsables.
Por otro lado, si bien la mayoría de protestas han sido pacíficas, algunos manifestantes han cometido actos violentos. Esto no deslegitima la protesta social, pero es necesario que se rechace esta violencia.
Ahora bien, después de más de 13 días de protestas sociales, el gobierno no ha podido generar las condiciones requeridas para concretar un pacto político y social que incluya otras fuerzas políticas, y le permita solucionar de manera adecuada la crisis. Las fuerzas de oposición política, además, tampoco han sido suficientemente generosas en este caso.
Asimismo, la sociedad civil debe brindar alternativas para abordar esta crisis.
En suma, debe haber una solución política que enfrente las raíces de las protestas. Los políticos deben reconocer el descontento social y enfrentarlo a pesar de sus diferencias. Deben converger en un acuerdo social y político que responda, con urgencia, a las demandas sociales en materia de equidad, justicia y solidaridad, así como, a la necesidad de aumentar la confianza en las instituciones públicas.
Por último, los políticos y las instituciones públicas deben garantizar los derechos económicos y sociales de la población, para lo cual, es necesario adoptar las reformas legales requeridas y promulgar políticas públicas que permitan superar la desigualdad social.