Mar 5, 2015 | Artículos, Noticias
La CIJ urge a las autoridades a tomar las medidas para investigar y corregir esta situación.
Entre el 23 de febrero y el 4 de marzo visitaron Guatemala miembros de la Asociación de Jueces de Noruega; el Presidente del Foro Democrático de Jueces de El Salvador y la ex Presidenta de la Asociación de Jueces por la Democracia de Honduras.
Dicha visita se llevó a cabo en el marco del trabajo de la CIJ sobre el fortalecimiento del Estado de Derecho en Guatemala.
La oportunidad fue propicia para realizar reuniones y debates con miembros del Poder Judicial de Guatemala y con otros operadores de justicia.
Además se mantuvieron reuniones con el Presidente de la Corte Suprema de Justicia y otras magistradas de dicha corte; con la Fiscal General; con el Procurador de los Derechos Humanos; con el Comisionado de la Comisión Internacional contra la Impunidad; con el representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, así como con otros actores relevantes de la sociedad guatemalteca, abogados y abogadas; dirigentes de Pueblos Indígenas y representantes de Organizaciones No Gubernamentales.
Al concluir su trabajo, la CIJ se encuentra alarmada por las presiones que existen en contra de jueces y juezas independientes que debido al cumplimiento de su función son frecuentemente objeto de denuncias y amenazas.
Entre las acciones que se están implementando en contra de jueces y juezas independientes, lo constituyen los traslados selectivos e injustificados que tienen como principal objetivo afectar y castigar a aquellos jueces que cumplen su función en forma independiente e imparcial.
Por otro lado, se suman denuncias infundadas en contra de los mismos, al tiempo que se configura un patrón de represión en contra de ellos, que tiene como objetivo que los jueces y juezas renuncien a su independencia judicial y “ajustar cuentas” por los casos que han juzgado.
Por otro lado, el caso relacionado con las sanciones impuestas el año 2014 en forma arbitraria por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala en contra de la Jueza Iris Yassmín Barrios Aguilar, aún se encuentra pendiente de resolución final, sin que la Corte de Constitucionalidad de Guatemala resuelva el amparo presentado por dicha jueza.
Desde el año pasado, la CIJ expresó que dichas sanciones son arbitrarias e ilegales y que los jueces y juezas no pueden ser sancionados por un órgano como el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados, que carece de competencia para ello; además, manifestó que de conformidad con los estándares internacionales y la legislación interna, los jueces y juezas sólo pueden ser objeto de sanciones por parte de los órganos del Poder Judicial establecidos para tal fin (Juntas de Disciplina y Supervisión General de Tribunales).
Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centroamérica expresó: “La situación es grave y urgimos a la Corte Suprema de Justicia a suspender cualquier medida que afecte la independencia de jueces y juezas y a implementar las reformas que se necesitan para promover y proteger la independencia del poder judicial como garantía para la ciudadanía y el fortalecimiento del Estado de Derecho.”
Feb 27, 2015 | Eventos, Noticias
Presentación de la obra de teatro DESIDENCIAS y debate. Este es el primer evento de esta indóle que la CIJ lleva a cabo a favor de la promoción de los derechos humanos de las personas LGBTI en Guatemala.
La CIJ en asocio con la Oficina del Alto Comsionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala (OACNUDH), el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONSIDA), la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDH) y con la colaboración de OASIS, llevó a cabo la presentación de la Obra DESIDENCIAS de la Colectiva Siluetas y la entrega de la Guía para profesionales del CIJ sobre orientación sexual, identidad de género y Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
A la actividad asistieron más de 250 personas de diferentes organizaciones de la sociedad civil, operadores de justicia, estudiantes universitarios y público en general.
La Colectiva Siluetas inció a mediadios del año 2001 y actualmente la intergran tres guatemaltecas: Camilia Urrutia, Tatiana Palomo y Lu Robles y, la salvadoreña, Laia Cañénguez. La puesta en escena de la Obra DESIDENCIAS estuvo a cargo de Camila Urrutia, Laia Ribera, Lola Vásquez y Gabriel Álvarez, actrices lesbianas, transgénero y transexuales.
La obra expone muchos tabús dentro de la sociedad guatemalteca sobre la identidad sexual y la orientación de género.
La CIJ impulsará nuevas acciones para la promoción de la no discriminación y del derecho a la igualdad así como de otros estándares internacionales a favor de las personas LGBTI en Guatemala.
Nov 19, 2014 | Artículos, Eventos, Noticias
El 18 de noviembre, la CIJ presentó y discutió, en una reunión en el Parlamento Europeo en Bruselas, sus dos informes sobre regímenes económicos especiales y su impacto en los derechos sociales en Perú y Marruecos.
El eurodiputado Richard Howitt, miembro de la Subcomisión de Derechos Humanos del Parlamento, y el comisario de la CIJ, Olivier De Schutter, encabezaron las discusiones.
Los informes ponen de relieve el impacto en los derechos, incluidos los derechos laborales y sociales, los derechos de tierras y aguas, de regímenes económicos especiales que tienen por objeto facilitar las exportaciones y las inversiones en áreas como la agricultura y los textiles.
La reunión permitió examinar el papel que la UE y sus Estados miembros pueden y deben desempeñar en su diálogo general y cooperación con los dos países, en particular en lo que se refiere a las relaciones y acuerdos comerciales, así como a la reglamentación de las empresas comerciales de la UE que se benefician de estos Regímenes especiales.
La presentación de las investigaciones y los informes de la CIJ viene en un momento importante en las relaciones de la UE con Perú y Marruecos.
En cuanto a estos últimos, el informe de la CIJ alimentará el diálogo sobre derechos humanos entre la Subcomisión de Derechos Humanos del Parlamento Europeo y Marruecos que se celebra hoy en Bruselas.
Peru-Regimenes especiales exportacion-Publications-thematic report-2014-SPA (Full report in Spanish – PDF)
Contactos:
Carlos Lopez, Senior Legal Advisor, Business and Human Rights Programme, t +41 22 979 3816, carlos.lopez(a)icj.org
Sandra Ratjen, Senior Legal Advisor, Economic, Social and cultural Rights Programme, t +41 22 979 3835, sandra.ratjen(a)icj.org
Nov 15, 2014 | Artículos, Noticias
La Comisión Internacional de Juristas, a través de su representante para Suramérica, Federico Andreu-Guzmán, intervino como perito en el procedimiento interamericano, a solicitud de los representantes de las víctimas.
El 14 de noviembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado colombiano por la desaparición forzada de 11 personas, la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de un magistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia, la detención arbitraria y tortura de 4 personas, entre otras graves violaciones de los derechos humanos cometidas por miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía durante la operación de “retoma” del Palacio de Justicia, el 6 y 7 de noviembre de 1985, a raíz de la incursión de un comando de la guerrilla M-19 en las instalaciones judiciales.
El peritaje de la CIJ versó sobre el marco legal, estructura y funcionamiento de las fuerzas de seguridad para la época de los hechos y la intervención de la justicia penal militar en la investigación y juzgamiento de delitos que no son de función y/o que podrían constituir violaciones a los derechos humanos.
En su Sentencia, la Corte ordenó al Estado colombiano llevar a cabo “las investigaciones amplias, sistemáticas y minuciosas que sean necesarias para establecer la verdad de los hechos, así como de determinar, juzgar y, en su caso, sancionar a todos los responsables” de las desapariciones forzadas, ejecución extrajudicial y torturas; realizar “todos los esfuerzos para determinar el paradero de las once víctimas aún desaparecidas a la mayor brevedad”; “realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos”; y brindar reparación integral.
Aunque han pasado 29 años desde la ocurrencia de los hechos, la Sentencia constituye una importante y valiosa contribución a la lucha contra la impunidad y a la reivindicación de los derechos a la justicia, verdad y reparación de los familiares de las víctimas, quienes por décadas buscaron infructuosamente justicia en Colombia.
La CIJ exhorta a las autoridades colombianas a acatar la Sentencia de la Corte y a cumplir sin dilación alguna con lo ordenado en ella.
Nota:
Sentencia de 14 de noviembre de 2014, Caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia, Serie C No. 287, disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_287_esp.pdf
Nov 3, 2014 | Artículos, Informes, Noticias, Publicaciones
Este informe presenta los hallazgos, conclusiones y recomendaciones de la misión de observación de los derechos sociales en la agricultura para la exportación en Perú (Valle de Ica, sur de Lima), enviada por la CIJ entre el 29 de abril y el 7 de mayo del 2014.
La misión recibió el apoyo de la Comisión de Derechos Humanos de Ica (CODEH-Ica).
El objetivo de la misión era observar y verificar sobre el terreno el cumplimiento de los estándares internacionales sobre protección de los derechos económicos y sociales (laborales, de salud y otros conexos), y sobre responsabilidad de las empresas en materia de derechos humanos, en el contexto de las operaciones de las empresas agro-exportadoras del Valle de Ica.
El informe concluye que las condiciones de trabajo en la agricultura de exportación en el Valle de Ica son deplorables y claramente constituyen un ejemplo de trabajo precario y no acorde con los estándares internacionales en materia de derechos del trabajador y otros derechos sociales. Muchas de estas situaciones pueden constituir violaciones graves de derechos humanos.
La misión llega a esta conclusión después de haber escuchado a un buen número de trabajadores y trabajadoras, niños, dirigentes sindicales, expertos laborales, funcionarios estatales y otros, y después de haber analizado la información y análisis que le fue proporcionado o que pudo colectar independientemente.
En lo que atañe al objeto particular del presente informe con especial enfoque en los actores empresariales no estatales, debe concluirse que las empresas del sector en general, sean grandes o pequeñas, carecen de un verdadero entendimiento de la responsabilidad social de la empresa (RSE) y los derechos humanos.
La misión no ha podido observar ni recabar información sobre ninguna política o mecanismo empresarial de prevención de riesgos de afectación a derechos, ni sobre planes de mitigación o remediación. Los principales actores locales en materia de derechos humanos y RSE tampoco parecen tener un entendimiento cabal de esta materia o planes de acción concretos al respecto.
El informe recomienda una serie de medidas al Estado peruano, entre ellas:
- La derogación o modificación de la Ley N° 27360 y el restablecimiento del régimen laboral común en el sector agrícola a través de una ley adoptada por el Congreso de la República.
- El pronto establecimiento y funcionamiento de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral- SUNAFIL y su trabajo de fiscalización efectivo en la Región de Ica y otras en el Norte del Perú, donde la industria agroexportadora es importante. El número de inspectores debe ser suficiente para las necesidades de fiscalización en una región donde trabajan docenas de miles de trabajadores.
- Es necesario que se establezcan, bien como adscrito a SUNAFIL o a las Direcciones Regionales de Trabajo o de Salud, los equipos técnicos, idóneos y debidamente dotados de los instrumentos técnicos necesarios para verificar las condiciones de salud, incluida la prevención en los fundos.
- La adopción de medidas más severas, incluidos procedimientos de reclamación mucho más eficaces y expeditivos, ante actos y situaciones de naturaleza anti-sindical. Debido a la naturaleza insidiosa en que la acción anti-sindical se desarrolla en este contexto, deberían renovarse los mecanismos de detección o alerta temprana.
- La dedicación de recursos y esfuerzos especiales para una adecuada recolección y mantenimiento de datos sobre contratos de trabajo –así como una renovada vigilancia de la obligación del empleador de informar a la autoridad competente todos los datos relacionados al contrato, su duración, condiciones, entre otros.
- Adoptar medidas para garantizar que las empresas adoptan medidas para facilitar el trabajo de mujeres madres con niños y garantizar el acceso, des el primer día de contratación, a la seguridad social.
En relación a las Empresas agro-exportadoras, el informe recomienda:
- La adopción de políticas y procedimientos internos orientados a asegurar que las operaciones de la empresa respetan los derechos humanos, incluidos los derechos laborales de los trabajadores de acuerdo a los estándares internacionales.
- La publicación o socialización por medios adecuados de las medidas internas adoptadas para subsanar las faltas graves a los estándares internacionales de protección al trabajador.
- Igualmente la misión insta a las empresas a desarrollar programas de mejoramiento del nivel de vida de las comunidades de las que provienen la mayoría de los trabajadores, particularmente en mejoramiento de las viviendas y servicios públicos esenciales.
El informe contiene asimismo otras recomendaciones dirigidas a los sindicatos, ONGs y otros organismos de la sociedad civil, al sistema interamericano de protección de los derechos humanos y la comunidad internacional.
Peru-Regimenes especiales exportacion-Publications-thematic report-2014-SPA (full text in PDF)
Oct 10, 2014 | Artículos, Noticias
La CIJ también pide la ratificación del Segundo Protocolo Opcional al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
En el marco de la conmemoración del Día Mundial contra la Pena de Muerte, la CIJ considera oportuno recordar que ésta representa una pena cruel, inhumana y degradante, que viola el derecho a la vida consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Lamentablemente, mientras que en el mundo existe una tendencia generalizada hacia la abolición de la pena capital, el Estado de Guatemala mantiene la pena de muerte.
En efecto, la Constitución Política de Guatemala regula y limita la aplicación de la pena de muerte en su artículo 18.
Sin embargo, faculta al Congreso de la República a abolirla, lo cual es congruente con la tendencia mundial a favor de la abolición.
En ocasiones los hechos de extrema violencia que se viven en Guatemala han llevado a sectores de la opinión pública guatemalteca a volcarse a favor de la pena de muerte.
Algunos sectores políticos aprovechan este fenómeno, para incluir en sus programas de trabajo la aplicación de la pena de muerte, con el objetivo de captar los votos de un pueblo cansado de violencia e impunidad.
Por su parte grupos particulares y funcionarios públicos aún se pronuncian a favor de la aplicación de la pena de muerte, aún cuando se ha demostrado que su eficacia para prevenir el delito es casi nula.
En el año 2012, la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia conmutó la totalidad de las sentencias de muerte por cadena perpetua, sentando un importante precedente en materia judicial y de apoyo a la abolición de la pena máxima en Guatemala.
Por su parte, el Organismo Ejecutivo no se ha pronunciado acerca de la necesidad de aplicar la pena de muerte para combatir la violencia imperante, lo cual es un signo positivo.
Ante estos hechos, en el marco de la conmemoración del Día Mundial contra la Pena de Muerte, la CIJ insta al Congreso de la República a abolir la pena de muerte y ratificar el Segundo Protocolo Opcional al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Al respecto, Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centroamérica expresó: “Cabe recordar que el Examen Periódico Universal (EPU) examinó durante el año 2012 al Estado de Guatemala. Varios Estados le recomendaron la abolición total de la pena de muerte y la ratificación del Segundo Protocolo Opcional al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La facultad de abolir totalmente la pena de muerte le corresponde al Congreso de la República y la ratificación del Protocolo Opcional le corresponde al Organismo Ejecutivo y al Congreso de la República. Esperamos una acción pronta para cumplir con estas recomendaciones.”