Tunisia: parliament must amend or reject the draft law on the protection of security forces

Tunisia: parliament must amend or reject the draft law on the protection of security forces

The Tunisian Parliament should amend or reject the revised Draft Organic Law No. 25-2015 on the protection of security forces scheduled for discussion in Parliament today, said the ICJ. The Law if adopted would reinforce impunity for violations committed by security forces and undermine the rule of law and human rights.

The revised Draft Law was approved by the Parliamentary Commission in July 2020, following unsuccessful attempts to adopt it in 2015 and 2017.

Article 7 of the Draft Law provides for the exoneration of security forces from criminal responsibility for using lethal force to repel attacks on a security building, when the force is necessary and proportional to the danger posed to the building. In 2017, the ICJ and other organizations urged Parliament to reject a prior draft which included the same provision.

“More than 10 years after the uprising, Tunisia’s security forces continue to enjoy impunity for decades of serious human rights violations,” said Said Benarbia, the ICJ’s MENA Programme Director.

“The Parliament should adopt all the effective measures at its disposal to end such impunity, not entrench it by allowing the use of lethal force when it’s not strictly necessary to protect lives.”

Article 7 of the Draft Law would preserve the operation of Law No. 69-04, which permits the use of firearms to defend property, “mitigate” a resistance, or stop a vehicle or other form of transport in the context of public meetings, processions, parades, public gatherings, and assemblies. It allows for the use of lethal force to disperse an unlawful gathering where other means of dispersal have failed.

Under international law, including the United Nations Basic Principles on the Use of Force, the intentional use of lethal force must be reasonable, necessary and proportional, and is only permissible if strictly necessary to protect life from an imminent threat to life, not a threat to property.

In the context of non-violent assemblies, the use of force should be avoided and, where unavoidable, restricted to the minimum extent necessary against only those individuals posing an imminent threat of death or serious injury.

The Draft Law appears to preserve an exemption under article 42 of the Criminal Code and Article 46 of Law No. 82-70 on the Statute of Internal Security Forces of 6 August 1982. Article 42 of the Criminal Code provides that a person is not liable for crimes under the Criminal Code, including homicide, if their acts were carried out pursuant to other laws or orders from a competent authority. Article 46 of Law No. 82-70 limits this immunity in relation to orders given to officers of the Internal Security Forces by requiring the orders be given “by their superior in the framework of legality.” Under international law, superior orders cannot serve as a ground of defence to a crime of unlawful killing by a State agent, such as a member of a security force.

“The Tunisian Parliament should reject the Draft Law and conduct a complete review of all laws regulating the conduct of the security forces to ensure they meet standards necessary to protect the population from the excesses demonstrated in the past,” said Kate Vigneswaran, the ICJ’s MENA Programme Senior Legal Adviser.

“Members of the Parliament should send a clear, unequivocal message that the impunity of the security forces can no longer be tolerated.”

Contact:

Said Benarbia, Director, ICJ Middle East and North Africa Programme, t: +41-22-979-3817; e: said.benarbia(a)icj.org

Kate Vigneswaran, Senior Legal Adviser, ICJ Middle East and North Africa Programme, t: +31-62-489-4664; e: kate.vigneswaran(a)icj.org

Tunisia-draft law security forces-News-2020-ARA (story in Arabic, PDF)

Perú, Colombia y Guatemala: documentación de casos de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales

Perú, Colombia y Guatemala: documentación de casos de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales

Durante décadas, las víctimas de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales en América Latina han demando justicia, verdad y reparación. A pesar de estos esfuerzos, la impunidad en estos delitos es alta. En algunos casos, las víctimas han esperado por más de cuatro décadas para que se haga justicia.

Como parte de su estrategia para promover la rendición de cuentas en casos de graves violaciones a los derechos humanos alrededor del mundo, la CIJ, junto con sus socios, está implementando un proyecto regional para promover justicia en casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia, Guatemala y Perú.

El proyecto cuenta con el apoyo de la Unión Europea. Uno de los resultados del proyecto ha sido apoyar la elaboración de tres casos emblemáticos por parte de los socios locales de la CIJ.

En Colombia, para ilustrar uno de los patrones de ejecuciones extrajudiciales, la Asociación de Red Defensores y Defensoras de Derechos Humanos (dhColombia) produjo un documento sobre tres casos de ejecuciones extrajudiciales cometidos de 2005 a 2008. El documento Una práctica sistemática ejecuciones extrajudiciales en el eje cafetero (2006-2008) presenta las dificultades que las víctimas y sus abogados han enfrentado para demostrar la responsabilidad de demando en estos casos.

En Perú, el Instituto de Defensa Legal (IDL) documentó la desaparición forzada de estudiantes universitarios y profesores entre 1989 y 1993, en el momento más argüido del conflicto interno peruano. En el documento Los desaparecidos de la Universidad Nacional del Centro IDL describe el difícil camino jurídico que las víctimas han enfrentado, para llevar a la justicia a los agentes del Estado que estarían involucrados en estos crímenes.

En Guatemala, para subrayar la manera en como se cometieron desapariciones forzadas contra las comunidades rurales en el marco del conflicto armado guatemalteco, la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (Famdegua) escribió acerca de la desaparición de más de 500 personas en la región de las Veparaces. En el informe Las desapariciones forzadas en la región de las Verapaces se presenta la historia de cinco de estos casos.

Estos tres informes contribuyen a comprender la prevalencia de estas violaciones en América Latina y las opciones disponibles para hacer frente a la impunidad.

El 30 de septiembre de 2020, la CIJ organizará un webinar regional para discutir la protección y garantía de los derechos de las víctimas de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales en Argentina, Colombia, Chile, Guatemala y Perú. El webinar será transmitido en vivo en la página de Facebook de la CIJ, a las 14 horas (hora de Guatemala) / 15 horas (hora de Colombia y Perú) / 17 horas (hora de Chile y Argentina).

Contactos:

Kingsley Abbott, Coordinador de la iniciativa global de rendición de cuentas de la CIJ. Correo electrónico: kingsley.abbott(a)icj.org

Carolina Villadiego, Asesora Legal, América Latina y coordinadora regional del proyecto. Correo Electrónico: carolina.villadiego(a)icj.org

Rocío Quintero M, Asesora Legal, América Latina. Correo electrónico: rocio.quintero(a)icj.org

 

Venezuela: Los pueblos indígenas enfrentan el deterioro de la situación de derechos humanos a causa de la minería, la violencia y la COVID-19

Venezuela: Los pueblos indígenas enfrentan el deterioro de la situación de derechos humanos a causa de la minería, la violencia y la COVID-19

Venezuela está sufriendo una crisis humanitaria y de derechos humanos sin precedentes que se ha profundizado debido a la negligencia del gobierno autoritario y la ruptura del estado de derecho en el país.

La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) ha estimado que alrededor de 5.2 millones de venezolanos han dejado el país, llegando la mayoría como refugiados e inmigrantes a países vecinos.

En 2018, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) calificó esta situación de los derechos humanos como “una espiral descendente que no parece tener fin“.

La situación del derecho a la salud en Venezuela y su sistema de salud pública mostraron problemas estructurales antes de la pandemia, y la Alta Comisionada la describió como una “dramática crisis sanitaria y (…) un completo colapso del sistema de atención sanitaria”.

Recientemente, la ACNUDH presentó un informe al Consejo de Derechos Humanos que mencionó, entre otras cuestiones, los ataques a los derechos de los pueblos indígenas en el Arco Minero del Orinoco (AMO).

Los derechos de los pueblos indígenas y los proyectos mineros en el AMO antes de la pandemia de la COVID-19

Los pueblos indígenas han sido tradicionalmente olvidados por las autoridades gubernamentales venezolanas y condenados a vivir en la pobreza.

Durante la crisis humanitaria han sufrido nuevos abusos debido a la actividad minera y a la violencia que ocurre en sus territorios.

En 2016, el gobierno venezolano creó la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional del Arco Minero del Orinoco a través del Decreto presidencial No. 2248, como un proyecto de megaminería enfocado, principalmente, en la extracción de oro en un área de 111.843.700 kilómetros cuadrados.

El AMO se ubica al sur del río Orinoco en los territorios amazónicos de Venezuela y abarca tres estados: Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro. Es el hábitat de varios grupos étnicos indígenas a los que no se les consultó de manera adecuada antes de la implementación del proyecto.

El derecho a la tierra de los pueblos indígenas está reconocido en la Constitución de Venezuela. Sin embargo, como reportó la ONG Programa Venezolano de Educación- Acción en Derechos Humanos (PROVEA), las autoridades no han mostrado avances en la demarcación y protección de los territorios indígenas desde 2016.

Varias organizaciones indígenas y otros movimientos sociales han expresado su preocupación y rechazo al proyecto del AMO.

La implementación de este proyecto ha impactado de manera negativa los derechos de los pueblos indígenas a la vida, la salud y un medio ambiente seguro, saludable y sostenible.

Human Rights Watch, Business and Human Rights Resource Center, organizaciones no gubernamentales locales, movimientos sociales y la ACNUDH, han documentado la destrucción de la tierra y la contaminación de los ríos debido a la deforestación y la actividad minera, que también está contribuyendo al aumento del paludismo y otras enfermedades.

Las mujeres y los niños indígenas están entre los más afectados. La Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha reportado que “[l]os pueblos indígenas que viven en la zona fronteriza de Venezuela son sumamente vulnerables a las enfermedades epidémicas”, y ha planteado una preocupación especial sobre el pueblo Warao (que vive en la frontera entre Venezuela y Guyana), y el pueblo Yanomami (que vive en la frontera entre Venezuela y Brasil).

Las mujeres y los niños también corren grandes riesgos de explotación sexual, laboral y violencia de género en el contexto de las actividades mineras. El reciente informe de la Alta Comisionada menciona que desde 2016 hay un fuerte incremento “en prostitución, explotación sexual y tráfico en áreas mineras, incluyendo a niñas adolescentes”.

La Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas (OCHA) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) han determinado una tendencia entre los adolescentes a abandonar la escuela, en particular entre los 13 y los 17 años. Los adolescentes indígenas se ven gravemente afectados, ya que muchos niños se van a trabajar en las minas.

La violencia y la delincuencia también han aumentado en el AMO. Organizaciones criminales y grupos guerrilleros y paramilitares están presentes en la zona, y el gobierno venezolano ha ampliado su presencia militar.

Los dirigentes indígenas y los defensores de derechos humanos han sido objeto de ataques y amenazas; además, persisten las denuncias de casos de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales y arbitrarias.

Situación actual de la pandemia de COVID-19

La pandemia por COVID-19 y la falta de una respuesta adecuada han agravado la situación.

El Gobierno declaró el estado de emergencia (estado de alarma) el 13 de marzo y estableció un confinamiento obligatorio y medidas de distanciamiento social. Sin embargo, las actividades mineras han continuado sin protocolos sanitarios adecuados para prevenir la propagación de la pandemia.

El estado Bolívar, el más grande del país y que está ubicado en el Arco Minero del Orinoco, tiene entre el mayor número de casos confirmados de COVID-19 que incluye a miembros de pueblos indígenas.

La respuesta de las autoridades venezolanas a la pandemia en estos territorios no ha considerado medidas culturalmente apropiadas para las poblaciones indígenas.

Adicionalmente, aunque las autoridades establecieron un grupo de hospitales e instalaciones médicas llamados “hospitales centinela” para atender a personas con síntomas de COVID-19, estos se encuentran en las ciudades y las comunidades indígenas viven lejos de ellas.

Además, la falta de gasolina en el país agrava los obstáculos para trasladarse fácilmente a estos centros.

Las organizaciones de la sociedad civil y los líderes indígenas se quejan de la falta de pruebas de COVID-19 y de la manipulación de los datos que dan cuenta de cuál es la situación real de la pandemia.

Además, la ACNUDH reportó la detención arbitraria de por lo menos tres profesionales de la salud por denunciar la falta de equipo básico y por proporcionar información sobre la situación de COVID-19, y destacó que hay “restricciones al espacio cívico y democrático, incluso bajo el “estado de alarma” decretado en respuesta a la pandemia COVID-19″.

Para leer el artículo completo: Venezuela-COVID19 indigenous-News Feature articles-2020-SPA

European Union: rule of law report must be followed by action

European Union: rule of law report must be followed by action

The ICJ today welcomed the first annual rule of law report of the European Commission, which analyses the compliance of all EU Member States with rule of law standards, including on judicial independence, freedom of the media and civil society.

The report is a welcome recognition that rule of law guarantees cannot be taken for granted in any European country, and that all EU institutions must be particularly vigilant in their defence.

But the ICJ warns that the report is only valuable if it leads to strengthened EU enforcement action to address the serious rule of law crises in Poland and in Hungary.

“This report is further testimony to the actions of governments of Poland and Hungary, to deliberately and systematically dismantle protections for judicial independence and other essential rule of law protections,” said Róisín Pillay, ICJ Europe and Central Asia Programme Director.

“We need the EU to use its powers of enforcement promptly and to the full, to defend these fundamental guarantees, including through prompt progression of Article 7 and enforcement proceedings. It is welcome that the European Commission calls on Member States to accelerate the resolution of problems raised under the Article 7 proceedings against Poland and Hungary. This report should lead to renewed efforts of all the institutions to urgently progress these proceedings,” she added.

Additional information

The full text of the European Commission report is available here: https://ec.europa.eu/info/publications/2020-rule-law-report-communication-and-country-chapters_en

The International Commission of Jurists has repeatedly expressed serious concern at the deteriorating rule of law situation in both Poland and Hungary, see for example:

https://www.icj.org/poland-judges-and-lawyers-from-around-the-world-condemn-rapidly-escalating-rule-of-law-crisis/

And here: https://www.icj.org/european-union-icj-joins-call-for-urgent-eu-response-to-hungarys-covid-19-emergency-law/

Contact:

Róisín Pillay, ICJ Europe and Central Asia Programme Director, t: +32 476 97 42 63; e: roisin.pillay@icj.org

Karolina Babicka, Legal Adviser, ICJ Europe and Central Asia Programme, t: +32 475 46 20 67; e: karolina.babicka@icj.org

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