Guía forense para la investigación, recuperación y análisis de restos óseos

Guía forense para la investigación, recuperación y análisis de restos óseos

A pesar de esfuerzos significativos para recuperar e identificar restos óseos en América Latina, todavía hay miles de casos donde los restos no han sido identificados y entregados a los familiares. Asimismo, se debe destacar el hecho de que los familiares todavía tienen problemas para entender y participar en el proceso forense.

Con el fin de contribuir a la solución de este problema, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) lanzó hoy una guía forense con información práctica y accesible sobre la investigación, recuperación y análisis de restos óseos.

La guía es particularmente útil para las personas que no tienen previos conocimientos forenses. Además, contribuirá para mejorar el entendimiento y la participación de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil en la búsqueda de personas desaparecidas.

La guía fue escrita por Luis Fondebrider, director ejecutivo del EAAF y para su elaboración se tuvo en cuenta los estándares internacionales en la materia, incluyendo el Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas (2016). La Comisión Internacional de Juristas (ICJ), el Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF) y la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG) contribuyeron con insumos para la elaboración de la guía.

La guía fue lanzada durante un webinar. Los panelistas del evento fueron Luis Fondebrider del EAAF; Claudia Rivera de la FAFG y Franco Mora del EPAF. Contó con la moderación de Carolina Villadiego de la CIJ.

En el lanzamiento, todos los expertos forenses enfatizaron en el rol central que los familiares de las personas desaparecidas deben tener en el proceso de investigación, recuperación y análisis de restos óseos. En particular, se resaltó que los familiares no solo tienen información clave para encontrar los restos, sino que también, son los que impulsan estos procesos.

Actualmente, la guía está disponible en español y en los próximos meses estará disponible en inglés.

Contexto:

La guía fue producida como parte de un proyecto regional para promover justicia para ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia, Guatemala y Perú, que es coordinado por la CIJ.

El objetivo principal del proyecto es mejorar la rendición de cuentas en casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, a través del fortalecimiento de capacidades de jueces, fiscales, investigadores, víctimas, abogados, forenses, y organizaciones de la sociedad civil. El proyecto cuenta con el apoyo del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH).

Además, se implementa en conjunto con la Asociación Red de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos de Colombia (dhColombia), el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA), el Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF), la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG), y el Instituto de Defensa Legal de Perú (IDL).

Contactos:

Kingsley Abbott, Coordinador de la iniciativa global de rendición de cuentas de la CIJ. Correo electrónico: kingsley.abbott(a)icj.org

Carolina Villadiego, Asesora Legal, América Latina y coordinadora regional del proyecto. Correo Electrónico: carolina.villadiego(a)icj.org

Colombia: autoridades públicas deben abstenerse de interferir en el proceso judicial que se tramita contra el expresidente Álvaro Uribe

Colombia: autoridades públicas deben abstenerse de interferir en el proceso judicial que se tramita contra el expresidente Álvaro Uribe

Hoy la CIJ llamó a las autoridades públicas a abstenerse de realizar comentarios o acciones que puedan socavar la integridad del proceso judicial y la independencia de la Rama Judicial.

El 4 de agosto la Sala Especial de Instrucción de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió la situación jurídica del expresidente Álvaro Uribe Vélez, y ordenó su detención preventiva, sustituyéndola por detención domiciliaria, en relación con el caso que se sigue en su contra por los presuntos delitos de soborno a testigo y fraude procesal.

Desde hace días, varios políticos han hecho declaraciones inapropiadas e incendiarias respecto de la justicia, incluidas algunas que sugieren que los jueces toman sus decisiones basándose en prejuicios ideológicos o políticos en lugar de basarse en la Constitución y la ley.

El presidente de Colombia, Iván Duque, expresó en una declaración trasmitida por televisión que le “duele como colombiano que muchos de los que han lacerado al país con barbarie se defiendan en libertad o inclusive tengan garantizado jamás ir a prisión, y que a un servidor público ejemplar que ha ocupado la más alta dignidad del Estado no se le permita defenderse en libertad con la presunción de inocencia. Soy y seré siempre un creyente en la inocencia y en la honorabilidad de quien con su ejemplo se ha ganado un lugar en la historia de Colombia”.

La CIJ enfatiza que es inapropiado que un jefe de Estado u otro funcionario del poder ejecutivo intervenga de esta manera en un caso que está siendo objeto de estudio en la Rama Judicial. Los Principios Básicos relativos a la independencia de la judicatura de las Naciones Unidas dejan claro que “[t]odas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura”, y esto implica que  deben abstenerse de “influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas”.

Adicionalmente, y como reacción a la detención del expresidente Uribe, el partido político “Centro Democrático” del cual son miembros el presidente Duque y el expresidente Uribe, emitió un comunicado de prensa en el que dijo que planeaban proponer una Asamblea Nacional Constituyente “con el propósito de despolitizar la justicia”. Y el expresidente Uribe mencionó el 16 de agosto que esperaba que su partido político iniciara una reforma judicial a través de referendo para acabar con la “politización” de la Corte.

La CIJ considera que las acciones de reforma a la justicia no deben basarse en reacciones políticas a un caso o una decisión judicial determinada. Las reformas al sector justicia deben basarse en las buenas prácticas y en los estándares que permitan reforzar la independencia judicial y contar con una pronta, oportuna y justa administración de justicia.

Por último, el vicepresidente de Estados Unidos, Mike Pence, también hizo comentarios inapropiados frente a la justicia colombiana, al tuitear el 14 de agosto que se unía a las voces que pedían a las autoridades colombianas que permitieran que Álvaro Uribe “se defendiera como un hombre libre”.

Contacto: Carolina Villadiego Burbano, Asesora Legal para América Latina de la CIJ, e: carolina.villadiego(a)icj.org

Retos de la pandemia del covid-19 para el Estado de Derecho, la democracia y los derechos humanos

Retos de la pandemia del covid-19 para el Estado de Derecho, la democracia y los derechos humanos

El vicepresidente de la CIJ, el profesor Carlos Ayala Corao, presenta en el artículo “Retos de la pandemia del covid-19 para el Estado de Derecho, la democracia y los derechos humanos”, un análisis sobre cómo deben ser abordados los desafíos que ha traído la pandemia del COVID-19 en los Estados democráticos. El artículo resalta la importancia de que los Estados den respuesta a la crisis generada por la pandemia sin desconocer los derechos humanos y las garantías propias del Estado de Derecho. Esto implica, que las medidas que adopten los Estados no deben restringir los derechos de “manera innecesaria o desproporcionada; y mucho menos (…) desmantelar la Constitución, y restringir el Estado de Derecho y la democracia”.

El profesor Ayala resalta varios elementos que deben considerarse para evitar la vulneración de derechos y garantías de las personas:

  1. Las medidas adoptadas “deben estar (…) dentro de la Constitución y el Derecho internacional.” Es esencial que se consideren los estándares internacionales, como los principios de Siracusa sobre estados de excepción.
  2. Las instituciones de control y protección, tanto nacionales como internacionales, y las ramas del poder público, deben funcionar durante los estados de emergencia decretados. En este tema, destaca el rol de la rama legislativa, que ejerce una función esencial durante los estados de emergencia, pues debe “controlar las actuaciones del poder ejecutivo” y “adoptar las leyes, autorizaciones y aprobaciones necesarias.” Por ello, dada las limitaciones que ha creado la pandemia para hacer reuniones presenciales, se deben “introducir métodos complementarios y alternativos” que garanticen el correcto funcionamiento de esta rama del poder.

El poder judicial también tiene un rol esencial durante el estado de emergencia. Específicamente, señala que “en tiempos de emergencias y de medidas extraordinarias, es cuando más se necesita el funcionamiento de los tribunales, independientes e imparciales, para proteger los derechos de las personas y controlar los excesos del poder. La justicia no se puede poner en cuarentena, porque entonces la Constitución, la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos también entran en cuarentena.” Por lo anterior, al igual que la rama legislativa, “los tribunales deben reinventarse, para permitir, que, con respeto a las medidas de distanciamiento social y aislamiento, puedan seguir cumpliendo sus funciones de manera continuada e ininterrumpida.”

  1. Las medidas excepcionales que se adopten deben ser “necesarias, graduales, temporales, idóneas y proporcionales”. Adicionalmente, estas medidas “deben estar contenidas y expresadas en actos jurídicos formales, debidamente motivados, publicados oficialmente y divulgados adecuadamente.”
  2. Dentro de las medidas excepcionales adoptadas por los Estados, deben incluirse medidas que garanticen la seguridad jurídica de obligaciones contractuales y extracontractuales.
  3. Las medidas excepcionales deben tener “en cuenta la necesidad de un trato diferenciado por grupos sociales.” En particular, se debe considerar los efectos que las medidas, como las cuarentenas obligatorias, pueden tener en las mujeres, las poblaciones pobres, las poblaciones indígenas, los niños y las niñas y las personas privadas de la libertad.

Por otro lado, el artículo explora las limitaciones que han sufrido varios derechos humanos durante la pandemia. Entre estos derechos, el artículo analiza el derecho a reunirse públicamente o circular públicamente en grupos de personas, el derecho a la libertad de cultos y a la libertad religiosa, el derecho al voto, el derecho a acceder a la justicia, el derecho a la libertad personal, el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la salud.

Por otra parte, el artículo recuerda que las medidas adoptadas por los Estados están “sometidas a regulaciones y controles internacionales”. Sobre este punto, subraya las obligaciones que adquieren los estados en virtud de tratados internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y la Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos.

Por último, el profesor Ayala reflexiona acerca de la importancia del respeto de la democracia y el Estado del Derecho para hacer frente a la pandemia. Así, menciona que, “debemos repensar el funcionamiento del Estado, porque tampoco será lo mismo después de esta pandemia. El Estado -al igual que el sector privado- ha probado ser una institución esencial para hacer frente al grave problema de salud pública que ha causado la pandemia. Pero no se trata de cualquier Estado, sino del Estado democrático; sometido al Derecho; respetuoso de los derechos; eficaz en sus acciones y respuestas; aliado, cooperador y coordinador de los esfuerzos de la sociedad; abierto al debate y a las críticas de su gestión; transparente en el manejo de los recursos; y responsable. Por ello, aun en tiempos extremadamente difíciles, ante situaciones de extraordinarias se debe asegurar el funcionamiento eficaz de los poderes públicos del Estado de Derecho, para así garantizar la democracia, el control del poder y los derechos humanos.”

Foto: © UNHCR/Allana Ferreira

En PDF: RETOS-DE-LA-PANDEMIA-COVID-News-Feature-Articles-2020-SPA

Guatemala: la CIJ pide al Presidente Giammattei que vete las reformas del funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales

Guatemala: la CIJ pide al Presidente Giammattei que vete las reformas del funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales

La CIJ pide al Presidente Giammattei que vete la ley que contiene las reformas al Decreto del Congreso de la República 4-2020 que regula el funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales.  

Desde el año 2019, el Congreso de la República viene tratando de implementar una agenda legislativa “regresiva”, que socava el respeto de los derechos humanos.  
 
En este caso, se trata de una ley que afecta el derecho constitucional de Libertad de Asociación, así como otros derechos que la CIJ en Centro América ha desarrollado en la carta correspondiente.  
 
Además, el Congreso ha intentado reformar la Ley relacionada con el Programa Nacional de Resarcimiento para incluir la posibilidad de otorgar amnistía a quienes cometieron crímenes graves.  
 
Por otro lado, la Ley relativa a la Familia, de llegar a aprobarse afectaría los derechos de la comunidad LGBTI en Guatemala.  
 
También ha intentado aprobar reformas a la Ley de Orden Público, sin tomar en cuenta los principios de la Seguridad Democrática.  
 
Estas son sólo algunas de las leyes, que forman parte de la agenda legislativa regresiva en materia de derechos humanos.
Colombia: CIJ realizó taller de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales para abogados y víctimas

Colombia: CIJ realizó taller de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales para abogados y víctimas

Los días 29 y 30 de octubre, la CIJ, en asocio con dhColombia y el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), organizó una capacitación sobre el marco legal sobre la desaparición forzada y las ejecuciones extrajudiciales en Bogotá (Colombia).

La capacitación tuvo como objetivo mejorar la comprensión de víctimas y abogados de derechos humanos sobre la legislación nacional sobre ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia. La capacitación incluyó un análisis del sistema de justicia ordinario y de los mecanismos de justicia transicional. También exploró el papel de las ciencias forenses en la lucha contra la impunidad de esos crímenes.

La CIJ, en cumplimiento de su objetivo de promover la rendición de cuentas, la justicia y el estado de derecho en Colombia, ha estado monitoreando continuamente la investigación y el enjuiciamiento de violaciones y abusos graves de los derechos humanos, en particular las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones forzadas. Los autores de tales violaciones, que constituyen crímenes de derecho internacional, han disfrutado de un alto nivel de impunidad. Hay numerosos casos sin resolver que datan de la década de 1970 y las violaciones han continuado incluso después de la firma del Acuerdo Final de Paz en 2016.

En Colombia, lograr la rendición de cuentas por esos crímenes ha resultado difícil por varias razones, incluido el funcionamiento ineficaz del sistema de justicia. Las víctimas y sus abogados han enfrentado serios obstáculos para acceder a recursos efectivos. Además, la creación de nuevas instituciones por el Acuerdo Final de Paz ha cambiado algunas reglas y procedimientos básicos para la investigación y el enjuiciamiento de esos crímenes. En consecuencia, el sistema de justicia colombiano es más complicado de entender, no solo para las víctimas sino también para los abogados.

El taller de capacitación fue parte de un proyecto regional más amplio que aborda la justicia por ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia, Guatemala y Perú. Los participantes fueron víctimas y abogados de derechos humanos de diferentes regiones del país, especialmente aquellos lugares donde hay menos oportunidades de acceder a capacitación legal y forense. Teniendo en cuenta que las actividades de creación de capacidad son esenciales para el logro efectivo de la rendición de cuentas, se espera que los participantes de la capacitación hayan obtenido herramientas valiosas para exigir justicia y reparación por violaciones graves de los derechos humanos.

Contactos:

Rocío Quintero M, Asesora Legal, América Latina. Correo electrónico: rocio.quintero(a)icj.org

Carolina Villadiego, Asesora Legal, América Latina y coordinadora regional del proyecto. Correo Electrónico: carolina.villadiego(a)icj.org

Guatemala: delegación internacional de alto nivel participa en la conferencia sobre independencia judicial

Guatemala: delegación internacional de alto nivel participa en la conferencia sobre independencia judicial

La CIJ anuncia visita de delegación internacional de alto nivel para participar en la VII Conferencia Regional sobre Independencia Judicial el 25 y 26 de Octubre.

La CIJ en Centroamérica llevará a cabo la VII Conferencia Regional sobre Independencia Judicial, con el tema central de la Seguridad de Jueces y Juezas.

En ella se debatirá sobre el papel que deben de jugar los estados, para la protección de jueces y juezas, así como la relación que existe entre la independencia judicial y la seguridad de quienes imparten justicia.

Han llegado al país, la magistrada de la Corte Suprema de Justicia de Serbia y Comisionada de la CIJ, Radmila Dragicevic, el Magistrado Emérito del Tribunal Supremo Español y Comisionado de la CIJ José Antonio Martín Pallín, dos Jueces de Noruega Erland Flaterud y Finn-Arne Schanche y 9 Jueces de Centroamérica, entre los cuáles se encuentra el Magistrado de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador Leonardo Ramírez Murcia. Además, participará el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, Fernando Cruz Castro.

Guatemala-Judicial Conference CA-News-2019-SPA

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