La independencia del poder judicial en Guatemala bajo asedio

La independencia del poder judicial en Guatemala bajo asedio

La CIJ urge a las autoridades a tomar las medidas para investigar y corregir esta situación.

Entre el 23 de febrero y el 4 de marzo visitaron Guatemala miembros de la Asociación de Jueces de Noruega; el Presidente del Foro Democrático de Jueces de El Salvador y la ex Presidenta de la Asociación de Jueces por la Democracia de Honduras.

Dicha visita se llevó a cabo en el marco del trabajo de la CIJ sobre el fortalecimiento del Estado de Derecho en Guatemala.

La oportunidad fue propicia para realizar reuniones y debates con miembros del Poder Judicial de Guatemala y con otros operadores de justicia.

Además se mantuvieron reuniones con el Presidente de la Corte Suprema de Justicia y otras magistradas de dicha corte; con la Fiscal General; con el Procurador de los Derechos Humanos; con el Comisionado de la Comisión Internacional contra la Impunidad; con el representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, así como con otros actores relevantes de la sociedad guatemalteca, abogados y abogadas; dirigentes de Pueblos Indígenas y representantes de Organizaciones No Gubernamentales.

Al concluir su trabajo, la CIJ se encuentra alarmada por las presiones que existen en contra de jueces y juezas independientes que debido al cumplimiento de su función son frecuentemente objeto de denuncias y amenazas.

Entre las acciones que se están implementando en contra de jueces y juezas independientes, lo constituyen los traslados selectivos e injustificados que tienen como principal objetivo afectar y castigar a aquellos jueces que cumplen su función en forma independiente e imparcial.

Por otro lado, se suman denuncias infundadas en contra de los mismos, al tiempo que se configura un patrón de represión en contra de ellos, que tiene como objetivo que los jueces y juezas renuncien a su independencia judicial y “ajustar cuentas” por los casos que han juzgado.

Por otro lado, el caso relacionado con las sanciones impuestas el año 2014 en forma arbitraria por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala en contra de la Jueza Iris Yassmín Barrios Aguilar, aún se encuentra pendiente de resolución final, sin que la Corte de Constitucionalidad de Guatemala resuelva el amparo presentado por dicha jueza.

Desde el año pasado, la CIJ expresó que dichas sanciones son arbitrarias e ilegales y que los jueces y juezas no pueden ser sancionados por un órgano como el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados, que carece de competencia para ello; además, manifestó que de conformidad con los estándares internacionales y la legislación interna, los jueces y juezas sólo pueden ser objeto de sanciones por parte de los órganos del Poder Judicial establecidos para tal fin (Juntas de Disciplina y Supervisión General de Tribunales).

Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centroamérica expresó: “La situación es grave y urgimos a la Corte Suprema de Justicia a suspender cualquier medida que afecte la independencia de jueces y juezas y a implementar las reformas que se necesitan para promover y proteger la independencia del poder judicial como garantía para la ciudadanía y el fortalecimiento del Estado de Derecho.”

Acciones en pro de las personas LGBTI en Guatemala

Acciones en pro de las personas LGBTI en Guatemala

Presentación de la obra de teatro DESIDENCIAS y debate. Este es el primer evento de esta indóle que la CIJ lleva a cabo a favor de la promoción de los derechos humanos de las personas LGBTI en Guatemala.

La CIJ en asocio con la Oficina del Alto Comsionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala (OACNUDH), el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONSIDA), la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDH) y con la colaboración de OASIS, llevó a cabo la presentación de la Obra DESIDENCIAS de la Colectiva Siluetas y la entrega de la Guía para profesionales del CIJ sobre orientación sexual, identidad de género y Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

A la actividad asistieron más de 250 personas de diferentes organizaciones de la sociedad civil, operadores de justicia, estudiantes universitarios y público en general.

La Colectiva Siluetas inció a mediadios del año 2001 y actualmente la intergran tres guatemaltecas: Camilia Urrutia, Tatiana Palomo y Lu Robles y, la salvadoreña, Laia Cañénguez. La puesta en escena de la Obra DESIDENCIAS estuvo a cargo de Camila Urrutia, Laia Ribera, Lola Vásquez y Gabriel Álvarez, actrices lesbianas, transgénero y transexuales.

La obra expone muchos tabús dentro de la sociedad guatemalteca sobre la identidad sexual y la orientación de género.

La CIJ impulsará nuevas acciones para la promoción de la no discriminación y del derecho a la igualdad así como de otros estándares internacionales a favor de las personas LGBTI en Guatemala.

Corte Interamericana de Derechos Humanos condena a Colombia por los desaparecidos del Palacio de Justicia

Corte Interamericana de Derechos Humanos condena a Colombia por los desaparecidos del Palacio de Justicia

La Comisión Internacional de Juristas, a través de su representante para Suramérica, Federico Andreu-Guzmán, intervino como perito en el procedimiento interamericano, a solicitud de los representantes de las víctimas.

El 14 de noviembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado colombiano por la desaparición forzada de 11 personas, la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de un magistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia, la detención arbitraria y tortura de 4 personas, entre otras graves violaciones de los derechos humanos cometidas por miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía durante la operación de “retoma” del Palacio de Justicia, el 6 y 7 de noviembre de 1985, a raíz de la incursión de un comando de la guerrilla M-19 en las instalaciones judiciales.

El peritaje de la CIJ versó sobre el marco legal, estructura y funcionamiento de las fuerzas de seguridad para la época de los hechos y la intervención de la justicia penal militar en la investigación y juzgamiento de delitos que no son de función y/o que podrían constituir violaciones a los derechos humanos.

En su Sentencia, la Corte ordenó al Estado colombiano llevar a cabo “las investigaciones amplias, sistemáticas y minuciosas que sean necesarias para establecer la verdad de los hechos, así como de determinar, juzgar y, en su caso, sancionar a todos los responsables” de las desapariciones forzadas, ejecución extrajudicial y torturas; realizar “todos los esfuerzos para determinar el paradero de las once víctimas aún desaparecidas a la mayor brevedad”; “realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos”; y brindar reparación integral.

Aunque han pasado 29 años desde la ocurrencia de los hechos, la Sentencia constituye una importante y valiosa contribución a la lucha contra la impunidad y a la reivindicación de los derechos a la justicia, verdad y reparación de los familiares de las víctimas, quienes por décadas buscaron infructuosamente justicia en Colombia.

La CIJ exhorta a las autoridades colombianas a acatar la Sentencia de la Corte y a cumplir sin dilación alguna con lo ordenado en ella.

Nota:

Sentencia de 14 de noviembre de 2014, Caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia, Serie C No. 287, disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_287_esp.pdf

La CIJ pide al Congreso de la República de Guatemala la abolición de la pena de muerte

La CIJ pide al Congreso de la República de Guatemala la abolición de la pena de muerte

La CIJ también pide la ratificación del Segundo Protocolo Opcional al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En el marco de la conmemoración del Día Mundial contra la Pena de Muerte, la CIJ considera oportuno recordar que ésta representa una pena cruel, inhumana y degradante, que viola el derecho a la vida consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Lamentablemente, mientras que en el mundo existe una tendencia generalizada hacia la abolición de la pena capital, el Estado de Guatemala mantiene la pena de muerte.

En efecto, la Constitución Política de Guatemala regula y limita la aplicación de la pena de muerte en su artículo 18.

Sin embargo, faculta al Congreso de la República a abolirla, lo cual es congruente con la tendencia mundial a favor de la abolición.

En ocasiones los hechos de extrema violencia que se viven en Guatemala han llevado a sectores de la opinión pública guatemalteca a volcarse a favor de la pena de muerte.

Algunos sectores políticos aprovechan este fenómeno, para incluir en sus programas de trabajo la aplicación de la pena de muerte, con el objetivo de captar los votos de un pueblo cansado de violencia e impunidad.

Por su parte grupos particulares y funcionarios públicos aún se pronuncian a favor de la aplicación de la pena de muerte, aún cuando se ha demostrado que su eficacia para prevenir el delito es casi nula.

En el año 2012, la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia conmutó la totalidad de las sentencias de muerte por cadena perpetua, sentando un importante precedente en materia judicial y de apoyo a la abolición de la pena máxima en Guatemala.

Por su parte, el Organismo Ejecutivo no se ha pronunciado acerca de la necesidad de aplicar la pena de muerte para combatir la violencia imperante, lo cual es un signo positivo.

Ante estos hechos, en el marco de la conmemoración del Día Mundial contra la Pena de Muerte, la CIJ insta al Congreso de la República a abolir la pena de muerte y ratificar el Segundo Protocolo Opcional al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Al respecto, Ramón Cadena, Director de la CIJ para Centroamérica expresó: “Cabe recordar que el Examen Periódico Universal (EPU) examinó durante el año 2012 al Estado de Guatemala. Varios Estados le recomendaron la abolición total de la pena de muerte y la ratificación del Segundo Protocolo Opcional al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La facultad de abolir totalmente la pena de muerte le corresponde al Congreso de la República y la ratificación del Protocolo Opcional le corresponde al Organismo Ejecutivo y al Congreso de la República. Esperamos una acción pronta para cumplir con estas recomendaciones.”

Translate »